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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (19/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 35

El Peruano Jueves 19 de setiembre de 2013 503233 TRIBUTO PERÍODO DE LA DEUDA PORCENTAJE DE DESCUENTO MONTO INSOLUTO DE LA DEUDA INTERÉS MORATORIO ACTUALI- ZACIÓN DE IPM COSTAS Y GASTOS Multas Adminis- trativas 2010 al 2013 50% ------- --------- 100% 2008 y anteriores 70% ------- --------- 100% Artículo 4º.- DEUDA EN COBRANZA COACTIVA La condonación de los gastos y costas procesales que se hubieran generado estará sujeta a la cancelación total de la deuda tributaria vinculada a dicho procedimiento. Artículo 5º.- MULTAS ADMINISTRATIVAS El benefi cio de descuento en multas administrativas y de costas procesales no es aplicable para aquellos infractores que se acojan al 50% de descuento por el pago dentro del plazo de quince días hábiles de notifi cada la Resolución de Sanción establecido en el Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones Administrativas vigente. Artículo 6º.- PAGOS ANTERIORES Los montos pagados con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente ordenanza no generan derecho a devolución o compensación alguna, asimismo los benefi cios otorgados en la presente ordenanza no serán aplicables a las solicitudes de compensación o transferencias de pagos ni a los créditos por imputar o a los canjes de bienes o servicios. Artículo 7º.- PAGOS A CUENTA Los pagos a cuenta de la deuda tributaria y no tributaria no generarán la aplicación del benefi cio, así como tampoco implicará la suspensión del procedimiento coactivo. Artículo 8º.- SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO COACTIVO Con la cancelación total de la deuda tributaria y no tributaria se suspenderá el procedimiento coactivo iniciado y el levantamiento de medidas cautelares, según el caso. Artículo 9º.- DESISTIMIENTO Precisar que para acogerse al presente benefi cio, el obligado deberá desistirse de cualquier recurso impugnatorio planteado y/o de cualquier proceso judicial, para cuyo efecto deberá adjuntar copia del desistimiento presentado. Artículo 10º.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia desde el 2 de setiembre hasta el 30 de setiembre de 2013, disponiéndose además su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de Ventanilla, www.muniventanilla.gob.pe. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Facúltase al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como para determinar y aprobar la prórroga de su vigencia. Segunda.- Encárgase a la Gerencia de Rentas Municipales y Subgerencias dependientes de dicha Unidad Orgánica, Gerencia de Comunicaciones, Gerencia de Administración, Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y todas las demás dependencias de la Municipalidad deberán prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 989088-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO Aprueban la participación de Regidores de la Municipalidad Provincial del Cusco en el XVI Foro Interamericano de la Microempresa, a realizarse en México ACUERDO MUNICIPAL Nº 086-2013-MPC Cusco, 12 de agosto de 2013 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DEL CUSCO CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, las mismas que cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía según el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Carta Nº 825-2013-G-CMAC-C, de fecha 9 de agosto de 2013, la Gerencia de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A., hace extensiva la Invitación para participar en el XVI FORO INTERAMERICANO DE LA MICROEMPRESA (FOROMIC – 2013), a realizarse los días 30 de septiembre al 2 de octubre de 2013 en la ciudad de Guadalajara, México; Que, los gastos de pasajes, alojamiento, inscripción y viáticos para participar en el XVI FORO INTERAMERICANO DE LA MICROEMPRESA (FOROMIC – 2013), de los señores regidores participantes serán cubiertos íntegramente por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A.; Que, asimismo, el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que, los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Por tanto, estando a lo establecido por el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, por MAYORIA, en la sesión de la fecha, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACORDO: Artículo Primero.- APROBAR, la participación de la Municipalidad Provincial del Cusco en el evento en el XVI FORO INTERAMERICANO DE LA MICROEMPRESA (FOROMIC – 2013), a realizarse los días 30 de septiembre al 2 de octubre de 2013 en la ciudad de Guadalajara, México. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la participación de los señores Regidores BORIS GERMAIN MUJICA PAREDES, RUBEN ANTONIO MOLERO QUISPE y SERLY FIGUEROA MORMONTOY, en el evento referido en el artículo anterior. Artículo Tercero.- PRECISAR, que la participación de la señora Regidora SERLY FIGUEROA MORMONTOY, es en calidad de Representante Delegada por el señor Alcalde de la Municipalidad del Cusco. Artículo Cuarto.- PRECISAR, que los gastos de pasajes, alojamiento, inscripción y viáticos de los señores Regidores Boris Germain Mujica Paredes, Rubén Antonio Molero Quispe y Serly Figueroa Mormontoy, serán cubiertos íntegramente por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A.. Regístrese, comuníquese y archívese. LUIS ARTURO FLOREZ GARCÍA Alcalde 989698-1