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El Peruano Domingo 27 de octubre de 2013 505875 de Ate, las Mociones de Orden del Día, son propuestas mediante las cuales los Regidores ejercen su Derecho de pedir al Concejo Municipal que adopte Acuerdos sobre asuntos importantes para los intereses de la Comunidad; Que, con fecha 01 de Octubre de 1790 don Jaime Bausate y Meza fundó el “El Diario de Lima”, lo que fue el primer ejemplar de prensa escrita en el Perú. En honor a dicha labor iniciada por don Jaime Bauzate y Meza, el 01 de octubre de 1952, mediante Decreto Supremo Nº 2521 fi rmado por el entonces Presidente de la República, General de División, Manuel Arturo Odría Amoretti, se instituyó el “Día del Periodista Peruano”; abriendo un camino hacia diversas etapas que con el correr de los años se fueron desarrollando y constituyendo la comunicación escrita, radial, audiovisual y virtual; Que, en razón a ello, cada 01 de octubre se rinde un merecido homenaje a la sacrifi cada y loable labor que realizan redactores, reporteros, fotógrafos, y camarógrafos, tanto de los medios impresos, radiales, televisivos y ahora en nuevas plataformas, como son las páginas web y las redes sociales; las que son reconocidas por llevar diariamente los sucesos de actualidad del quehacer nacional e internacional; Que, mediante Moción de Orden del Día presentada por la Regidora Edith Olinda Núñez Camarena, Presidenta de la Comisión de Imagen Institucional y Comunicaciones del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Ate, solicita al Pleno de Concejo expresar el Saludo Institucional a todos los Periodistas, al conmemorarse su aniversario éste 01 de Octubre; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y contando con el voto por unanimidad de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; SE ACUERDA: Artículo 1º.- APROBAR LA MOCIÓN DE ORDEN DEL DÍA; presentada por la Regidora Edith Olinda Núñez Camarena - Presidenta de la Comisión de Imagen Institucional y Comunicaciones del Concejo Municipal de Ate, y expresar el Saludo Institucional del Concejo Distrital de Ate en el “Día del Periodismo Peruano”, a todos los hombres y mujeres que ejercen la labor periodística en nuestro país y día a día realizan una importante labor informativa. Artículo 2º.- SALUDAR; al Colegio de Periodistas del Perú, Asociación Nacional de Periodistas del Perú, Federación de Periodistas del Perú, así como los Círculos y otras organizaciones de periodistas; asimismo, en especial a la Asociación de Periodistas del Cono Este – A.P.C.E. de reconocida labor en el Cono Este. Artículo 3º.- DISPÓNGASE; la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal, Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones y demás áreas pertinentes de ésta Corporación Municipal. Regístrese comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1005640-2 Opinan se declare la desaprobación de solicitud de desafectación de uso de suelo de terreno calificada como área de Circulación, ubicado en la Zona “E” del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycán ACUERDO DE CONCEJO Nº 070 Ate, 27 de setiembre de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de Setiembre de 2013; el Dictamen Nº 008-2013- MDA/CDUIP de la Comisión de Desarrollo Urbano e Infraestructura Pública; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que, “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. La autonomía que la Constitución Política del Perú señala para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ofi cio Nº 902-2013-MML-GDU- SPHU (Documento Nº 24418-2013), la Municipalidad Metropolitana de Lima ha solicitado de conformidad con lo señalado en el artículo 29º de la Ordenanza Nº 296- MML, y su modifi catoria Ordenanza Nº 786-MML, opinión de ésta Municipalidad respecto a la Desafectación de Uso de Suelo de un terreno de 56.70 m² califi cada como área de circulación, que forma parte de un área mayor, a fi n de ser acumulado al uso de vivienda del Lote 12 que se encuentra ubicado en la Zona E del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycán, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 552-2013-MDA/GDU- SGPUC, la Sub Gerencia de Planifi cación Urbana y Catastro, señala que de acuerdo a los criterios expuestos en el Informe Nº 069-2013/MDA-GDU-SGPUC-APU- JAVH del Área de Planifi cación Urbana, que luego de haber evaluado técnicamente el requerimiento formulado para la desafectación de uso de suelo, opina que NO PROCEDE la desafectación de uso de suelo al no haber cumplido con los propuestos establecidos en la Ordenanza Metropolitana Nº 296-MML, que regula dicho procedimiento administrativo bajo la competencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima, así como lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en sus artículos 55º y 56º; Que, el AA.HH. Franja Comercial Zona E cuenta con saneamiento físico legal realizado por COFOPRI, en el cual se encuentra consignado el área de Circulación de 56.70 m², asimismo, el terreno en estudio forma parte del Planeamiento Integral de la Zona E, aprobada por la Municipalidad Distrital de Ate mediante Ordenanza Nº 185-MDA de fecha 04 de mayo del 2008; Que, según la Inspección Técnica realizada por la Sub Gerencia de Planifi cación Urbana y Catastro, se constató la edifi cación de una escalera de concreto catalogada como antirreglamentaria que ocupa de manera parcial el terreno consignado por el Planeamineto Integral como Parque Nº 12 y como área de circulación por COFOPRI, respecto a los modulos viales de la calle E-2, se encuentran defi nidos a nivel de veredas y pista, conforme al Planeamiento Integral de la Zona E; Que, mediante Informe Nº 638-2013-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica es de opinion que estando al contenido del Informe Técnico Nº 069- 20132/MDA-GDU-SGPUC-JAVH y al Memorándum Nº 398-2013-MDA/GDU, no procedería la desafectación del uso del suelo; debiendo remitirse los actuados a la Comision de Desarrollo Urbano e Infraestructura Pública del Concejo Municipal, con la finalidad de que sea evaluada la propuesta de Desafectación presentada por la señora Victoria Flores Castro, y posteriormente se emita el Acuerdo de Concejo correspondiente, en observancia de las consideraciones técnicas señaladas por la Sub Gerencia de Planificación Urbana y Catastro y el informe legal, disponiéndose además, la remision de los actuados a la Municipalidad de Lima Metropolitana de acuerdo al procedimiento establecido en la Ordenanza Nº 296-MML, modificada por Ordenanza Nº 786-MML; Que, el artículo 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones,