NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (20/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 42
El Peruano Viernes 20 de setiembre de 2013 503276 - Prevención y minimización.- Preservar la salud de las personas y el ambiente, priorizando medidas que tiendan a reducir la generación de residuos sólidos; así como, eliminar o minimizar su peligrosidad, tanto en la producción, en el consumo, tratamiento y su disposición fi nal. - Producción limpia.- Práctica que promueve el cambio en la producción de bienes y materia prima, a través del no uso de sustancias peligrosas, como estrategia preventiva e integrada que eleva su efi ciencia, previene y reduce los riesgos para los seres humanos y el ambiente. - Responsabilidad social.- Integración voluntaria de los agentes productivos, los operadores y la propia ciudadanía al desarrollo de políticas, prácticas, mecanismos y comportamientos que fomenten patrones de producción y consumo responsables, generando capacidades para escuchar a los interesados, atender sus demandas e incorporarlas en sus procesos, promoviendo el desarrollo sostenible y la apropiada gestión y manejo de los residuos sólidos. - Equidad en la calidad y cobertura de los servicios de limpieza en el área metropolitana.-La gestión metropolitana de residuos sólidos fomenta, a través de mecanismos financieros cruzados el financiamiento de los servicios, promoviendo la adecuada calidad de los servicios de almacenamiento, barrido, recolección, transporte, transferencia, tratamiento y disposición final de residuos sólidos, en beneficio de la población. - Integralidad de la gestión de los residuos.- La adecuada gestión de los residuos sólidos requiere la implementación de líneas de acción en el marco de un sistema administrado con el siguiente orden de priorización: la minimización, la reutilización, el reciclaje, la revaloración de los residuos, la generación de energía proveniente del biogás, la producción de abonos, la obtención de bonos de carbono, la disposición fi nal sin riesgos ambientales y la ampliación de la vida útil de las infraestructuras de disposición fi nal. - Valorización social de los residuos.- La cadena de reciclaje de los residuos sólidos se constituye en fuente de trabajo socialmente valorable, proceso que debe ser ejecutado en condiciones técnicas, saludables y ambientalmente seguras. - Sostenibilidad. Consiste en desarrollar mecanismos que favorezcan que la cadena de gestión de los residuos tienda hacia su equilibrio social, ambiental y económico, en base a la aplicación de proyectos Mecanismos de Desarrollo Limpio (MDL) u otras tecnologías de aprovechamiento de los residuos sólidos; promoviendo el modelo de asociación público – privado la inversión privada para su fi nanciamiento. - Salud ocupacional. En la gestión y manejo de los residuos deberán estar considerados las actividades para prevenir la ocurrencia de incidentes, accidentes, y enfermedades ocupacionales promoviendo una cultura de prevención de riesgos laborales. - Participación ciudadana. Mecanismos que permiten una mayor relación entre las autoridades, operadores y los ciudadanos, en un proceso de planifi cación, concertación, negociación y vigilancia de la gestión de los residuos sólidos. Artículo 5º.- Políticas La gestión y manejo de los residuos sólidos se rige bajo los Lineamientos de Política dispuestos en la Ley Nº 27314 – Ley General de Residuos Sólidos, su reglamento y el Decreto Legislativo 1065 – Modifi catoria de La Ley de Residuos Sólidos y en la Política Nacional del Ambiente y la Política Ambiental Metropolitana. TÍTULO II ORGANIZACIÓN Y ROLES CAPÍTULO I FUNCIONES Y RESPONSABILIDAD Artículo 6º.- De la gestión y manejo de los residuos sólidos La Gestión Metropolitana de Residuos Sólidos tiene por fi nalidad instituir un sistema de gestión y manejo de los residuos sólidos, que sea ambiental, social y fi nancieramente sostenible, para contribuir en la mejora de la salud pública, la calidad de vida de los ciudadanos y en el mantenimiento de un ambiente sano y equilibrado. Artículo 7º.- Competencia La Municipalidad Metropolitana de Lima, acorde con lo establecido en la Constitución Política del Perú, goza de un régimen especial, por lo que posee competencias y funciones regionales y municipales específi cas, siendo competente para regular, autorizar, fi scalizar, supervisar y sancionar la gestión de los residuos sólidos en la jurisdicción de la provincia de Lima, en armonía con lo dispuesto en la Ley Nº 27314 – Ley General de Residuos Sólidos, su reglamento y el Decreto Legislativo N° 1065 – Modifi catoria de la Ley General de Residuos Sólidos. Artículo 8º.- Actores de la gestión Los actores involucrados en la gestión y manejo de los residuos sólidos, son: 1. La Municipalidad Metropolitana de Lima, a través de la Gerencia de Servicios a la Ciudad, como ente rector del Sistema Metropolitano de Gestión Ambiental. 2. Las Municipalidades Distritales y Municipalidades de Centros Poblados que integran la provincia de Lima. 3. Los Generadores de Residuos Sólidos de ámbito municipal. 4. Los Operadores de Residuos Sólidos de ámbito municipal y no municipal, según corresponda. 5. Las entidades públicas que por su rol rector, promotor y normativo tienen competencias en la gestión de los residuos. Artículo 9º.- Órganos Competentes de la Municipalidad Metropolitana de Lima En la presente ordenanza para efectos de la planifi cación, gestión y/o manejo de los residuos sólidos, según sus competencias, participan los siguientes: - Gerencia de Servicios a la Ciudad. - Gerencia de Desarrollo Urbano. - Gerencia de Transporte Urbano. - Gerencia de Fiscalización y Control. Artículo 10º.- Rol de la Municipalidad Metropolitana de Lima La Municipalidad Metropolitana de Lima, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley Nº 27314 – Ley General de Residuos Sólidos, su Reglamento y el Decreto Legislativo N° 1065 – Modifi catoria de la Ley General de Residuos Sólidos, es responsable por la gestión y manejo de los residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares a éstos en su jurisdicción. Tiene las siguientes funciones y competencias: a) Planifi car la gestión integral de los residuos sólidos en el ámbito de su jurisdicción, compatibilizando los Planes Distritales de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos (PDGARS) de sus distritos y centros poblados con las políticas, planes de la Provincia de Lima y con sus respectivos Planes Urbanos, considerando metas para el corto, mediano y largo plazo, elaborando un reporte anual de cumplimiento o implementación del sistema de gestión de residuos sólidos en el ámbito de su jurisdicción. b) Regular y fi scalizar el manejo y la prestación de los servicios de residuos sólidos de su jurisdicción. c) Emitir opinión fundamentada sobre los proyectos de ordenanza de los distritos referidos al manejo de residuos sólidos, incluyendo la cobranza de los arbitrios correspondientes. d) Aprobar los proyectos de infraestructura de residuos sólidos que se desarrollen en su jurisdicción. e) Autorizar el funcionamiento de la infraestructura de residuos sólidos que se desarrollen en su jurisdicción conforme a las normas vigentes. f) Asegurar la adecuada prestación del servicio de manejo de residuos sólidos, de manera directa y/o a través de Empresas Prestadoras de Servicios de Residuos Sólidos (EPS-RS) en El Cercado, respecto de la limpieza en vías, espacios y monumentos públicos, el almacenamiento en la vía pública, la recolección, transporte y disposición fi nal de residuos sólidos domésticos, comerciales y similares bajo su competencia y/o administración.