NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (26/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 19
El Peruano Jueves 26 de setiembre de 2013 503637 Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, las empresas Lan Perú S.A. y LC Busre S.A.C., han presentado ante la autoridad aeronáutica civil, sus solicitudes para evaluación de su personal aeronáutico, a ser atendidas durante el mes de octubre de 2013, acompañando los requisitos establecidos en el marco del Procedimiento Nº 05, correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, las empresas Lan Perú S.A. y LC Busre S.A.C., han cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos de los viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por las empresas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, dichas solicitudes han sido califi cadas y aprobadas por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas Órdenes de Inspección y referidas en los Informes Nº 362- 2013-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y Nº 327-2013-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica, de la citada Dirección General; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29951, Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar los viajes de los siguientes inspectores, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 362-2013- MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y Nº 327-2013-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica: - Mercedes Delpino Aspiazu, del 02 al 03 de octubre de 2013, a la ciudad de Ezeiza, Buenos Aires, República Argentina - Javier José Félix Alemán Urteaga, del 02 al 08 de octubre de 2013 a la ciudad de Madrid, Reino de España Artículo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por las empresas Lan Perú S.A. y LC Busre S.A.C., a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos. Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuados los viajes, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ(DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 02 AL 08 DE OCTUBRE DE 2013 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 327-2013-MTC/12.04 Y Nº 362-2013-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCIÓN Nº INICIO FIN VIÁTICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE RECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs. 2450-2013- MTC/12.04 02-Oct 03-Oct US$ 400.00 LAN PERU S.A. Delpino Aspiazu, Mercedes Ezeiza, Buenos Aires Argentina Chequeo técnico en vuelo en la ruta Lima – Ezeiza, Buenos Aires – Lima, en el equipo Boeing 767 a su personal aeronáutico. 16289-16290- 16519 2493-2013- MTC/12.04 02-Oct 08-Oct US$ 1,560.00 L.C.Busre S.A.C. Alemán Urteaga, Javier José Félix Madrid España Chequeo técnico de profi ciencia en simulador de vuelo del equipo DASH-8, a su personal aeronáutico 12452-13027- 13245-13246- 13247-15105 992293-1 Resuelven el Contrato de Concesión Única suscrito con TELEVISIÓN POR CABLE TABALOSOS E.I.R.L., para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, aprobado por R.M. Nº 189- 2008-MTC/03 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 593-2013-MTC/03 Lima, 23 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 189-2008- MTC/03 de fecha 21 de febrero de 2008, se otorgó concesión única a la empresa TELEVISIÓN POR CABLE TABALOSOS E.I.R.L., para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como primer servicio a prestar, el servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico; suscribiéndose el respectivo contrato de concesión el 08 de mayo de 2008; Que, por Resolución Directoral N° 211-2008-MTC/27 de fecha 08 de mayo de 2008, se inscribió en el Registro