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El Peruano Sábado 26 de octubre de 2013 505858 POR CUANTO: El Concejo Provincial de Pataz, en uso de las facultades conferidas en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y modifi cada por Ley Nº 27680, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, ha aprobado por MAYORIA en sesión ordinaria de fecha 04 de septiembre del año 2013, la siguiente Ordenanza Municipal: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DE MERCADOS Y NUEVAS TARIFAS PARA ARRENDAMIENTO DE PUESTOS DE VENTA DE“MERCADO MUNICIPAL LA UNIÓN” Y “MERCADO MUNICIPAL CENTRAL” DE PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PATAZ Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO INTERNO DEL “MERCADO MUNICIPAL CENTRAL” Y “MERCADO MUNICIPAL LA UNIÓN” DE PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PATAZ, el cual consta de VII Capítulos y 38 artículos, que como anexo Nº 01 forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- MODIFICAR la Ordenanza Municipal Nº 010-2004-MPP-T, en el extremo que aprueba el monto de la merced conductiva de arrendamiento de los puestos de venta de “Mercado Municipal Central” y “Mercado Municipal La Unión” de propiedad de la Municipalidad Provincial de Pataz. Artículo Tercero.- APROBAR las nuevas tarifas de la renta por arrendamiento de los puestos de “Mercado Municipal Central” y “Mercado Municipal La Unión”, que como anexo Nº 02 y 03 respectivamente forman parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Económico Local el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo Quinto.- PUBLÍQUESE la presente Ordenanza Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano y los anexos en un lugar visible de la Municipalidad Provincial de Pataz, la presente ordenanza municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MESIAS E. RAMOS CUEVA Alcalde Provincial 1004997-1 Autorizan viaje de Alcalde a EE.UU., en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 023-2013-CM-MPP-T Tayabamba, 3 octubre de 2013 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PATAZ VISTO: En Sesión ordinaria de Concejo celebrada el 25 de setiembre del presente año y el expediente Nº 4009- 2013 promovido por el Presidente - Director Regional - Organización para el Desarrollo de América Latina y el Caribe ONWARD Internacional, a fi n de participar en la “MISIÓN INTERNACIONAL DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL SOBRE COOPERACIÓN TÉCNICA PARA EL DESARROLLO, CONSTRUCCIÓN DE ALIANZAS ESTRATÉGICAS Y RECAUDACIÓN DE FONDOS PARA PROYECTOS Y PROGRAMAS DE SOSTENIBILIDAD EN GOBIERNOS LOCALES”; y, CONSIDERANDO: El artículo 194º de la Constitución Política del Estado reformada mediante Ley Nº 27680 -Ley de Reforma Constitucional establece que las Municipalidades son los órganos de gobierno local con personería jurídica de derecho público, y tienen autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que es concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; La Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto para el año fi scal 2013, en su artículo 10º inciso 10.1 señala prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado (…), salvo los siguientes casos (…) letra c) (…), alcaldes y regidores cuyas autorizaciones se aprueban mediante acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda; el acuerdo de concejo deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; La Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades en su artículo 9º inciso 11 establece que son atribuciones del Concejo Municipal: Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario; El artículo 4º del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, con el que se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos, prescribe que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano con anterioridad al viaje; Los Acuerdos de Concejo son Normas Municipales que regulan los actos de gobierno, expedidos por el Concejo Municipal en base a la potestad exclusiva que tienen las Municipalidades de emitir normas en el marco de sus competencias, en observancia a lo prescrito en el artículo 39º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo se estipula en el artículo 41º de la glosada norma legal que: Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; En uso de las facultades que le confi ere la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y contando con el voto por MAYORÍA de los señores regidores se aprobó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del Señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Pataz, Ing. Mesias Esteban Ramos Cueva, a la ciudad de Washington D.C - Estados Unidos de Norte América, los días 05, 06, 07 y 08 de noviembre del año 2013, en calidad de invitado por el Director Regional - Organización para el Desarrollo de América Latina y el Caribe ONWARD Internacional, a fi n de participar en la “MISIÓN INTERNACIONAL DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL SOBRE COOPERACIÓN TÉCNICA PARA EL DESARROLLO, CONSTRUCCIÓN DE ALIANZAS ESTRATÉGICAS Y RECAUDACIÓN DE FONDOS PARA PROYECTOS Y PROGRAMAS DE SOSTENIBILIDAD EN GOBIERNOS LOCALES”, para lo cual la Municipalidad costeará los pasajes nacionales e internacionales de ida y vuelta que asciende a $. 3000.00 (Tres Mil Dólares Americanos), y el costo total de inscripción que asciende a $ 1600.00 (Mil Seiscientos Dólares Americanos) más el IGV que corresponda, los mismos que cubrirá hospedaje, alimentación (desayunos y almuerzos; No incluye cenas), conferencias, y visitas técnicas especializadas entre otros de acuerdo a la organización del evento; asimismo la municipalidad deberá de cubrir otros gastos que se ocasione durante la estadía (cenas y movilidad local u otros). Artículo Segundo.- DISPONER al Jefe de la Ofi cina General de Administración realizar los trámites correspondiente a fi n de dar cumplimiento al presente acuerdo de concejo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaría General la notifi cación y distribución del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MESIAS E. RAMOS CUEVA Alcalde Provincial 1004995-1