Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2013 (20/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Viernes 20 de setiembre de 2013

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ORDENANZA QUE ESTABLECE LINEAMIENTOS PARA LAS CONDECORACIONES DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA Articulo Primero.- Finalidad La presente Ordenanza tiene la finalidad de establecer lineamientos para el otorgamiento de las condecoraciones de la Ilustre Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, establecer las caracteristicas generales de las referidas condecoraciones, asi como las reglas protocolares para su entrega. Articulo Segundo.- Competencia La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA como Gobierno de la MORDAZA Capital de la Republica, representada por el MORDAZA o Alcaldesa de MORDAZA tiene la facultad de definir y otorgar condecoraciones en nombre de la MORDAZA a las personalidades nacionales y extranjeras que visiten o residan en la MORDAZA, en el MORDAZA de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Fechas Conmemorativas La entrega de las condecoraciones de la Ilustre Municipalidad Metropolitana de MORDAZA se realizara, preferentemente, en las siguientes fechas conmemorativas: 1. Dieciocho (18) de enero, dia de la fundacion espanola de Lima. 2. Ocho (08) de marzo, dia internacional de la mujer. 3. Primero 01 de MORDAZA, dia del trabajo. 4. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, dia de la madre. 5. Seis (06) de MORDAZA, dia del maestro. 6. Veintiocho (28) y veintinueve (29) de MORDAZA, MORDAZA Patrias. 7. Veintiuno (21) de septiembre, dia internacional de la paz. 8. Cinco (05) de noviembre, dia del trabajador municipal. Articulo Cuarto.- Las Condecoraciones de la Ilustre Municipalidad Metropolitana de Lima: 1. La "Medalla de la MORDAZA de Lima" 2. La "Medalla de Lima" 3. La "Medalla Civica de la Ciudad" 4. La "Medalla del Maestro" 5. La "Medalla de la Cultura y las Artes" 6. La "Orden al Merito Municipal" 7. El "Premio MORDAZA Warmi" 8. La "Llave de la Ciudad" 9. El "Escudo de la Ciudad" Articulo Quinto.- La Medalla de la MORDAZA de MORDAZA La "Medalla de la MORDAZA de Lima", es la MORDAZA condecoracion que otorga la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y se otorga unicamente a Jefes de Estado o de Gobierno, Presidente de Poderes Publicos, Alcaldes Titulares de la MORDAZA o autoridades de organismos internacionales. Articulo Sexto.- La Medalla de MORDAZA La "Medalla de Lima" se otorga a personas naturales o juridicas por su trayectoria personal o institucional meritoria y extraordinaria al servicio de la MORDAZA, debidamente calificada, conforme a lo establecido en la presente Ordenanza. La ceremonia de entrega de la "Medalla de Lima" se realizara en una sesion solemne del Concejo Metropolitano de MORDAZA y se acompanara con un diploma especial. La "Medalla de Lima", excepcionalmente, puede otorgarse postumamente. Articulo Setimo.- La "Medalla Civica de la Ciudad" La "Medalla Civica de la Ciudad" se otorga a personas e instituciones por meritos extraordinarios brindados a favor de la MORDAZA y por contribucion civica a la comunidad, debidamente calificados, conforme a lo establecido en la presente Ordenanza. La ceremonia de entrega de la "Medalla Civica de la ciudad" se realizara en una sesion solemne del Concejo Metropolitano de MORDAZA y se acompanara con un diploma especial.

el Art. 16 del Decreto Legislativo Nº 1065. Los detalles complementarios de su gestion y manejo se regiran por las normas que emita el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y de lo que se establezca en la normativa municipal especifica que debera elaborarse para tal fin. Tercera.- Los vehiculos de transporte de residuos solidos que tengan contenedores intercambiables, podran ser destinados para el transporte de diferentes tipos de residuos, siempre y cuando los contenedores esten debidamente identificados, segun MORDAZA de residuos. Dichos vehiculos deberan estar registrados y autorizados por la Gerencia de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Cuarta.- Como excepcion y por unica vez, para el caso de las infraestructuras de operacion inicial e intermedia de los residuos solidos existentes y que no cuenten con autorizacion de funcionamiento a la promulgacion de la presente ordenanza, tendran un plazo MORDAZA de 02 anos para su adecuacion a la presente ordenanza contados desde la emision de su reglamentacion, para lo cual deberan desarrollar su correspondiente Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental (PAMA), el mismo que debera ser aprobada previamente por la Direccion General de Salud Ambiental. El procedimiento para acogerse a dicha adecuacion se establecera en el Reglamento de la presente Ordenanza. Quinta.- En tanto no se implemente infraestructuras especificas para la disposicion final de residuos provenientes de la actividad de la construccion, deberan disponerse en los rellenos sanitarios autorizados, previo manejo selectivo, sanitario y ambientalmente adecuado. Sexta.- La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA desarrollara la Ordenanza especifica para el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley que Regula la Actividad de los Recicladores. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza sera publicada en el diario Oficial El Peruano, y sus Anexos seran publicados en el MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (www.munlima.gob.pe) y en el caso del T.U.P.A. en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresa ­ PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe). Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion de su Reglamento, quedando derogada, a partir de ese momento, la Ordenanza N° 295 ­ Sistema Metropolitano de Gestion de Residuos Solidos y su Reglamento aprobado por Decreto de Alcaldia N° 147. POR TANTO Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA, 10 de setiembre de 2013 MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Alcaldesa 989929-2

Establecen lineamientos para el otorgamiento de condecoraciones de la Ilustre Municipalidad Metropolitana de MORDAZA
ORDENANZA N° 1732 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion Ordinaria de concejo de fecha 10 de setiembre del 2013 los Dictamenes Nos. 89-2013MML-CMAL y 07-2013-MML-CMEC de las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Legales y de Educacion y Cultura; Ha dado la siguiente:

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