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El Peruano Domingo 27 de octubre de 2013 505872 funcionarios públicos, dispone: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje (…)”. Que, con la Certifi cación Nº 02263-2013-DGPID/JNE, de fecha 24 de octubre de 2013, la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo, otorga la certifi cación de existencia de crédito presupuestario del pliego 031 Jurado Nacional de Elecciones, aprobado para el Ejercicio Fiscal 2013, para el otorgamiento de pasajes y gastos de transporte y viáticos a la C.P.C. María Elena Carrera Martínez, a fi n de asistir al evento “Investigación/ Acción sobre Democracias por parte de Organismos Electorales”, a realizarse en la Ciudad de Medellín - Colombia, organizado por la Registraduría de Colombia. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, el Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones, modifi cado por Resolución Nº 0738-2011-JNE; y, En uso de las facultades de que está investida esta Presidencia. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, por excepción, el viaje al exterior y la licencia con goce de haber de la señora C.P.C. María Elena Carrera Martínez, Directora General de Recursos y Servicios del Jurado Nacional de Elecciones, por el período comprendido del 29 al 31 de octubre de 2013, para que participe en el evento “Investigación/Acción sobre Democracia por parte de Organismos Electorales”, a realizarse en la Ciudad de Medellín - Colombia, y organizado por la Registraduría de Colombia. Artículo Segundo.- El Jurado Nacional de Elecciones cubrirá los gastos del viaje del funcionario referido en el artículo anterior, conforme al siguiente detalle: Pasajes y Gastos de Transporte: S/. 4,600.00 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicios S/. 3,070.26 TOTAL: S/. 7,670.26 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida funcionaria deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y la rendición de cuentas correspondiente. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo Quinto.- Transcribir la presente Resolución a la Dirección General de Recursos y Servicios y a la interesada para su conocimiento y los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS VELARDE URDANIVIA Presidente (e) 1005625-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco Ripley Perú S.A. la apertura de agencia en el departamento de Ica RESOLUCIÓN SBS Nº 6146-2013 Lima, 11 de octubre de 2013 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Ripley Perú S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (01) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente que sustenta lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Ripley Perú S.A. la apertura de una agencia ubicada en la Av. Los Maestros Sub Lote EUO A-6, A-7, Fundo San José, en el distrito, provincia y departamento de lca. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1005513-1 Autorizan al Banco Ripley Perú S.A. la conversión de oficina especial en agencia y el traslado de agencia en el departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 6147-2013 Lima, 11 de octubre de 2013 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Banco Ripley Perú S.A. para que se le autorice el traslado y conversión de una (01) ofi cina especial, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente que sustenta lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”, y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° y 32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, por la Resolución SBS N° 775-2008; y, en uso de la facultad encomendada mediante Resolución SBS N° 12883-2009 y Resolución Administrativa SBS N° 240-2013. RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar al Banco Ripley Perú S.A la conversión de una (01) ofi cina especial en Agencia, según se indica: • Ofi cina Especial, ubicada en: Las Begonias N° 552, Ofi cina N° 27 piso 3, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima.