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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (26/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 67

El Peruano Sábado 26 de octubre de 2013 505857 Coactivo y un (01) Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial de Huaral, para el Ejercicio 2013. Que, se ACEPTA LA RENUNCIA formulada por la Abogada MARCELA DEL CARMEN HIJAR BOZZO, en el cargo de Ejecutor Coactivo, de la Municipalidad Provincial de Huaral; para lo cual se iniciará el Proceso de Convocatoria para elegir al nuevo Ejecutor Coactivo, fecha en la que se entregará la Resolución de Alcaldía de Cese, exonerando del plazo de Ley para la entrega de cargo respectivamente. Que, mediante el Informe Nº 002-2013-MPH-CE AD-HOC de fecha 04 de octubre del 2013 la Comisión Evaluadora AD HOC que se encargará de Planifi car, Convocar y Ejecutar el Concurso Público de Méritos para la Contratación de un (01) Ejecutor Coactivo y un (01) Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial de Huaral, para el Ejercicio 2013, remite el Proyecto de las Bases del Concurso Público de Méritos Nº 03-2013-MPH Bajo la Modalidad de Contratado para la Designación de un (01) Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial de Huaral, para el Ejercicio 2013, para su aprobación por el Concejo Municipal. Que, mediante Memorando Nº 017-2013-MPH/SGP de fecha 11/01/2013, la Sub Gerencia de Presupuesto comunica que lo solicitado por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, respecto a la Contratación de un (01) Ejecutor Coactivo y un (01) Auxiliar Coactivo para el presente año, cuenta con Disponibilidad Presupuestal por el monto de S/. 45,941.28 nuevos soles, en la Genérica 2.1.11.13 Personal con Contrato a Plazo Fijo (régimen laboral público), Actividad 5000409, Rubro 07, Fuente de Financiamiento 5 y Meta 018. Que, mediante Informe Nº 1057-2013-MPH-GAJ de fecha 10 de octubre del 2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina por la procedencia de la aprobación de las Bases del Concurso Público de Méritos Bajo la Modalidad de Contratado para la Designación de un (01) Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial de Huaral, debiendo remitir el expediente al Pleno del Concejo para su aprobación. Que, mediante Dictamen Nº 014-2013-MPH-CAEP- CM de fecha 21 de octubre del 2013, la Comisión de Administración, Economía y Planeamiento del Concejo Municipal, en uso de sus Atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, RECOMIENDA al Pleno del Concejo Municipal, ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR las Bases del Concurso Público de Méritos para la Designación de un (01) Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial de Huaral, para el Ejercicio 2013, presentada por la Comisión Evaluadora AD HOC Encargada de Planifi car, Convocar y Ejecutar el Concurso Público de Méritos, mediante Informe Nº 002-2013-MPH-CE AD-HOC; la que forma parte, como anexo del presente Acuerdo. ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER la Publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano, y sus Anexos en la Página Web de la Institución Municipal (www.munihuaral.gob.pe). Que, el Numeral 32) del Artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, estipula que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar el Cuadro de Asignación de Personal y las Bases de las Pruebas para la Selección de Personal y para los Concursos de Provisión de Puestos de Trabajo”. Estando a lo expuesto y a las atribuciones que le confi eren los Artículos 9º, 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; con el voto unánime de los señores miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR las Bases del Concurso Público de Méritos Nº 03-2013-MPH para la Designación de un (01) Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial de Huaral, para el Ejercicio 2013, presentada por la Comisión Evaluadora AD HOC Encargada de Planifi car, Convocar y Ejecutar el Concurso Público de Méritos antes mencionado, mediante Informe Nº 002-2013-MPH-CE AD-HOC; la que forma parte, como anexo del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- DISPONER la Publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano, y sus Anexos en la Página Web de la Institución Municipal (www.munihuaral.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VÍCTOR HERNÁN BAZÁN RODRÍGUEZ Alcalde Provincial 1004951-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PATAZ Aprueban el Reglamento interno del Mercado Municipal Central y del Mercado Municipal la Unión, de propiedad de la Municipalidad Provincial de Pataz ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-2013-MPP-T Tayabamba, 3 de octubre de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PATAZ POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PATAZ VISTO, en sesión ordinaria de fecha 04 de setiembre de 2013, el informe Nº 154-2013-OAJ-MPP-T/BJAC, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Pataz; y, CONSIDERANDO: Las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por Ley Nº 27680, ley de reforma constitucional; Estando a lo establecido en la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades,la cual prescribe en su artículo II del Título Preliminar “que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; De conformidad al artículo 83º de la Ley Nº 27972, prescribe que las municipalidades en materia de abastecimiento y comercialización de productos y servicios, ejercen las siguientes funciones: Regular las normas respecto del acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de alimentos y bebidas, en concordancia con las normas nacionales sobre la materia, establecer las normas respecto del comercio ambulatorio. Asimismo, la norma antes citada, prescribe que son funciones específicas exclusivas de las municipalidades controlar el cumplimiento de las normas de higiene y ordenamiento del acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de alimentos y bebidas, a nivel distrital, en concordancia con las normas provinciales. Según informe la División de Licencias, Comercio y Defensa del Consumidor y teniendo en cuenta el pedido de la comisión permanente de regidores de mercados, comercio y espectáculos públicos, con respecto a la regulación con que cuenta nuestra entidad no está actualizada, es necesario aprobar un nuevo reglamento de funcionamiento de los mercados y las nuevas tarifas de la merced conductiva de arrendamiento de los puestos del mercado propiedad de la Municipalidad Provincial de Pataz.