Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2013 (11/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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Que, de igual forma el literal a) del acotado articulo 29° establece como facultad del Consejo Directivo Nacional, delegar en la Presidencia Ejecutiva, Organo, Funcionario o Empleado que se designe, las atribuciones que a su juicio considere conveniente; Que, mediante Acuerdo N° 1056-02 adoptado en la Sesion Ordinaria, de fecha 29 de agosto de 2013, el Consejo Directivo Nacional autorizo la prorroga por el plazo de un ano computado desde el 22 de setiembre de 2012 del Acuerdo N° 1037-05 de fecha 21 de setiembre de 2011, por el cual se delego al Presidente Ejecutivo del SENCICO, la facultad prevista en el inciso d) del articulo 29° del Estatuto MORDAZA acotado; Que, se ha estimado conveniente aceptar la renuncia del Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Orbe, al cargo de confianza de Gerente de Administracion y Finanzas, la misma que se MORDAZA efectiva a partir del 04 de setiembre de 2013; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, el Decreto Legislativo N° 147 Ley de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion - SENCICO y el literal j) del articulo 33° del Estatuto del SENCICO, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2001-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 004-2006-VIVIENDA; Con el visto de la Jefa del Departamento de Recursos Humanos (e), de la Gerenta de Planificacion y Presupuesto, del Jefe de la Oficina de Secretaria General (e), de la Asesora Legal y del Gerente General; SE RESUELVE: Articulo Primero: Aceptar la renuncia del Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Orbe, al cargo de confianza de Gerente de Administracion y Finanzas del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion - SENCICO, Categorial D2, a partir del 04 de setiembre de 2013, dandole las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Segundo: La Gerencia General, queda encargada del cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA IMANA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 985465-1 RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 203-2013-02.00 MORDAZA, 4 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 147, se aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion­ SENCICO, considerando a esta entidad, Institucion Publica Descentralizada del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, con autonomia tecnica, administrativa y economica, encargada de la formacion, capacitacion integral, calificacion y certificacion profesional de los trabajadores de la actividad de la construccion, en todos los niveles y de realizar las investigaciones y estudios necesarios para atender a sus fines; Que, se encuentra vacante la plaza de Gerente de Administracion y Finanzas, de la Oficina de Administracion y Finanzas del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion- SENCICO, cargo considerado de confianza del organo de la Oficina de Administracion y Finanzas, Categoria D2; Que, resulta necesario designar al titular del cargo de Gerente de Administracion y Finanzas de la Oficina de Administracion y Finanzas; Que, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos, establece en su articulo 3º que la designacion de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el Articulo 1º de tal Ley, se efectua mediante Resolucion Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d), del articulo 29º del Estatuto del SENCICO, aprobado por

El Peruano Miercoles 11 de setiembre de 2013

Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 004-2006-VIVIENDA, es atribucion del Consejo Directivo Nacional del SENCICO, entre otras, la de designar, ratificar o remover al personal de confianza, que especificamente lo califique en tal calidad el Reglamento de Organizacion y Funciones, asi como fijar sus remuneraciones, con arreglo a los dispositivos legales vigentes a las que se sujeta el personal de la Institucion y la disponibilidad presupuestal; Que, de igual forma el literal a) del acotado articulo 29º establece como facultad del Consejo Directivo Nacional, delegar en la Presidencia Ejecutiva, Organo, Funcionario o Empleado que se designe, las atribuciones que a su juicio considere conveniente; Que, mediante Acuerdo Nº 1056-02 adoptado en la Sesion Ordinaria, de fecha 29 de agosto de 2012, el Consejo Directivo Nacional autorizo la prorroga por el plazo de un ano computado desde el 22 de setiembre de 2012 del Acuerdo Nº 1037-05 de fecha 21 de setiembre de 2011, por el cual se delego al Presidente Ejecutivo del SENCICO, la facultad prevista en el inciso d) del articulo 29º del Estatuto MORDAZA acotado; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, el Decreto Legislativo N° 147 Ley de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­ SENCICO y el literales j) del articulo 33º del Estatuto del SENCICO, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2001-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 004-2006-VIVIENDA; Con el visto de la Jefa del Departamento de Recursos Humanos (e), de la Gerenta de Planificacion y Presupuesto, del Jefe de la Oficina de Secretaria General (e), de la Asesora Legal y del Gerente General; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a partir del 05 de setiembre de 2013, al Ingeniero Industrial MORDAZA MORDAZA MORDAZA Orlandini, en el cargo de confianza de Gerente de Administracion y Finanzas, de la Oficina de Administracion y Finanzas del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­ SENCICO, Categoria D2. Articulo Segundo.- La Gerencia General, queda encargada del cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA IMANA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 985465-2

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban el texto modificado de los "Lineamientos para el reporte de informacion a cargo de los Comercializadores de Combustible de Aviacion (CCA) y los Comercializadores de Combustible para Embarcaciones (CCE) a traves del Sistema de Control de Ordenes de Pedido (SCOP)"
RESOLUCION DE GERENCIA DE FISCALIZACION DE HIDROCARBUROS LIQUIDOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 146-2013-OS/GFHL MORDAZA, 6 de setiembre de 2013

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