Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2013 (20/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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Los generadores de residuos solidos municipales de volumenes mayores a 150 litros/dia, estaran obligados a efectuar pagos adicionales, por la prestacion de los servicios de limpieza publica, segun disposicion que establezca cada municipalidad. Ademas, deberan realizar acciones de manejo y minimizacion de sus residuos, de acuerdo a las pautas que se establezcan en el reglamento de la presente Ordenanza. Los generadores de residuos con caracteristicas de peligrosidad provenientes de comercios, servicios y otros que no se encuentren dentro de la competencia del sector correspondiente, deberan manejarlos de acuerdo a las pautas que se estableceran en el reglamento de la presente Ordenanza. Articulo 14º.- Obligaciones de los operadores Los operadores son personas juridicas de derecho publico o privado que, para prestar sus servicios o comercializar residuos, deben constituirse en Empresa Prestadoras de Servicios de Residuos Solidos (EPS-RS) y/o en Empresa Comercializadora de Residuos Solidos (EC-RS), conforme a ley. Sus obligaciones son: a) Contar con el registro de EPS-RS o EC-RS, emitido por DIGESA, segun corresponda. b) Gestionar su autorizacion de funcionamiento ante la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y las municipalidades distritales, segun correspondan. c) Manejar los residuos solidos de acuerdo con lo dispuesto en la ley, su reglamento y la presente Ordenanza. d) Proporcionar la informacion que las autoridades municipales les requiera en el ejercicio de su funcion fiscalizadora. e) Asegurar la calidad de los servicios que prestan. f) Contar con un Plan Operativo actualizado que describa el manejo especifico de los residuos solidos, segun su MORDAZA y caracteristicas. g) Contar con las instalaciones necesarias para el desarrollo de sus actividades y/o servicios. h) Dotar al personal operativo las condiciones de seguridad para el desempeno de sus labores; asi como los equipos e indumentaria de proteccion de acuerdo al residuo que manejan. Las municipalidades que de manera directa brinden los servicios de limpieza publica estan sujetas a las obligaciones que preven los literales c), d), e) y f) del presente articulo. CAPITULO II PLANES MUNICIPALES DE RESIDUOS SOLIDOS MUNICIPALES Articulo 15º.- Objeto de los Planes Municipales de Residuos Solidos Los Planes Municipales de Residuos Solidos tienen por objeto establecer las condiciones para una adecuada gestion y manejo de los residuos solidos, asegurando una eficiente prestacion de los servicios y actividades en todo el ambito de su competencia, desde la reduccion en la generacion hasta su disposicion final. Articulo 16º.- Tipos de planes Existen dos tipos de Planes: a) El Plan Integral de Gestion Ambiental de Residuos Solidos (PIGARS). b) El Plan Distrital de Gestion Ambiental de Residuos Solidos (PDGARS). Articulo 17º.- Plan Integral de Gestion Ambiental de Residuos Solidos ­ PIGARS El Plan Integral de Gestion Ambiental de Residuos Solidos ­ PIGARS, es un instrumento de planificacion elaborado por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a partir de los ejes de actuacion priorizados en la Politica Nacional del Ambiente y Politica Ambiental Metropolitana. Contienen un conjunto de medidas operativas que sirven para implementar los lineamientos establecidos en dichas politicas, fijando responsabilidades, tareas, actividades, programas y proyectos concretos, para atender los

El Peruano Viernes 20 de setiembre de 2013

problemas ambientales existentes en la jurisdiccion de la provincia de MORDAZA, en materia de residuos solidos. El PIGARS es un instrumento de ejecucion, que debera ser revisado y actualizado obligatoriamente. Este plan debe ser elaborado en forma participativa y concertada, entre la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, municipalidades distritales, municipalidades de centros poblados, actores sociales locales e instituciones publicas y privadas. Articulo 18º.- Plan Distrital de Gestion Ambiental de Residuos Solidos ­ PDGARS Son instrumentos de planificacion de ambito distrital, realizados concertadamente con las diversas instituciones publicas y privadas de la jurisdiccion. Las municipalidades distritales de la provincia de MORDAZA, podran formular sus Planes Distritales de Gestion Ambiental de Residuos Solidos, de acuerdo a los lineamientos establecidos en la Politica Nacional del Ambiente y la Politica Ambiental Metropolitana. El Plan Distrital de Gestion Ambiental de Residuos Solidos (PDGARS) constituye insumo para la formulacion del PIGARS. El PDGARS es un instrumento de ejecucion, que debera ser revisado y actualizado obligatoriamente. Las municipalidades de los Centros Poblados desarrollaran su Plan de Gestion Ambiental de Residuos Solidos de manera similar a los PDGARS. TITULO III MANEJO DE LOS RESIDUOS SOLIDOS MUNICIPALES CAPITULO I AMBITO DEL MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS MUNICIPALES Articulo 19º.- Residuos solidos de ambito de gestion municipal Los residuos solidos de ambito municipal son aquellos residuos de origen domiciliario, comercial o de las actividades que generen residuos similares a estos. Articulo 20º.- Manejo de residuos solidos del ambito de gestion municipal El manejo de los residuos solidos del ambito de gestion municipal, esta cargo de la Municipalidad en donde se generan desde el momento que son entregados al operador o dispuestos en los lugares establecidos para su almacenamiento y disposicion final. Involucra toda actividad tecnica operativa que se desarrollen en las etapas de generacion, segregacion, manipuleo y acondicionamiento, recoleccion, transporte, transferencia y tratamiento hasta la disposicion final o, cualquier otro procedimiento tecnico utilizado desde la reduccion en la generacion hasta la disposicion final. Las acciones, servicios o cualquier otro procedimiento tecnico operativo empleado en las diferentes etapas del manejo de residuos solidos, debera sujetarse a un programa debidamente formulado en el MORDAZA del PIGARS y del PDGARS. Dicho programa debe adaptarse a las condiciones y necesidades de cada jurisdiccion distrital y cumplir con los objetivos de valoracion, eficiencia sanitaria, ambiental, economica y social. El manejo de residuos solidos puede ser realizado directamente por las municipalidades o por las Empresas Prestadoras de Servicios de Residuos Solidos (EPS-RS). Articulo 21º.- Objetos y materiales en desuso Los bienes como: vehiculos, equipos, kioscos, entre otros, seran considerados en situacion de desuso o abandono por las Municipalidades, cuando permanezcan inmovilizados en las vias y espacios publicos por un plazo de 15 dias habiles, luego de su identificacion. Las municipalidades distritales, de acuerdo a sus necesidades, podran establecer plazos menores para declarar a dichos objetos en desuso o abandono. El procedimiento para la declaratoria de desuso o abandono, asi como las condiciones y responsabilidades del titular para su recoleccion, transporte, disposicion final o remate en subasta publica, seran establecidos en el reglamento de la presente Ordenanza.

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