Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2013 (18/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Generica del Anexo Nº III Gasto - Recursos Publicos Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Generica del Gasto - Recursos Directamente Recaudados

El Peruano Miercoles 18 de setiembre de 2013

Anexo Nº III-1

Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Generica del Gasto - Donaciones y Transferencias Anexo Nº III-2 Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Generica del Gasto - Recursos por Operaciones Oficiales de Anexo Nº III-3 Credito Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Anexo Nº III-4 Generica del Gasto - Recursos Determinados Articulo 3º.- Plazo de Aprobacion y MORDAZA del Presupuesto de Apertura considerado en la Formalizacion de Creditos Suplementarios Las Entidades que por aplicacion de la formalizacion de los Creditos Suplementarios senalada en el articulo 1°, les correspondan la aprobacion de su Presupuesto Institucional de Apertura para el Ano Fiscal 2013, deberan desagregarlo a nivel de fuente de financiamiento y categoria del gasto y autorizarlo mediante Resolucion del Titular de la Entidad, dentro de los cinco (05) dias habiles posteriores a la vigencia del presente Decreto Supremo. MORDAZA de la citada Resolucion, asi como de los formatos y anexos de aprobacion visados por el Titular de la Entidad y el Jefe de la Oficina de Presupuesto o quien haga sus veces en la Entidad, son presentados a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica, a la Contraloria General de la Republica y a la Direccion General de Presupuesto Publico, dentro de los cinco (05) dias posteriores a su aprobacion. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de setiembre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 989522-2

Otorgan seguridades y garantias del Estado de la Republica del Peru, en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones contenidas en el Contrato de Concesion del Proyecto "Linea de Transmision 500 kV Mantaro - Marcona - Socabaya MORDAZA y Subestaciones Asociadas"
DECRETO SUPREMO Nº 229-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSION, adoptado en su sesion de fecha 11

de octubre de 2012, se acordo incorporar al MORDAZA de promocion de la inversion privada la entrega en concesion al sector privado del Proyecto "Linea de Transmision 500 kV Mantaro - Marcona - Socabaya - MORDAZA y Subestaciones Asociadas", bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, Decreto Legislativo Nº 1012 y sus normas reglamentarias correspondientes; Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSION, adoptado en su sesion de fecha 29 de octubre de 2012, se aprobo el Plan de Promocion de la Inversion Privada para la concesion del proyecto "Linea de Transmision 500 kV Mantaro - Marcona - Socabaya - MORDAZA y Subestaciones Asociadas"; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 075-2012-EF, publicada el dia 05 de diciembre de 2012, se ratificaron los acuerdos de Consejo Directivo de PROINVERSION sobre la incorporacion al MORDAZA de promocion de la inversion privada y aprobacion del Plan de Promocion del proyecto MORDAZA referido; Que, el dia 18 de MORDAZA de 2013, se realizo el acto de MORDAZA y Apertura de Sobres Nº 1 y Nº 2 y Buena Pro, otorgandose la Buena Pro del Concurso Publico Internacional para otorgar en concesion el Proyecto "Linea de Transmision 500 kV Mantaro - Marcona - Socabaya - MORDAZA y Subestaciones Asociadas" a la empresa Interconexion Electrica S.A. E.S.P. - ISA; Que, mediante documento de fecha 31 de MORDAZA de 2013, Interconexion Electrica S.A. E.S.P. - ISA, empresa que obtuviera la Buena Pro del Concurso Publico para la entrega en concesion del proyecto "Linea de Transmision 500 kV Mantaro - Marcona - Socabaya - MORDAZA y Subestaciones Asociadas", comunica a PROINVERSION que la denominacion de la sociedad concesionaria es "Consorcio Transmantaro S.A."; Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSION, adoptado en su sesion de fecha 09 de agosto de 2013, se acordo otorgar, mediante contrato, las seguridades y garantias del Estado de la Republica del Peru, en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones a cargo del Concedente, contenidas en el Contrato de Concesion del Proyecto "Linea de Transmision 500 kV Mantaro - Marcona - Socabaya MORDAZA y Subestaciones Asociadas", a celebrarse con la sociedad que constituira el Adjudicatario Interconexion Electrica S.A. E.S.P. - ISA, en su calidad de Sociedad Concesionaria; Que, el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por el Articulo 6º de la Ley Nº 26438, en concordancia con el articulo 4º de la Ley Nº 26885, permite que el Estado otorgue, mediante contrato, a las personas juridicas que realicen inversiones bajo el MORDAZA del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y el Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, las seguridades y garantias que, mediante decreto supremo, se consideren necesarias para proteger sus adquisiciones e inversiones, de acuerdo a la legislacion vigente; Que, en virtud de lo expresado, procede otorgar mediante contrato, las seguridades y garantias del Estado de la Republica del Peru en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones a cargo del Concedente establecidas en el Contrato de Concesion del Proyecto "Linea de Transmision 500 kV Mantaro - Marcona - Socabaya MORDAZA y Subestaciones Asociadas", a favor de la sociedad concesionaria denominada "Consorcio Transmantaro S.A.", la cual suscribira el Contrato de Concesion; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 25570, MORDAZA complementaria al Decreto Legislativo Nº 674, sustituido por el Articulo 6º de la Ley Nº 26438, en concordancia con el articulo 4º de la Ley Nº 26885, y la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Declaraciones y seguridades Otorguese, mediante contrato, las seguridades y garantias del Estado de la Republica del Peru, en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones a cargo del Concedente, contenidas en el Contrato de Concesion del Proyecto "Linea de Transmision 500 kV Mantaro - Marcona - Socabaya - MORDAZA y Subestaciones Asociadas", a celebrarse con la sociedad concesionaria denominada "Consorcio Transmantaro S.A.", conforme se senala en las Bases del concurso publico internacional del referido proyecto.

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