Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2013 (27/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, emitio el Informe Nº 689-2013-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por el articulo 38 de la Ley de Concesiones Electricas, y el item AE01 del Anexo Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejese sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 417-2013-MEM/DM de fecha 30 de setiembre de 2013, por las razones y fundamentos legales senalados en los considerandos de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Otorgar autorizacion por tiempo indefinido a favor de PLANTA DE RESERVA FRIA DE GENERACION DE ETEN S.A., que se identificara con codigo Nº 33330013, para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Termica Reserva Fria de Generacion de Eten, con una potencia instalada de 233,44 MW, ubicada en el distrito de MORDAZA, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque. Articulo 3º.- PLANTA DE RESERVA FRIA DE GENERACION DE ETEN S.A., debera construir las obras descritas en su solicitud, segun el Cronograma de Ejecucion de Obras, en el que se preve la Puesta en Operacion Comercial (POC) de la Central Termica Reserva Fria de Generacion de Eten el 12 de junio de 2015. La falta de ejecucion de dichas obras de acuerdo con el cronograma de ejecucion, conllevara a la cancelacion de la presente autorizacion. Articulo 4º.- La titular esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Articulo 5º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (05) dias calendario siguientes a su expedicion, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1004325-1

El Peruano MORDAZA 27 de octubre de 2013

Que, por Decreto Supremo N° 008-2007-EM, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 22 de febrero de 2007, se aprobo la fusion del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero ­ INACC con Instituto Geologico Minero y Metalurgico ­ INGEMMET, habiendose realizado una fusion por absorcion. Que, por Memorando N° 137-2013/MEM-CM y Oficio N° 713-2013-INGEMMET/PCD, el Presidente del Consejo de Mineria y la Presidente del INGEMMET, respectivamente, han designado a sus representantes para integrar la comision mencionada. De conformidad con lo establecido en el inciso w) del articulo 101° del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Nombrar la Comision Evaluadora que efectuara la calificacion de los interesados que se han presentado a la convocatoria efectuada por la Direccion General de Mineria, la misma que estara integrada por los siguientes representantes: - Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de la Direccion Tecnica Minera de la Direccion General de Mineria, quien la presidira. - Abogado MORDAZA Panizo MORDAZA, Vocal del Consejo de Mineria. - Ingeniero MORDAZA MORDAZA Soldevilla, Vocal del Consejo de Mineria. - Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bullon, Jefe de la Unidad Tecnica Operativa de la Direccion de Concesiones Mineras del Instituto Geologico Minero y Metalurgico - INGEMMET. - Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ingeniero de la Direccion de Catastro Minero del Instituto Geologico Minero y Metalurgico ­ INGEMMET. Registrese y publiquese. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA Director General de Mineria 1005597-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Designan Procurador Publico Ad Hoc para ejercer la defensa del Estado Peruano en MORDAZA judicial sobre accion contencioso administrativa, seguido ante el 19º Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 140-2013-JUS MORDAZA, 26 de octubre de 2013 VISTO, el Oficio Nº 2405-2013-JUS/CDJE-ST, del Secretario Tecnico del Consejo de Defensa Juridica del Estado; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068, se crea el Sistema de Defensa Juridica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa juridica del Estado en el ambito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, organos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el numeral 14.1 del articulo 14º del Decreto Legislativo Nº 1068, senala que el Procurador Publico Ad Hoc asume la defensa juridica del Estado en los casos que la especialidad asi lo requiera, siendo su designacion de caracter temporal; Que, mediante Oficio Nº 510-2013-MTPE/1 de fecha 27 de agosto de 2013, la senora Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo comunico la necesidad de designar a un Procurador Publico Ad Hoc para defender los intereses y derechos de ese Sector, en el MORDAZA judicial recaido en el Expediente Nº 27696-2011, seguido ante el Decimo Noveno Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de MORDAZA, el mismo que

Nombran Comision Evaluadora para calificar a los interesados que se presentaron a la convocatoria para ser nominados o renovar su calificacion como peritos mineros correspondiente al periodo 2014 - 2015
RESOLUCION DIRECTORAL N° 274-2013-MEM/DGM MORDAZA, 24 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento de Peritos Mineros, aprobado por el Decreto Supremo N° 01796-EM y sus modificatorias, mediante aviso publicado en el Diario Oficial El Peruano y el Diario El Comercio los dias 01 y 04 de octubre de 2013, se convoco a los interesados para ser nominados o renovar su calificacion como peritos mineros correspondiente al periodo 2014-2015. Que, el articulo 4° del citado reglamento dispone que la evaluacion de las solicitudes para la nominacion de los peritos mineros o renovacion de la misma sera realizada por una comision integrada por un representante de la Direccion General de Mineria quien la presidira, dos representantes del Consejo de Mineria y dos representantes del Instituto de Concesiones y Catastro Minero.

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