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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (22/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 20

El Peruano Martes 22 de octubre de 2013 505502 disposiciones destinadas a regular y orientar el uso del Sistema Electrónico de Registro de Declaraciones Juradas como herramienta para el proceso en línea del registro, presentación y remisión de las Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas de los funcionarios y servidores públicos, así como para la remisión de la información de nombramientos y contratos de los funcionarios y servidores públicos; Que, mediante el documento de vistos el Departamento de Cooperación y Prevención de la Corrupción ha propuesto los proyectos de Directivas denominadas “Disposiciones para el Procesamiento y Evaluación de las Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas de autoridades, funcionarios y servidores públicos; así como información sobre Contratos o Nombramientos, remitidos a la Contraloría General” y “Disposiciones para el uso del Sistema de Registro de Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas en Línea”; Que, mediante los documentos de vistos el Departamento de Regulación ha opinado que los proyectos de Directivas antes citados se encuentran acordes con las disposiciones establecidas en la Directiva N° 003- 2011-CG/GDES “Organización y Emisión de Documentos Normativos”, aprobada mediante la Resolución de Contraloría N° 224-2011-CG; Que, en el marco de mejora continua de los procesos relacionados al registro, presentación, remisión y evaluación de las Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas de autoridades, funcionarios y servidores públicos; así como de la información sobre Contratos o Nombramientos, en concordancia con los objetivos estratégicos de la Contraloría General de la República de defi nir, diseñar e implantar un nuevo enfoque de control y de lucha contra la corrupción; resulta necesario aprobar las Directivas antes mencionadas y dejar sin efecto las Directivas N°s 02-2002-CG/AC “Procesamiento y Evaluación de las Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas de las Autoridades, Funcionarios y Servidores Públicos, así como Información sobre Contratos o Nombramientos, remitidas a la Contraloría General de la República” y 04-2008-CG/FIS “Disposiciones para el uso del Sistema Electrónico de Registro de Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas en Línea”; En uso de las facultades conferidas en el artículo 32º de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 012- 2013-CG/CPC “Disposiciones sobre el Procesamiento y Evaluación de las Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas de autoridades, funcionarios y servidores públicos; así como información sobre Contratos o Nombramientos, remitidos a la Contraloría General” y la Directiva N° 013-2013-CG/CPC “Disposiciones para el uso del Sistema de Registro de Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas en Línea”, las cuales forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Las presentes Directivas entrarán en vigencia a los quince (15) días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución de Contraloría que la aprueba. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la Directiva N° 02-2002-CG/AC “Procesamiento y Evaluación de las Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas de las Autoridades, Funcionarios y Servidores Públicos, así como información sobre Contratos o Nombramientos, remitidas a la Contraloría General de la República”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 174-2002-CG, y la Directiva N° 04-2008-CG/FIS “Disposiciones para el uso del Sistema Electrónico de Registro de Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas en Línea” , aprobada por Resolución de Contraloría N° 082-2008-CG; a partir de la vigencia de las Directivas que aprueba la presente resolución. Artículo Cuarto.- Encargar al Departamento de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente Resolución y las Directivas aprobadas, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal de la Contraloría General de la República (www.contraloria.gob.pe) y en la intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República 1002724-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de autoridades de la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica a Brasil, con la finalidad de firmar convenios específicos UNIVERSIDAD NACIONAL “SAN LUIS GONZAGA” DE ICA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1385-R-UNICA-2013 Ica, 11 de octubre del 2013 VISTO: El Convenio Marco de Cooperación Cultural, Científi ca y Pedagógica entre la Universidad Cruzeiro Do Sul (Sede UNICID -Brasil) y la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica y la invitación cursada por la Universidad Cruzeiro Do Sul Sao Paulo Brasil. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica, desarrolla sus actividades dentro de la autonomía de gobierno, normativa, académica, administrativa y económica, prevista en el artículo 18º de la Constitución Política del Estado, la Ley Universitaria Nº 23733, y el Estatuto Universitario; Que, con Resolución N° 871-COG-P-UNICA-2012 del 4 de Setiembre del 2012 se nombra al Dr. Alejandro Gabriel ENCINAS FERNÁNDEZ, Docente Principal a D.E., como Rector de la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica, para el periodo 2012 – 2017, comprendido desde el 05 de Setiembre de 2012 hasta el 04 de Setiembre de 2017; Que, el inciso h) del artículo 4º del Estatuto Universitario establece que la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica se rige por el principio de identifi car el quehacer científi co, tecnológico y cultural de la Universidad con los intereses del progreso y la democracia del pueblo peruano; Que, el artículo 150° inciso n) del Estatuto Universitario establece como atribución del Consejo Universitario autorizar las licencias “De las autoridades que viajan por comisión de servicio, dentro y fuera del país, cuando la solicitan en el ejercicio al cargo de gobierno por un período no mayor de seis (6) meses; Que, el artículo 371º del Título XII De las Relaciones Interinstitucionales del Estatuto Universitario, determina que la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica se relaciona con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, cuyas actividades sean compatibles con los obtenidos institucionales; Que, la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29951, establece, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos; Que, mediante Ley Nº 29951 se ha aprobado el Presupuesto del Sector Público correspondiente al año Fiscal 2013; Que, mediante Resolución Rectoral Nº 997-R-UNICA- 2012, del 31 de Diciembre del 2012 que apertura el Presupuesto Institucional de apertura de Ingresos y egresos correspondiente al Año Fiscal 2013, a nivel de Unidad Ejecutora, Funcional, Programa, Sub Programa, Actividad y Proyecto del Pliego 515; Universidad