Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2013 (18/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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"6.2.2 En el momento de la inscripcion el postulante selecciona, de la relacion de plazas puestas a concurso, una institucion educativa y un unico cargo directivo al que postula. La institucion educativa puede estar ubicada en cualquier region o provincia del pais. El postulante debe presentarse a una plaza directiva en una institucion del mismo nivel al que corresponde su titulo profesional o en el nivel que acredite haberse desempenado como docente nombrado durante un periodo minimo de diez anos, con excepcion de las instituciones educativas que integran dos o tres niveles, a cuyas plazas directivas pueden presentarse profesores de los niveles educativos correspondientes de la Educacion Basica Regular, o que acrediten haberse desempenado como docente nombrado en el nivel correspondiente durante un periodo minimo de diez anos. Cada postulante tiene derecho solo a una eleccion". "6.4.4 Los reclamos deberan ser presentados por los postulantes dentro de los cinco (5) dias habiles posteriores a la fecha de publicacion de los resultados finales del concurso y seran atendidos por el Comite de Evaluacion". Articulo 2.- Incorporar un MORDAZA parrafo al numeral 7.2 de la Directiva Nº 018-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDD, el que quedara redactado de la siguiente manera: (...) "Asimismo, podran participar en el concurso, los docentes que se encuentren con licencia sin goce de remuneracion con motivo de desempenar los cargos de Director de Unidad de Gestion Educativa Local, y Director o Jefe de Gestion Pedagogica de la Unidad de Gestion Educativa Local o de la Direccion Regional de Educacion. El Director de Unidad de Gestion Educativa Local que se presente como postulante al concurso objeto de esta convocatoria, se encuentra impedido de ser miembro del Comite de Evaluacion para este concurso. En ese caso debera procederse conforme a lo dispuesto en el articulo 72 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2013-ED". Articulo 3.- Modificar el Anexo 4 "Matriz para la Valoracion de la Trayectoria Profesional" de la Directiva Nº 018-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDD, el cual forma parte de la presente Resolucion, como Anexo 1. Articulo 4.- Convocar al Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica Regular, cargos considerados directivos del area de desempeno Gestion Institucional, correspondiente al ano 2013, el cual se llevara a cabo de conformidad con lo establecido en la Directiva Nº 018-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDD y su modificatoria aprobada mediante la presente Resolucion. Articulo 5.- Aprobar el cronograma del concurso a que se refiere el articulo precedente, el cual forma parte de la presente Resolucion como Anexo 2. Articulo 6.- Aprobar la relacion consolidada de plazas objeto del presente concurso y disponer que la Oficina de Prensa publique la misma en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Educacion (http://www.minedu.gob.pe), en la fecha de publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 7.- Las designaciones en el cargo de director o subdirector, que se efectuen como resultado de este concurso publico, tendran vigencia a partir del 1 de enero de 2014 y un periodo de tres (3) anos, segun lo establecido en el articulo 33 de la Ley Nº 29944 - Ley de Reforma Magisterial. El acto resolutivo sera ingresado al Sistema de Administracion y Control de Plazas NEXUS por la respectiva instancia de gestion educativa descentralizada, bajo responsabilidad. Articulo 8.- Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administracion de la Educacion publique la presente Resolucion Ministerial y sus anexos, en el Sistema de Informacion Juridica de Educacion - SIJE, ubicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Educacion (http:// www.minedu.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion ANEXO 1

El Peruano Miercoles 18 de setiembre de 2013

MATRIZ PARA LA VALORACION DE LA TRAYECTORIA PROFESIONAL La trayectoria profesional comprende el historial profesional de los postulantes, en funcion de su formacion, meritos y experiencia laboral. La Matriz para la Valoracion de la Trayectoria Profesional tiene por finalidad recoger la mas amplia gama de evidencias de formacion, meritos y experiencia de los postulantes al cargo de director y subdirector como medio de alentar a los profesores a involucrarse en proyectos de formacion en servicio y en diversas experiencias profesionales asociadas a las competencias exigibles a todo docente segun lo establece el MORDAZA de Buen Desempeno Docente, sabiendo que seran valorados por el MINEDU a traves de sus diversos procesos de evaluacion. 1. Indicaciones generales a. La trayectoria profesional se reporta a traves de tres rubros: I. Formacion academica y profesional, II. Meritos y III. Experiencia profesional b. Cada rubro esta desagregado en criterios. Cada criterio tiene un valor asignado. Los puntajes obtenidos por criterio en cada rubro se suman hasta el limite de 13 puntos, que es el puntaje MORDAZA por rubro. c. Los puntajes totales obtenidos en cada rubro se suman hasta el limite de 25 puntos, establecido como puntaje MORDAZA total de la Matriz. d. Para cada criterio la Matriz establece el numero MORDAZA de evidencias que puede presentar el postulante. Ejemplo: si el postulantes tiene cinco Diplomados acreditables solo puede hacer MORDAZA hasta tres, si tiene dos Maestrias no concluidas solo podra hacer MORDAZA una). e. No se puede utilizar un mismo documento (resoluciones, producciones, certificados y otros) para acreditar mas de un criterio. 2. Indicaciones especificas 2.1. Formacion academica y profesional a) Los Diplomados y capacitaciones solo asignan puntaje cuando se hayan concluido dentro de los ultimos cinco anos b) Las segundas especializaciones, titulos profesionales, y los postgrados son validas sin considerar su antiguedad c) Los titulos profesionales y MORDAZA academicos asignan puntaje siempre que sea otorgados por instituciones de educacion superior reconocidas legalmente en el pais. d) Los titulos profesionales no pedagogicos vinculados al area de gestion corresponden a especialidades tales como: administrador (en todas sus menciones), ciencias administrativas, contables o financieras, derecho, Ingenieria industrial, psicologia organizacional, recursos humanos, auditoria, economia, y similares 2.2. Meritos a) Los libros y las revistas impresas para asignar puntaje debe contar con el Nº de registro de INDECOPI o el Nº de deposito legal de la Biblioteca Nacional (ISBN). Estas especificaciones no son aplicables a los articulos en revistas electronicas ni a los Blog personales o colectivos. b) Las guias o manuales deben contar con la validacion de la DRE, la UGEL o la Direccion de la IE. c) El software para asignar puntaje requiere la MORDAZA de la Direccion General de Tecnologias Educativas (DIGETE). d) Los reconocimientos y distinciones deberan registrarse con el Nº de resolucion de la instancia de gestion educativa descentralizada (DRE o UGEL) de la que MORDAZA recibido el reconocimiento. 2.3. Experiencia profesional a) Todas las experiencias profesionales deben ser de por lo menos un ano y haber sido ejercidas con anterioridad al 31 de diciembre de 2012. En el caso de experiencias desarrolladas en instituciones educativas se entiende como ano lectivo los servicios prestados de enero a marzo y en los demas casos como ano calendario.

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