Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2013 (27/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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que toma el Concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 55º de la MORDAZA MORDAZA acotada, establece que los bienes de dominio publico de las municipalidades son inalienables e imprescriptibles, que guarda relacion con el articulo 56º de la mencionada Ley; Que, por Ordenanza Nº 786-MML se modifico el articulo 29º de la Ordenanza Nº 296-MML de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, que establece que las desafectaciones en todos los casos, inclusive las de bienes de uso publico cuyos titulares MORDAZA las Municipalidades Distritales, seran aprobadas mediante Ordenanza Metropolitana, con dictamenes de las Comisiones de Desarrollo MORDAZA y Asuntos Legales del Concejo Metroplitano, previa opinion de la Municipalidad Distrital; Que, de acuerdo a la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en el numeral 6) del articulo 56º, establece que son bienes de propiedad municipal los aportes provenientes de habilitaciones urbanas. De igual modo el Art. 59º y 65º de la referida MORDAZA legal, establece que los bienes Municipales pueden ser transferidos, concesionados en uso o explotacion, arrendados o modificado su estado de posesion o propiedad mediante cualquier otra modalidad por Acuerdo de Concejo Municipal, estando facultadas las municipalidades para ceder en uso o conceder en explotacion bienes de su propiedad a favor de personas juridicas del sector privado, a condicion que MORDAZA destinados exclusivamente a la realizacion de obras o servicios de interes o necesidad social, y fijando un plazo, que segun lo establece el Codigo Civil en su Art. 1001º, en el caso de uso, disfrute, explotacion del bien ajeno, no podra exceder de treinta (30) anos; Que, mediante Dictamen Nº 008-2013-MDA/CDUIP la Comision de Desarrollo MORDAZA e Infraestructura Publica recomienda mediante Acuerdo de Concejo aprobar la opinion de desaprobacion de la desafectacion de Uso de suelo de un terreno de 56.70 m², calificada como area de de circulacion que forma parte de un area mayor, a fin de ser acumulado al uso de vivienda del Lote 12 que se encuentra ubicado en la MORDAZA E de la UCV 73 del Proyecto Especial Huaycan, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de MORDAZA, solicitando se eleve al Pleno del Concejo Municipal para su conocimiento, debate y aprobacion correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y de acuerdo a lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores Regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; ACUERDA: Articulo 1º.- OPINAR; se declare la Desaprobacion de la solicitud de Desafectacion de Uso de Suelo de un terreno de 56.70 m² calificada como area de Circulacion que forma parte de un area mayor a fin de ser acumulado al uso de vivienda del Lote 12 que se encuentra ubicado en la MORDAZA "E" del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima; en meritos a los considerandos MORDAZA expuestos. Articulo 2º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, Sub Gerencia de Control Operaciones y Sanciones y demas areas pertinentes de esta Corporacion Municipal. Articulo 5º.- DISPONER; a traves de Gerencia de Desarrollo MORDAZA, se remita los actuados a Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para la continuacion del procedimiento, conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 296-MML y Ordenanza Nº 786-MML. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 1005640-3

El Peruano MORDAZA 27 de octubre de 2013

Opinan se declare la desaprobacion de solicitud de desafectacion parcial de uso de suelo para fines de vivienda de terreno ubicado en la MORDAZA T del Proyecto Especial Huaycan
ACUERDO DE CONCEJO Nº 071 Ate, 27 de setiembre de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 27 de Setiembre de 2013; el Dictamen Nº 009-2013MDA/CDUIP de la Comision de Desarrollo MORDAZA e Infraestructura Publica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades establece que, "Los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia". La autonomia que la Constitucion Politica del Peru senala para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el articulo 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 55º de la MORDAZA MORDAZA acotada, establece que los bienes de dominio publico de las municipalidades son inalienables e imprescriptibles, que guarda relacion con el articulo 56º de la mencionada Ley; Que, mediante Oficio Nº 332-2013-MML-GDUSPHU (Documento Nº 12419-2013), la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA ha solicitado de conformidad con lo senalado en el articulo 29º de la Ordenanza Nº 296MML, y su modificatoria Ordenanza Nº 786-MML, opinion de esta Municipalidad respecto a la Desafectacion de Uso de Suelo para fines de vivienda del area de terreno de 1,375.00 m² correspondiente al Lote 61, calificado con el uso de PARQUE-JARDIN ubicado en la UCV 221, MORDAZA T, 3ra. Etapa del Proyecto Especial Huaycan, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima; Que, el Lote 61, ubicado en la UCV 221, MORDAZA T, 3ra. Etapa del Proyecto Especial Huaycan, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de MORDAZA, figura en los Registros Publicos en la Partida Nº PO2105853 en el cual queda adjudicado a favor de la Municipalidad Distrital de Ate; asimismo, el lote 61 cuenta con Saneamiento Fisico legal elaborado por COFOPRI, de igual manera forma parte del Planeamiento Integral de la MORDAZA T, aprobada por la Municipalidad Distrital de Ate mediante Ordenanza Nº 182-MDA de fecha 28 de MORDAZA del 2008; Que, realizada la evaluacion del estado fisico se constato que el Lote Nº 61 se encuentra ocupado parcialmente por 10 lotes pertenecientes a la UCV 221Zona T ampliacion del Proyecto Especial Huaycan, los referidos lotes ocupan 739.87 m² de los 1,375.00 m² inscritos en registros publicos siendo el remanente, terreno sin ninguna ocupacion, las referidas posesiones se encuentran emplazadas en la ladera baja del cerro colindante al cauce de una micro quebrada siendo el riesgo calificado como moderado; Que, mediante Informe Nº 513-2013-MDA/GDUSGPUC, la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, senala que de acuerdo a los criterios expuestos en el Informe Nº 068-2013/MDA-GDU-SGPUC-APUJAVH del Area de Planificacion MORDAZA, que luego de haber evaluado tecnicamente el requerimiento formulado

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