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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (26/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 62

El Peruano Sábado 26 de octubre de 2013 505852 SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el Diario Ofi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de setiembre del 2013 por esta Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas de Tacna, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del D.S. 014-92-EM; y, 24º del D.S. 018-92-EM; siendo las referidas las siguientes: RELACIÓN DE LAS CONCESIONES OTORGADAS EN EL MES DE SETIEMBRE DEL 2013 AL AMPARO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 708 NOMENCLATURA A) NOMBRE DE LA CONCESIÓN; B) CÓDIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NÚMERO Y FECHA DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM DE LOS VÉRTICES EXPRESADOS EN KILÓMETROS 1.- A) CONOSTOCO B) 73-00034-10 C) TRANSPORTES ZUÑIGA SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA D) RD Nº 54-2013- DRSEMT/G.R.TACNA 04/09/2013 E) 19 F) V1: N8 056 E316 V2: N8 055 E316 V3: N8 055 E315 V4: N8 056 E315 2.- A) SANTA PATRICIA DE LOCUMBA I B)73-00051-10 C) GUIDO KENNETH CANEPA MIDDLEBROOK D) RD Nº 55-2013-DRSEMT / G.R.TACNA 05/09/2013 E) 19 F) V1: N8 055 E315 V2: N8 053 E315 V3:N8 053 E314 V4: N8 055 E314. Regístrese y comuníquese. MARCELINO MARCA FLOR Director Regional Sectorial Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas de Tacna 1005973-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Mantienen vigencia del plano de zonificación del distrito de El Agustino aprobado por Ordenanza N° 1025- MML ORDENANZA N° 1736 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15 de octubre de 2013 el Dictamen N° 108-2013-MML- CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA MANTENER LA VIGENCIA DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE EL AGUSTINO APROBADO POR ORDENANZA N° 1025-MML Artículo Primero.- Declarar desfavorable la petición de cambio de zonifi cación solicitado por Carbajales Unidos S.A., con expediente N° 42027-2013, manteniendo la vigencia del plano de zonifi cación de los usos del suelo correspondiente al distrito de El Agustino, aprobado por ordenanza N° 1025-MML, publicada el 27 de junio de 2007. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cumpla con comunicar a los propietarios del predio indicado en el artículo primero lo dispuesto por la presente ordenanza. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 15 de octubre de 2013 SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 1005094-1 Aprueban la modalidad contractual de coproducción en los espectáculos socioculurales del Teatro Municipal de Lima RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 256 Lima, 4 de octubre de 2013 Visto el Informe Nº 03-2013-MML-GC/DTM de la División de Teatros de la Gerencia de Cultura; CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, aprobada mediante Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 812 se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones y la nueva estructura orgánica de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, el artículo 129º de la Ordenanza Nº 1650, que modifi ca el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, crea la Gerencia de Cultura como el órgano de línea responsable de formular, dirigir, administrar y evaluar la política en materia de cultura de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la misma que promueve y difunde las expresiones culturales, pone en valor el patrimonio cultural de Lima Metropolitana y fomenta el fortalecimiento de la identidad cultural de sus ciudadanos y el desarrollo de las industrias culturales, la promoción del artista y de las expresiones de cultura viva comunitaria; la misma que está a cargo de un Gerente, quien depende del Gerente Municipal; Que, el numeral 24 del artículo 127º de la Ordenanza Nº 1650, establece como una de las funciones de la Gerencia de Cultura, el administrar, producir, coproducir y autorizar espectáculos de contenido sociocultural en los Teatros Municipales, fomentando la participación de la comunidad en los espectáculos nacionales e internacionales que se promuevan, conforme a la normatividad vigente sobre la materia; Que, estando a que el Informe Nº 03-2013-MML-GC/ DTM, elaborado por la División de Teatros de la Gerencia de Cultura, propone establecer que en los espectáculos bajo la modalidad de coproducción a realizarse en el Teatro Municipal de Lima, la compañía productora quede a cargo de asumir la totalidad de los gastos y costos que implica la realización y ejecución del espectáculo, percibiendo el 70% de la taquilla recaudada, y la Municipalidad Metropolitana de Lima otorgue las instalaciones del Teatro Municipal de Lima para las presentaciones percibiendo el 30% restante de la taquilla; siempre y cuando, la viabilidad de esta modalidad, cuente con informe técnico favorable de la División de Teatros Municipales de la Gerencia de Cultura; De conformidad con el artículo 43º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que mediante resoluciones de alcaldía se aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo y que el artículo 37º de la Ley Nº 27444, establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecerán