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El Peruano Sábado 26 de octubre de 2013 505847 y la Ley de Bases de la Descentralización, y que en el numeral 2º indica: “Son competencias compartidas de acuerdo al artículo 36º de la Ley Orgánica de Bases de la Descentralización Nº 27783, las siguientes: literal b) La salud pública. Concordante con el artículo 49º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales que establece las funciones en materia Salud. Que, la quinta disposición complementaria fi nal de la Ley Nº 29951 Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2013,precisa “Dispóngase que la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA), es la encargada de efectuar el monitoreo y verifi cación del cumplimiento de las metas programadas de los productos correspondientes a los programas presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, a ser ejecutados por las entidades con cargo a los recursos aprobados en las leyes anuales de presupuesto en el marco de los objetivos previstos en la estrategia nacional de la lucha contra las drogas. Previa a la ejecución de las metas programadas de los productos correspondientes a los programas presupuestales antes señalados, las entidades ejecutoras deben suscribir convenios de cooperación interinstitucional con DEVIDA, que garanticen a esta última institución el monitoreo y la verifi cación del cumplimiento de las metas programadas, así como contar con la conformidad de DEVIDA respecto a los planes operativos correspondientes, en un plazo máximo de cuarenta y cinco días calendario contados a partir de la vigencia de la ley anual de presupuesto respectiva”. Que, el Gobierno Nacional en concordancia a la Estrategia Nacional de Ludid. Contra las Drogas 2012- 2016, tiene como misión impulsar una política nacional de lucha contra las drogas de carácter multisectorial; política, que refl eja la responsabilidad, el compromiso y la articulación de todas las entidades del Estado que están involucradas. El Estado también impulsa las políticas públicas y los recursos, tanto públicos como de la cooperación internacional y del sector privado, para atender prioritariamente a las poblaciones más vulnerables frente a la amenaza del tráfi co ilícito de drogas, al consumo, la dependencia y la violencia que esta amenaza genera en la sociedad. Que, el Gobierno Nacional en concordancia a la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas 2012- 2016, refi ere que los principios de la lucha contra las drogas que el narcotráfi co es un desafío que exige prioridad en la agenda nacional y las Políticas de Estado. La lucha contra las drogas se funda en los principios: de Integralidad: Diseño y la implementación de la estrategia nacional considerando el conjunto y complementariedad los ejes estratégicos y la respuesta adecuada frente a los múltiples elementos y procesos que confi guran la problemática de las drogas Multisectorialidad: Participación efectiva, especialmente en las zonas de infl uencia cocalera, de las instituciones sectoriales involucradas en el TID, a nivel nacional, regional y local. Particularmente el rol protagónico que deben cumplir los gobiernos regionales y municipales, para diseño e implementación de las acciones pertinentes. Participación: Movilización e involucramiento de las organizaciones del Estado, de la sociedad civil y de la sociedad empresarial complementadas para enfrentar el problema de la demanda y oferta de drogas. Responsabilidad compartida: Participación del Perú en la lucha internacional contra las drogas, desde una posición soberana y en el cumplimiento recíproco de los compromisos internacionales. Sostenibilidad: Las instituciones intervienen de manera coherente, a nivel nacional y con visión de largo plazo, contando con los recursos necesarios y una gestión efi ciente. Ética: El Estado y la Sociedad Civil actúan observando las más legítimas aspiraciones del ser humano: la justicia, la verdad, la solidaridad, la transparencia y la convivencia pacífi ca. Estado de Derecho: El Estado garantiza el respeto de la legalidad y los derechos humanos, de acuerdo al ordenamiento jurídico. Que, el Gobierno Nacional en concordancia a la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas 2012-2016, refi ere que los lineamientos generales de política para la lucha contra el tráfi co ilícito de drogas y el consumo de drogas se basan principalmente en la Prioridad Política.- Asume la lucha contra las drogas como una demanda de la sociedad y como un asunto de interés público. Por tanto le asigna prioridad política y presupuestal. Prioridad Integral.- Considera los diversos aspectos de la complejidad del problema, tomando en cuenta tanto sus manifestaciones como sus causas. Multisectorial.- Fortalece la presencia del Estado y establece la participación efectiva de sus diversos sectores, especialmente en las zonas de cultivo ilícito. Incorpora de manera decisiva los gobiernos regionales y municipales. Preventiva.- Incorpora la prevención como eje transversal para la intervención sobre el problema, para evitar no solo el consumo sino también la producción y tráfi co ilícito de drogas. Que, el Gobierno Nacional a través del Plan Bicentenario, El Perú hacia el 2021, del CEPLAN, en el Eje Estratégico: Oportunidades y accesos a los servicios, en el numeral 2.8.de los Objetivos, Lineamientos, Prioridades, Metas, Acciones y Programas Estratégicos: Objetivo 6 literal b) tiene como acción estratégica prevenir el consumo de drogas en la población y sus efectos en la seguridad ciudadana mediante la sensibilización de los escolares y los adultos que se relacionan con ellos. Así mismo, asignar los recursos adecuados para combatir el tráfi co y uso ilegal de drogas. Que, en la Cumbre del Milenio de las Naciones Unidas en el año 2000, todos los estados miembros se comprometieron a realizar acciones para avanzar en las sendas de la paz y el desarrollo humano. Se destaca que el sexto objetivo de los ocho planteados es redoblar esfuerzos para poner en práctica el compromiso de luchar contra el problema mundial de la droga. Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 en su artículo 8º numeral 7) establece dentro de sus principios la Equidad, y señala: “Las consideraciones de equidad son componente constitutivo y orientador de la gestión regional, que promociona sin discriminación, igual acceso a las oportunidades y la identifi cación de grupos y sectores sociales que requieren ser atendidos de manera especial”. Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 en el artículo 9º literal g) establece: que los Gobiernos Regionales promueven y regulan actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria (...) educación, salud y medio ambiente, conforme a Ley. Que, mediante Informe Nº 259-2013-GRDS/GR.MOQ el Gerente Regional de Desarrollo Regional, emite opinión favorable para la aprobación de la presente Ordenanza Regional, que declara de Necesidad y Prioridad Regional la Lucha Contra la Comercialización, el Uso y consumo de Drogas en la Región del Moquegua. Que, de acuerdo a las estadísticas del Centro de Información y Educación para la prevención del Abuso de Drogas (CEDRO), EN 16 Regiones del País se ha incrementado el consumo de drogas en más del 250% dentro de las cuales se encuentra la Región Moquegua. Que, es de advertir las escasas instituciones y entidades públicas y privadas que trabajan en la Región del Moquegua, respecto a la lucha y consumo de drogas; las entidades lo realizan en forma aislada no logrando resultados óptimos, por lo que se requiere un trabajo concertado y multidisciplinario para la formulación de planes, proyectos y programas que contribuyan a la lucha frontal contra la comercialización, el uso y consumo de drogas en la Región Moquegua. Por estas consideraciones, estando en Sesión Ordinaria de fecha 08 de Agosto del 2013, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, el Reglamento Interno del Consejo Regional, por votación unánime de sus miembros, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA DE NECESIDAD Y PRIORIDAD REGIONAL, LA PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO DE DROGODEPENDENCIAS, ASÍ COMO EL CONTROL DE LA OFERTA DE DROGAS EN LA REGIÓN DE MOQUEGUA Artículo Primero.- DECLARAR de Necesidad y Prioridad Regional la Prevención y Tratamiento de