Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2013 (19/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Jueves 19 de setiembre de 2013

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DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar el "Reglamento para la Subasta Publica de Venta de Bienes Inmuebles de Dominio Privado de la Municipalidad Distrital de Lince", el cual consta de tres (03) Titulos, dieciocho (18) Articulos y una (01) Disposicion Complementaria Final. Articulo Segundo.- Derogar el Decreto de Alcaldia Nº 09-2011-MDL-ALC, de fecha 28 de marzo de 2011, que aprobo las Normas Complementarias para la Venta de Bienes Inmuebles mediante Subasta Publica de la Municipalidad Distrital de Lince. Articulo Tercero.- El presente Decreto entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. El Texto del Reglamento sera publicado en el MORDAZA web de la Municipalidad Distrital de Lince (www.munilince.gob.pe) Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA 988988-1

brindar la informacion solicitada a fin de garantizar su cumplimiento en el plazo previsto por Ley, evitando incurrir en faltas estipuladas en el articulo 239º de Ley 27444 de Procedimiento Administrativo General. Articulo Cuarto.- Hagase de conocimiento de las Unidades Organicas de la DIRESA MORDAZA, Redes de Salud, Legajo Personal, Interesados. Registrese, comuniquese y ejecutese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional Direccion Regional de Salud MORDAZA 989100-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban el Reglamento para la Subasta Publica de Venta de Bienes Inmuebles de Dominio Privado de la Municipalidad Distrital de Lince
DECRETO DE ALCALDIA Nº 12-2013-ALC-MDL Lince, 17 de setiembre de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE: VISTO: Visto: El Informe Nº 063-2013-MDL-OAF de la Oficina, de Administracion y Finanzas de fecha 16 de agosto de 2013; y CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, establece en su articulo 59º, que la transferencia de propiedad de los bienes municipales, en este caso inmuebles, debe ser por subasta publica y conforme a Ley, entiendase las disposiciones de la Ley del Sistema Nacional de Bienes Estatales ­ Ley Nº 29151 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA y demas normas supletorias. Que, el Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones de la bienes muebles e inmuebles de la Municipalidad Distrital de Lince aprobado por Ordenanza Nº 208-MDL, establece en su Capitulo V, que los bienes que han sido dados de baja, incluyendo los inmuebles deberan ser vendidos mediante subasta publica estableciendo el MORDAZA general para llevar a cabo el procedimiento. Que, con Decreto de Alcaldia Nº 09-2011-MDL-ALC, de fecha 28 de marzo de 2011, se aprueban las Normas Complementarias para la Venta de Bienes Inmuebles mediante Subasta Publica de la Municipalidad Distrital de Lince. Que, mediante Informe Nº 063-2013-MDL-OAF de fecha 16 de agosto de 2013, se propone la inclusion de modificaciones a las Normas Complementarias para la Venta de Bienes Inmuebles mediante Subasta Publica de la Municipalidad Distrital de Lince producto de recomendaciones realizadas por el Organo de Control Institucional mediante Informe Nº 07-2013-MDL-OCI, que implica la aprobacion de un MORDAZA texto concordado al cual se le denomina "Reglamento para la Subasta Publica de Venta de Bienes Inmuebles de Dominio Privado de la Municipalidad Distrital de Lince". Que, con Informe Nº 561-2013-MDL-OAJ, la Oficina de Asesoria Juridica, opina en forma favorable por la aprobacion del Reglamento citado. Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del articulo 20 de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades.

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Amplian vigencia de la Ordenanza Nº 015-2013, mediante la cual se aprobaron beneficios administrativos respecto de licencias de funcionamiento y otros
DECRETO DE ALCALDIA Nº 14-2013-MPC-AL Callao, 16 de setiembre de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 015-2013, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 17 de agosto del 2013, se aprobo la exoneracion del 50% del derecho de pago de la tasa de Licencia de Funcionamiento Municipal, de la autorizacion para la ubicacion de anuncios publicitarios y colocacion de toldos, asimismo, en los articulos 7° y 8° de la citada Ordenanza se exonera del 100% de la multa administrativa derivada de la notificacion por la infraccion por carecer de licencia de funcionamiento municipal y del derecho de pago por levantamiento de clausura; Que, el articulo 12° de la acotada Ordenanza, faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias para la correcta aplicacion del referido dispositivo normativo, asi como para disponer la prorroga correspondiente, de ser necesario; Que, se ha verificado que existen requerimientos y solicitudes realizadas por diversos representantes de Asociaciones de Comerciantes, Micro y Pequenos Empresarios del Callao, quienes desean acogerse a los beneficios otorgados mediante la Ordenanza Municipal Nº 015-2013, por lo que resulta conveniente prorrogar su vigencia hasta el 30 de setiembre del 2013; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al MORDAZA por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo 1.- Ampliar, la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 015-2013, que aprueba la exoneracion del

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