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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (11/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Miércoles 11 de setiembre de 2013 502621 CONSIDERANDO: Que, el Departamento de Arquitectura Naval e Ingeniería Oceánica de la Universidad de Osaka, ha cursado invitación para participar en la “9na. Conferencia Internacional de Control Automático aplicado a Sistemas Marinos”, a realizarse en la ciudad de Osaka, Japón, del 17 al 20 de setiembre de 2013; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 4: Actividades Operacionales, Ítem 130, Anexo 1 (RO), aprobado con Resolución Suprema Nº 405-2013-DE, de fecha 12 de agosto de 2013, que modifi ca el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado por Resolución Suprema Nº 091-2013- DE, de fecha 15 de marzo de 2013; Que, la designación de Personal Naval para que participe en la referida conferencia, responde a la necesidad de obtener mayores conocimientos y experiencias dentro del marco de los compromisos de cooperación mutua asumidos por nuestro país, que son claves para la operación de navegación avanzada, orientación y sistemas de control para los buques de superfi cie, unidades costa afuera y marina robot; así como, sistemas de control de misión para un amplio número de aplicaciones científi cas y comerciales; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio de Personal Naval, para que participen en la “9naConferencia Internacional de Control Automático aplicado a Sistemas Marinos”, a realizarse en la ciudad de Osaka, Japón, del 17 al 20 de setiembre de 2013; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Marina de Guerra del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente Comisión de Servicio, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, con el fi n de prever la participación del Personal Naval en las actividades programadas, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación; así como, su retorno DOS (2) días después, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, modifi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024- 2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Corbeta Pedro José Pablo IRIARTE Chávez, CIP. 00904612, DNI. 43463186, del Teniente Segundo Jorge Luis MALAVER Barón, CIP. 00027388, DNI. 43287561 y del Teniente Segundo José Luis SÁNCHEZ Malpartida, CIP. 00012464, DNI. 42415672, para que participen en la “9na Conferencia Internacional de Control Automático aplicado a Sistemas Marinos”, a realizarse en la ciudad de Osaka, Japón, del 17 al 20 de setiembre de 2013; así como, autorizar su salida del país el 15 y su retorno el 22 de setiembre de 2013. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Osaka (Japón) - Lima US$ 3,000.00 x 3 personas US$ 9,000.00 Viáticos: US$ 500.00 x 4 días x 3 personas US$ 6,000.00 TOTAL A PAGAR: US$ 15,000.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El Oficial Superior designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 986498-1 ECONOMIA Y FINANZAS Modifican el TUPA del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por D.S. Nº 305-2012-EF RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 256-2013-EF/41 Lima, 6 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 305-2012-EF, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, con Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, se aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, que plantea la necesidad de asignar recursos, diseñar procesos y defi nir productos y resultados en función de las necesidades de los ciudadanos; Que, mediante Resolución Ministerial N° 156-2013- PCM, se aprobó el Manual para Mejorar la Atención a la Ciudadanía en las entidades de la Administración Pública, que establece criterios y lineamientos de cumplimiento obligatorio a las entidades públicas de la Administración Pública, a fi n de mejorar la labor desempeñada en la atención otorgada al ciudadano y en la provisión de bienes y servicios públicos; Que, con Decreto Supremo N° 070-2013-PCM, se modifi có el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con el Decreto Supremo N° 072-2003-PCM;