Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2013 (11/09/2013)
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TEXTO DE LA PÁGINA 26
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MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 986293-1
El Peruano Miercoles 11 de setiembre de 2013
Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S.
Crean Juzgado de Paz Letrado en el distrito de Niepos, el cual tendra la misma competencia que el Juzgado Mixto de la MORDAZA, en la provincia de San MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 152-2013-CE-PJ MORDAZA, 1 de agosto de 2013 VISTOS: El Oficio N° 0709-2013-P-AL-CSJCA-PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite la Resolucion de Sala Plena N° 001-2013-SP-P-CSJCA-PJ, de fecha 31 de enero del ano en curso, por la cual se propone la creacion de un Juzgado de Paz Letrado en el Distrito de Niepos, Provincia de San MORDAZA, Departamento de MORDAZA, a solicitud de autoridades y pobladores de la referida circunscripcion. Segundo. Que la peticion formulada se fundamenta en tener poblacion aproximada de 17 865 habitantes, conjuntamente con los Distritos de La MORDAZA, MORDAZA, Nanchoc, San MORDAZA y Union Agua Blanca; asi como, los Caserios Taulis Playa, El Palmito, Alto Palmito y La Granadilla del Distrito de Calquis; y los Caserios de Monte Seco, Monte Chico, La Montanita y El Naranjito del Distrito de Catache; asi como en la necesidad de tener autoridad judicial y acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia, pues el organo jurisdiccional mas cercano es el MORDAZA Juzgado Mixto de San MORDAZA, con sede en La MORDAZA, que se encuentra a 23 kilometros, recorrido en una hora y treinta minutos, a un costo de s/. 10.00 nuevos soles (ida y vuelta). Tercero. Que por el numero de habitantes que beneficiaria el Juzgado de Paz Letrado, entre los que se presentan conflictos de distinta naturaleza; y encontrandose dentro de los objetivos principales de las politicas implementadas por este Poder del Estado, eliminar las barreras que impiden acceder al Poder Judicial a las poblaciones mas alejadas del MORDAZA, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 5462013 de la trigesima primera sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, Walde MORDAZA, MORDAZA Postigo, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro MORDAZA, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz Letrado en el Distrito de Niepos, Provincia de San MORDAZA, Departamento y Distrito Judicial de MORDAZA, el cual tendra la misma competencia que el Juzgado Mixto de la Florida; Provincia de San MORDAZA, Departamento y Distrito Judicial de Cajamarca.
MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 986293-2
Prorrogan funcionamiento del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del distrito de Echarate, provincia de La Convencion, Distrito Judicial del MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 170-2013-CE-PJ MORDAZA, 14 de agosto de 2013 VISTOS: El Oficio N° 1429-2013-GG-PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial, Informe N° 1682013-SEP-GP-GG-PJ, elaborado por la Subgerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planificacion de la Gerencia General; y el Oficio N° 3999-2013-P-CSJCUPJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cusco. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolucion Administrativa N° 010-2013-CE-PJ, de fecha 23 de enero de 2013, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial prorrogo el funcionamiento, entre otros, del Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Echarate, Provincia de La Convencion, Departamento y Distrito Judicial del MORDAZA, hasta el 31 de MORDAZA del ano en curso. Segundo. Que, al respecto, el Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA solicita la conversion del mencionado organo jurisdiccional transitorio en permanente, senalando que se encuentra en una MORDAZA muy conflictiva por lo que debe tramitar carga procesal considerable. Agrega, que dicho juzgado califica, tramita, resuelve y ejecuta, entre otras labores, tal como lo hace un juzgado permanente, ademas de encontrarse a 27 kilometros de la MORDAZA de Quillabamba. Tercero. Que, sobre el particular, mediante Informe N° 168-2013-SEP-GP-GG-PJ, elaborado por la Subgerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planificacion de la Gerencia General, luego del analisis de los antecedentes y de los indicadores estadisticos relacionados con la peticion formulada, se concluye que no es factible la conversion solicitada teniendo en cuenta el nivel de ingresos y de resolucion del Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Echarate, asi como por el hecho de pertenecer a los organos transitorios jurisdiccionales del Plan Nacional de Descarga Procesal. Sin embargo, y considerando que la carga total que el mencionado organo jurisdiccional transitorio aun se encuentra tramitando es apreciable, y que viene desarrollando funciones como Juzgado de la Investigacion Preparatoria, se recomienda la prorroga de su vigencia. Cuarto. Que, siendo asi, y teniendo en cuenta lo senalado precedentemente, se justifica prorrogar por el termino de un mes el funcionamiento del mencionado juzgado de paz letrado. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 6012013 de la trigesima tercera sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, Walde MORDAZA, MORDAZA Postigo, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro MORDAZA, de conformidad con las atribuciones conferidas por el articulo 82° del


