NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (20/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 56
El Peruano Viernes 20 de setiembre de 2013 503290 Que, de la revisión de los actuados se advierte que se ha cumplido con sustentar el interés de la Municipalidad de Magdalena del Mar, y se ha indicado expresamente el motivo del viaje, así como el número de días de duración. El monto de los viáticos ha sido calculado conforme a la tarifa establecida en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM modifi cado por el Decreto Supremo 056-2013- PCM, conforme al Informe Nº 958-2013-SGL-GAF/MDMM; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM – normas reglamentarias sobre autorización de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que: “(…) la autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac (…)”; asimismo, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad; Que, los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que las autorizaciones de viaje al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad; asimismo, deberán de publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Asimismo, la Ley Nº 29951, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2013, en el literal c) del artículo 10 establece que: “Se prohíben los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo los casos, que se autorizan mediante resolución del titular de la entidad: c) Los titulares de los organismos constitucionalmente autónomos, los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley 28212, Ley que Regula los Ingresos de los Altos Funcionarios Autoridades del Estado y Dicta Otras Medidas, y modifi catoria; con excepción de los Ministros de Estado cuyas autorizaciones se aprueban mediante resolución suprema, y de los presidentes regionales, consejeros regionales, alcaldes y regidores cuyas autorizaciones se aprueban mediante acuerdo del Concejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda”. En todos los casos, la resolución o acuerdo de excepción es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Cabe señalar que, Gerencia de Administración y Finanzas debe verifi car que estos no hayan sido cubiertos por el ente organizador del evento internacional. Que, el inciso 11) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”, por lo que la autorización de viaje deberá ser aprobado por el Concejo Municipal; Que, con la fi nalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo precedente, resulta conveniente aprobar la autorización de viaje a la señora Regidora Patricia Angélica Travizany Ángel y a la señorita regidora Jackelin Grace Rocío Pareja para que asistan a participar en la II Cumbre Iberoamericana de Agendas Locales de Género: Repensando las Ciudades desde los Derechos de las Mujeres que se llevará a cabo del 23 al 27 de Setiembre de 2013 en Aguascalientes, México en representación de la Municipalidad de Magdalena del Mar; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 11) del artículo 9º y artículo 41º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Concejo Municipal adoptó por UNANIMIDAD, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el siguiente: ACUERDO: Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje de la señora Regidora PATRICIA ANGÉLICA TRAVIZANY ÁNGEL y de la señorita Regidora JACKELIN GRACE ROCÍO PAREJA, a fi n que participen en la II Cumbre Iberoamericana de Agendas Locales de Género: Repensando las Ciudades desde los Derechos de las Mujeres que se llevará a cabo del 23 al 27 de Setiembre de 2013 en Aguascalientes, México. Artículo 2º.- Los gastos que demanden el cumplimiento del presente acuerdo, se efectúan con cargo al presupuesto institucional de acuerdo al detalle señalado en el Informe Nº 958-2013-SGL-GAF-MDMM de la Sub Gerencia de Logística y el memorando Nº 435- 2013-GPP/MDMM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de esta Municipalidad. Artículo 3º.- ESTABLECER que dentro de los quince días calendarios posteriores al retorno del viaje, la señora Regidora PATRICIA ANGÉLICA TRAVIZANY ÁNGEL y la señorita Regidora JACKELIN GRACE ROCÍO PAREJA, deberán presentar a la Municipalidad Distrital del Magdalena del Mar un informe detallado sobre las acciones realizadas y los gastos efectuados, así como la rendición de cuentas conforme a Ley. Artículo 4º.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a la Sub Gerencia de Logística las acciones pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente acuerdo. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 990650-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Modifican el TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-2013-ALC/MSI San Isidro, 16 de Setiembre de 2013 EL ALCALDE DE SAN ISIDRO VISTO: El Informe Nº 355-2013-0500-GPPDC/MSI de fecha 21 de agosto de 2013. CONSIDERANDO: Que, conforme lo establecen los artículos 191 y 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Concejo Municipal aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San Isidro mediante Ordenanza N° 321-MSI (17 de diciembre de 2010) que integra y actualiza el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobados con las Ordenanzas Nº 277-MSI y Nº 307-MSI ratifi cadas con los Acuerdos de Concejo Nºs 426-MML y 342- MML publicadas el 22 de noviembre y 23 de setiembre respectivamente; Que, mediante Decretos de Alcaldía N° 011-2011- ALC/MSI, 011-ALC/MSI, 014-ALC/MSI y 002-ALC/MSI se realizaron modifi caciones al Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA aprobado mediante Ordenanza N° 321-MSI; Que, mediante Ley N° 29090, se aprobó la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones de fecha 28 de setiembre de 2008, que tiene el objeto de establecer la regulación jurídica de los procedimientos administrativos para la obtención de las licencias de habilitación urbana y de edifi cación; seguimiento, supervisión y fi scalización en la ejecución de los respectivos proyectos, en un marco que garantice la seguridad privada y pública; Que, mediante Ley N° 30056, Ley que modifi ca diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial de fecha 02 de julio de 2013, se disponen modifi caciones a la Ley 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones;