Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2013 (26/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Jueves 26 de setiembre de 2013

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SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar los viajes de los siguientes inspectores, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes Nº 362-2013MTC/12.04 de la Direccion General de Aeronautica Civil, y Nº 327-2013-MTC/12.04 de la Direccion de Seguridad Aeronautica: - MORDAZA Delpino Aspiazu, del 02 al 03 de octubre de 2013, a la MORDAZA de Ezeiza, Buenos Aires, Republica MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Urteaga, del 02 al 08 de octubre de 2013 a la MORDAZA de MORDAZA, Reino de Espana Articulo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido integramente cubiertos por las empresas Lan Peru S.A. y LC Busre S.A.C., a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignacion por concepto de viaticos. Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuados los viajes, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, las empresas Lan Peru S.A. y LC Busre S.A.C., han presentado ante la autoridad aeronautica civil, sus solicitudes para evaluacion de su personal aeronautico, a ser atendidas durante el mes de octubre de 2013, acompanando los requisitos establecidos en el MORDAZA del Procedimiento Nº 05, correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, las empresas Lan Peru S.A. y LC Busre S.A.C., han cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos de los viajes de inspeccion, estan integramente cubiertos por las empresas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de los viaticos; Que, dichas solicitudes han sido calificadas y aprobadas por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo senalado por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, segun se desprende de las respectivas Ordenes de Inspeccion y referidas en los Informes Nº 3622013-MTC/12.04 de la Direccion General de Aeronautica Civil, y Nº 327-2013-MTC/12.04 de la Direccion de Seguridad Aeronautica, de la citada Direccion General; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29951, Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil;

DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU(DGAC) Codigo: F-DSA-P&C-002 Revision: Original Cuadro Resumen de Viajes RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 02 AL 08 DE OCTUBRE DE 2013 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 327-2013-MTC/12.04 Y Nº 362-2013-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCION Nº 2450-2013MTC/12.04 INICIO FIN VIATICOS SOLICITANTE (US$) LAN PERU S.A. INSPECTOR Delpino Aspiazu, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DETALLE RECIBOS DE ACOTACION Nºs. 16289-1629016519 12452-1302713245-1324613247-15105 Fecha: 30.08.10

02-Oct 03-Oct US$ 400.00

2493-2013MTC/12.04

02-Oct 08-Oct

US$ 1,560.00

L.C.Busre S.A.C.

Chequeo tecnico en vuelo en la ruta MORDAZA ­ Ezeiza, Buenos Ezeiza, Aires ­ MORDAZA, en el equipo Buenos Aires MORDAZA Boeing 767 a su personal aeronautico. Chequeo tecnico de proficiencia MORDAZA en simulador vuelo del Urteaga, MORDAZA MORDAZA Espana equipo DASH-8,de su personal a MORDAZA MORDAZA aeronautico

992293-1

Resuelven el Contrato de Concesion Unica suscrito con TELEVISION POR CABLE TABALOSOS E.I.R.L., para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico, aprobado por R.M. Nº 1892008-MTC/03
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 593-2013-MTC/03 MORDAZA, 23 de setiembre de 2013

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 189-2008MTC/03 de fecha 21 de febrero de 2008, se otorgo concesion unica a la empresa TELEVISION POR CABLE TABALOSOS E.I.R.L., para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru, estableciendose como primer servicio a prestar, el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, en la modalidad de cable alambrico u optico; suscribiendose el respectivo contrato de concesion el 08 de MORDAZA de 2008; Que, por Resolucion Directoral N° 211-2008-MTC/27 de fecha 08 de MORDAZA de 2008, se inscribio en el Registro

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