Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2013 (11/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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en el acceso al empleo, en la formacion, promocion y condiciones de trabajo, y en una identica remuneracion por trabajo de igual valor; Que, de conformidad con el Decreto Supremo N° 0272007-PCM y sus normas modificatorias, la promocion de la igualdad de oportunidades y de trato, asi como la no discriminacion en el MORDAZA de trabajo con igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, forman parte de la Politica Nacional de Empleo y son de obligatorio cumplimiento por parte de las entidades del Gobierno Nacional; Que, de conformidad con el articulo 5° de la Ley N° 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, el citado Portafolio es el organismo rector en materia de trabajo y promocion del empleo y ejerce competencia exclusiva y excluyente respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional en lo concerniente a formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las politicas nacionales y sectoriales en materia de derechos fundamentales en el ambito laboral; Que, de conformidad con el articulo 52° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2010-TR, la Direccion General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo es el organo de linea responsable de formular las politicas publicas y funciones sustantivas orientadas a la promocion de la igualdad de oportunidades y no discriminacion en el empleo; Que, a efectos de dar cumplimiento a las normas anteriormente glosadas, resulta pertinente aprobar un documento guia que instruya a la generalidad de empleadores sobre la aplicacion de medidas destinadas a promover la igualdad de oportunidades y eliminar las practicas discriminatorias en los procedimientos de acceso al empleo; Con las visaciones de la Viceministra de Trabajo, del Director General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, y del Jefe de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 25° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el articulo 11° de la Ley N° 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y el inciso d) del articulo 7° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-TR; SE RESUELVE:

El Peruano Miercoles 11 de setiembre de 2013

Articulo1º.- Objeto Aprobar el documento denominado "Guia de buenas practicas en materia de igualdad y no discriminacion en el acceso al empleo y la ocupacion", que como anexo forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, y del documento anexo referido en el articulo precedente en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo (www.trabajo.gob.pe), siendo responsable de dicha accion el Jefe de la Oficina General de Estadisticas y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion Encargada de la Cartera de Trabajo y Promocion del Empleo 986317-2

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de profesional del Ministerio a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 036-2013-MTC MORDAZA, 10 de setiembre de 2013 VISTOS: El Informe Nº 026-2013-MTC/01.01 emitido por la Comision de Investigacion de Accidentes de Aviacion (CIAA), y el Memorandum Nº 1038-2013-MTC/04 emitido por la Secretaria General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y;

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentacion a publicar se enviara ademas en archivo electronico (diskette o cd) y/o al correo electronico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumira la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicacion o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una linea por celda. 5. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra.
LA DIRECCION

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