Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2013 (26/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Jueves 26 de setiembre de 2013

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1.7 En consecuencia, corresponde otorgar reserva de recursos hidricos para el proyecto "Construccion de Sistema de Irrigacion Chota". Estando a lo opinado por la Direccion de Conservacion de Recursos Hidricos con los vistos de Secretaria General y de la Oficina de Asesoria Juridica, y de conformidad a lo establecido en el articulo 103° de la Ley de Recursos Hidricos y el articulo 206° de su Reglamento. SE RESUELVE: Articulo 1º.- De la reserva de recursos hidricos Otorgar, a favor del Gobierno Regional de MORDAZA, reserva de recursos hidricos, por el plazo de dos (02) anos, para el proyecto "Construccion de Sistema de Irrigacion Chota", por un volumen medio anual de 7.66 hm3 de las aguas de trasvase del Tunel Conchano, para atender la demanda hidrica de 1707 ha, de acuerdo al siguiente detalle: Jul 1.00 Ago 0.60 Sep 0.51 Oct 0.10 Nov 0.07 Dic 0.74 Total 7.66

del recurso hidrico del proyecto "Construccion de Sistema de Irrigacion Chota", para atender la demanda hidrica de 1707 ha del proyecto, sera de 7.66 hm3, el cual no incluye el caudal ecologico. 1.5 Asimismo el citado informe concluye es procedente otorgar la reserva de recursos hidricos para el proyecto "Construccion del Sistema de Irrigacion Chota", por un volumen medio anual de 7.66 hm3 de las aguas de trasvase del tunel Conchano, para atender la demanda hidrica de 1707 ha. 1.6 La solicitud de la reserva de agua para el proyecto "Construccion del Sistema de Irrigacion Chota", cuenta con el informe favorable (Informe Nº 007-2012GR.CAJ/DRA) emitido por la Direccion Regional de Agricultura del Gobierno Regional de MORDAZA, asimismo cuenta con la declaratoria de interes publico regional para su ejecucion segun es de verse de la MORDAZA fedateada del acta de Acuerdo Regional N° 099-2012GR.CAJ-CR. Ene 1.55 Feb 0.92 Mar 0.44 Abr 0.05 May 0.73 Jun 0.95

Articulo 2°.- De la supervision de la reserva de recursos hidricos La Autoridad Administrativa del Agua Maranon es responsable de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, debiendo informar periodicamente a la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos.

Registrese, comuniquese y publiquese; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua 993093-10

Modifican la R.J. Nº 197-2013ANA, mediante la cual se establecen criterios especiales para establecer la composicion y ejercicio rotativo de la presidencia en los Consejos de Recursos Hidricos de MORDAZA Interregionales
RESOLUCION JEFATURAL Nº 424-2013-ANA MORDAZA, 25 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme establece el numeral 3) del articulo 15° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hidricos, la Autoridad Nacional del Agua tiene como funcion dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestion integral y sostenible de los recursos hidricos; Que, segun el numeral 26.7 del articulo 26° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG y modificado por Decreto Supremo N° 005-2013-AG, la Autoridad Nacional del Agua regula mediante Resolucion Jefatural, los criterios y condiciones especiales para la conformacion y el ejercicio rotativo en la presidencia de los Consejos de Recursos Hidricos de MORDAZA lnterregionales; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 197-2013ANA, se establecieron los criterios especiales para la composicion y ejercicio rotativo de la presidencia de los Consejos de Recursos Hidricos de MORDAZA Interregionales; Que, segun el Informe Tecnico Nº 011-2013-ANADCPRH-GRH-OCA/GSB de la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos, resulta necesario modificar la resolucion mencionada en el considerando precedente; y, En uso de las funciones y atribuciones conferidas a este Despacho en el articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG y en aplicacion del Reglamento de la Ley de Recursos

Hidricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010AG y modificado por Decreto Supremo Nº 005-2013-AG. SE RESUELVE Articulo 1º.- Modificacion del articulo 2º de la Resolucion Jefatural Nº 197-2013-ANA Modificar el texto del articulo 2º de la Resolucion Jefatural Nº 197-2013-ANA, por el siguiente: "Articulo 2º.- Criterios especiales para establecer la composicion y ejercicio rotativo de la presidencia en los Consejos de Recursos Hidricos de MORDAZA Interregionales 2.1 Criterios especiales Los criterios especiales, son los siguientes: a. Extension territorial de los gobiernos regionales en el ambito del Consejo de Recursos Hidricos de MORDAZA Interregional; b. Las disponibilidades hidricas del territorio del Gobierno Regional comprendido en el ambito del Consejo; y, c. Las instituciones u organizaciones presentes en el ambito del Consejo. 2.2 Aplicacion de los criterios especiales a. Gobiernos regionales con un solo representante ante el Consejo de Recursos Hidricos de MORDAZA Interregional En la conformacion del Consejo de Recursos Hidricos Interregional solo se considerara la participacion de un representante del gobierno regional cuando este comprendido dentro de los siguientes supuestos: a.1 La extension territorial del gobierno regional comprendida en el ambito del Consejo de Recursos Hidricos sea igual o menor al quince por ciento (15%) del total del ambito del Consejo. a.2 Las disponibilidades hidricas del territorio del Gobierno Regional comprendido en el ambito del Consejo sea igual o menor al cinco por ciento (5%) de la oferta hidrica superficial del ambito del Consejo.

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