Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2013 (29/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, los articulos 194º, 195º, inciso 8) y 197º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Organos de Gobierno Local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordando ello con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, asimismo, senala la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, con fecha 1 de MORDAZA del ano 2013, con el Expediente de Registro Nº 7470-2013/MPL-TD, se ha recepcionado la Carta del Sr. MORDAZA F. Doig MORDAZA, identificado con DNI Nº 17524649, solicitando modificatoria del Acuerdo de Concejo Nº 045-2013-MPL, del 24 de junio del 2013, a fin de que se amplie y consigne las condiciones MORDAZA arribadas: a) Que el terreno materia de la donacion, esta destinado exclusivamente para la construccion del Hospital EsSalud, b) Respetar el tiempo o plazo, destinado para su construccion, bajo condicion de reversion por incumplimiento, c) Que, se respete la mocion del Pleno de Concejo, aprobada en la XII Sesion Ordinaria, que refiere, que en apremio y gratitud, el MORDAZA Hospital EsSalud, debe denominarse "RONY DOIG CARPENA", y en admision de la voluntad del solicitante se deja con efecto todo lo demas que contiene el Acuerdo de Concejo Nº 045/2013-MPL, por ser formal y legal. Que, mediante Oficio Nº 119/2013-MPL-SR, del 21 de junio del ano 2013, el Sr. Regidor Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al MORDAZA del Art. 10º, numeral 1 y 2 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con la aceptacion de todo el Cuerpo Colegiado Municipal, eleva su pedido y Mocion de Orden del Dia y solicita aprobar la Donacion de Area de Terreno de propiedad de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, debiendose tener en cuenta los alcances ordenados para su construccion bajo apercibimiento de reversion por incumplimiento, de la misma forma se ejecute la propuesta colegiada, que el futuro Hospital, lleve el nombre "RONY DOIG CARPENA", conforme a su pedido formulado con carta de registro. Que, vistos los documentales que anexa el expediente origen, consta de una Minuta del 13 de MORDAZA del ano 2012, celebrada en acto de donacion de bien Inmueble de los esposos: MORDAZA MORDAZA Doig MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Carpena de Doig, a favor de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, elevada a Escritura Publica de dominio, numero ciento dieciocho, notario de MORDAZA, MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA, Acuerdo de Concejo Nº 016/2012-MPL, del 18 de MORDAZA del ano 2012, que aprueba, la aceptacion de la Donacion del Bien Inmueble, de area de terreno de veinte mil doscientos nueve metros y diecinueve metros cuadrados (20,209.19 M2), perimetro seiscientos once con setentiseis metros lineales (611.76 M.L.), ubicado en la MORDAZA Chancay, sector MORDAZA ­ MORDAZA, Inscrito en la partida electronica Nº 02197271, Asiento: B00002, Titulo Nº 00019230-2013, de los Registros Publicos SUNARP ­ CHICLAYO ­ MORDAZA, del 07 de marzo del ano 2013, a favor de la Municipalidad Provincial de Lambayeque. Que, el expediente cuenta con el Informe Legal Nº 0611/2013-GAJ, del 11 de junio del ano 2013, ampara la instrumentada en el articulo 64º de la Ley de Municipalidades Nº 27972, referente a la autoridad de la Municipalidad por excepcion para donar o permutar bienes de su propiedad, Art. 67º del mismo cuerpo de Ley, el Concejo de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, con los dos tercios de aceptacion, resulta numero legal para su autorizacion, mediante Aprobacion Colegiada, y demas normas conexas y procedimientos de finalidad, resulta procedente al Acto de DONACION, por su importancia y proyeccion social. POR CUANTO: Conforme la peticion, mocion de orden del dia, y en atencion, resulta legal, y; estando en lo dispuesto por los Articulos I, II , del Titulo Preliminar, Articulo 9º, numeral 25, MORDAZA A. MORDAZA PUELLES MORDAZA 1006218-1

El Peruano Martes 29 de octubre de 2013

Art. 11º, Articulo 10º numeral 1 y 2, 11º, 17º, 39º, 41º, 64º y 67º y conexos de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal de MORDAZA, en su Decima MORDAZA Sesion Ordinaria del 27 de agosto del 2013, cuya acta es MORDAZA fiel de lo tratado conforme acredita el Secretario General Interviniente, con el MORDAZA a favor los senores regidores asistentes: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Ordonez MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del MORDAZA Saldana MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, contando con la ausencia a la hora de la votacion del Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con dispensa del tramite de lectura y por UNANIMIDAD. ACORDO: Articulo Primero.- APROBAR LA DONACION, por los fundamentos expuestos, Informes Tecnicos y Legales, del area de terreno de Propiedad Municipal de MORDAZA, considerando el objeto y los fines que se persigue e interes del donante, una area de terreno MORDAZA, ubicado en la MORDAZA Chancay Sector MORDAZA ­ MORDAZA, inscrito en los Registros Publicos SUNARP, con el Titulo Nº 00019230, Partida Nº 02197271, Asiento, B00002, cuya area de terreno es de: VEINTE MIL DOSCIENTOS NUEVE Y DIECINUEVE METROS CUADRADOS (20,209.19 M2), con un perimetro de: (611.76 M.L.), que colinda: POR EL NORTE.- con el MORDAZA San Rumualdo, con 4 lineas quebradas (12,88 M.L, 25.10 M.L.; 41,48 M.L, 21.67 M.L.). POR EL SUR.- con propiedad del W. Doig Orbegozo, con linea quebrada de (110.52 M.L.) POR EL ESTE.- con 2 lineas quebradas (193,13 M.L.; 25,83 M.L.) con propiedad de MORDAZA Orbegoso. POR EL OESTE.- con el MORDAZA San Rumualdo con 6 lineas quebradas (63,04 M.L.; 61,46 M.L.; 20,19 M.L. ; 11,93 M.L.; 13,02 M.L.; 11.40 M.L.) del area originaria anotada en el punto primero, de los linderos. A FAVOR DE EL SEGURO SOCIAL DE SALUD (EsSALUD) de la Red Asistencial MORDAZA, para la construccion del Hospital en la MORDAZA MORDAZA, que permitira un mejor acceso a los servicios de salud a la ciudadania, dando mejor beneficio al usuario, y conforme las condiciones solicitadas por el Sr. MORDAZA Doig MORDAZA, se cumpla con el plazo otorgado y acordado para su construccion de tres anos (03), bajo condicion de reversion, por incumplimiento. Asi tambien que el futuro Hospital EsSalud, lleve como nombre "RONY DOIG CARPENA", conforme el pedido y aprobacion del Colegiado Municipal de Lambayeque. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, al Senor MORDAZA C.P.C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Puelles, para que realice las acciones necesarias y suscriba Minuta y Escritura Publica respectiva, con los representantes legales de EsSalud, para la formalizacion de la transparencia, mediante acto de Donacion, que se aprueba en el presente Acuerdo de Concejo. Articulo Tercero.- DISPONER, que Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Infraestructura y Urbanismo, Sub Gerencia de Logistica, Area de Control Patrimonial, adopten las acciones administrativas necesarias, para la ejecucion del presente Acuerdo tomado y aprobado. Articulo Cuarto.- DISPONER, a la Secretaria General de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, la publicacion del presente Acuerdo, en el Diario Nacional El Peruano, de acuerdo a Ley. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase.

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