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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (22/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 8

El Peruano Martes 22 de octubre de 2013 505490 Nº 030-2005-AG, modifi cado por Resolución Suprema Nº 046-2009-AG, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2.- Conformación El Consejo Nacional del Arroz estará conformado por: - El Ministro de Agricultura y Riego o su representante, quien lo presidirá. - Tres (03) representantes de los Gobiernos Regionales, uno de la Costa Norte, uno de la Selva y uno del Sur. - Cuatro (04) representantes de la Asociación Peruana de Productores de Arroz - APEAR. - Dos (02) representantes de la Junta Nacional de Usuarios de los Distritos de Riego del Perú, uno de la Costa Norte y uno de la Costa Sur. - Un (01) representante de la Asociación Peruana de Molineros de Arroz - APEMA. - Un (01) representante de los Importadores de Arroz. - Un (01) representante de la Asociación de Comerciantes del Mercado de Santa Anita; y, - Un (01) representante de la Autoridad Nacional del Agua - ANA”. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GLADYS MÓNICA TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción Encargada del Despacho del Ministerio de Agricultura y Riego 1003117-3 DEFENSA Autorizan viaje de Técnico de la Marina de Guerra del Perú a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 584-2013-DE/MGP Lima, 21 de octubre de 2013 Visto, el Ofi cio P.500-1805 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 4 de setiembre de 2013; CONSIDERANDO: Que, la Comisión Organizadora (LARS - 2013), ha cursado invitación a la Marina de Guerra del Perú, para participar en la Semana Latinoamericana de Percepción Remota (LARS - 2013), a realizarse en las instalaciones del Centro de Extensión de la Pontifi cia Universidad Católica de Chile, ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 23 al 25 de octubre de 2013; Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2013, la designación y autorización de viaje de UN (1) Personal Subalterno de la Dirección de Hidrografía y Navegación, para que participe en la mencionada actividad; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 7: Representación Nacional ante Organismos Internacionales, Ítem 36, Anexo 2 (RDR), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado por Resolución Suprema Nº 091-2013-DE, de fecha 15 de marzo de 2013, y conforme a la modifi cación aprobada con Resolución Suprema Nº 405-2013-DE, de fecha 12 de agosto de 2013; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Técnico 3º Hid. Daniel Pablo FLORES Tanta, para que participe en la Semana Latinoamericana de Percepción Remota (LARS - 2013), a realizarse en las instalaciones del Centro de Extensión de la Pontifi cia Universidad Católica de Chile, ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 23 al 25 de octubre de 2013; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Marina de Guerra del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Técnico 3º Hid. Daniel Pablo FLORES Tanta, CIP. 03900241, DNI. 09822738, para que participe en la Semana Latinoamericana de Percepción Remota (LARS - 2013), a realizarse en las instalaciones del Centro de Extensión de la Pontifi cia Universidad Católica de Chile, ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 23 al 25 de octubre de 2013. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Santiago de Chile (República de Chile) - Lima US$ 790.00 US$ 790.00 Viáticos: US$ 370.00 x 3 días US$ 1,110.00 ------------------- TOTAL A PAGAR: US$ 1,900.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4º.- El Técnico comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modifi catoria. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa