Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2014 (10/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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dirigir, evaluar y controlar los programas en materia de poblacion a nivel regional, en concordancia con la politica y plan nacional de poblacion, en coordinacion con los Gobierno Locales; y en relacion con el articulo 60º inciso a, que prescribe como funcion en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades el formular, aprobar y evaluar las politicas en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades de su competencia, en concordancia con la politica general del gobierno nacional, los planes sectoriales (...); Que, el Plan Nacional de Poblacion 2010-2014, y la Agenda Social Regional 2011-2015, contemplan estrategias y lineas de accion, teniendo en cuenta el caracter transversal y multisectorial de la politica nacional de poblacion, plantean estrategias integrales que requieren articularse y coordinarse con las diferentes politicas publicas, para permitir la incorporacion de la dimension poblacional en la planificacion y gestion del desarrollo nacional, regional y local. Su implementacion requiere de un importante esfuerzo de coordinacion entre el gobierno nacional, regional y local, y la sociedad civil organizada; y, tienen por finalidad incorporar retos y oportunidades del cambio demografico para superar la pobreza y eliminar inequidades, contribuir a analizar e incorporar a los planes y programas de desarrollo social y economico del MORDAZA, los retos y oportunidades surgidos de los cambios demograficos a nivel nacional y regional. Asi mismo, avanzara en la configuracion de escenarios demograficos para el desarrollo descentralizado del MORDAZA en el mediano y largo plazo; Que, el Programa Regional de Poblacion: Ucayali 2013-2018, es un instrumento de gestion que plasma la integracion explicita del contexto situacional y las tendencias demograficas en las diversas iniciativas regionales en favor de un MORDAZA de desarrollo e inclusion social, impulsa un crecimiento economico sostenido, propicia efectivamente la equidad social y la sustentabilidad ambiental, el mismo que muestra aspectos fundamentales en materia de poblacion y desarrollo, para su formulacion se ha tomado como base la politica nacional de poblacion, la guia metodologica para la formulacion del Programa de Poblacion en el ambito regional proporcionado por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; Que, mediante Dictamen evacuado por las Comision de Desarrollo Social del Consejo Regional Nº 004-2013 del presente ano, se emite opinion favorable para la aprobacion del Proyecto de Ordenanza Regional que crea el Programa Regional de Poblacion: Ucayali 2013-2017; Por las consideraciones expuestas, de conformidad con lo establecido en los Arts. 36º, 37º literal a) y 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales-Ley Nº 27867, modificado por las Leyes Nº 27902, 28968, 29053, y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesion Ordinaria de fecha 13 de noviembre del 2013, el Consejo Regional de Ucayali con el MORDAZA por mayoria de sus Consejeros aprobo la siguiente Ordenanza Regional; ORDENA: Articulo Primero.- APROBAR, el Programa Regional de Poblacion: Ucayali 2013-2017, el mismo que consta de setentinueve (79) folios y forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional; Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y areas competentes del Gobierno Regional de Ucayali, la implementacion y monitoreo del presente Programa, a fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional; Articulo Tercero.- CONVOCAR a los Gobiernos Locales, segun normativa vigente, para que implementen y articulen sus acciones a fin que la presente Ordenanza Regional sea incluida en sus planes de trabajo y en sus respectivas jurisdicciones territoriales; Articulo Cuarto.- ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional de Ucayali disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza; Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ucayali la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulacion regional y a la oficina de Sistemas su difusion en el MORDAZA Institucional del Gobierno Regional de Ucayali (www.regioucayali.gob. pe); Articulo Sexto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del tramite de lectura y aprobacion del acta".

El Peruano Jueves 10 de MORDAZA de 2014

Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgacion. En Pucallpa a los trece dias del mes de noviembre del ano dos mil trece MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali a los veinticinco dias del mes de noviembre del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

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Aprueban modificacion de la Estructura Organica y las funciones contenidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Ucayali
ORDENANZA REGIONAL Nº 025-2013-GRU-CR.
EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV, Titulo IV sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por la Leyes Nº 27902, Nº 28968, Nº 29053 y demas normas complementarias en Sesion Ordinaria de fecha 4 de diciembre del 2013; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, prescribe que los Gobiernos Regionales, gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, con Ordenanza Regional Nº 021-2010-GRU/CR, de fecha 25 de Diciembre de 2010, se aprueba la modificacion de la Estructura Organica y las funciones del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF, del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, por incorporacion del Sistema Regional de Gestion Ambiental como organo consultivo y de coordinacion; el mismo que consta de nueve (09) Titulos, dieciocho (18) Capitulos, ciento uno (101) Articulos y cinco (05) disposiciones complementarias transitorias y finales. Que, con Ordenanza Regional Nº 001-2013-GRUCR, de fecha 04 de febrero de 2013, se Crea la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali (ARAU) como organo dependiente de la Gerencia General Regional, encargada de consolidar, planificar y ejercer la autoridad en materia ambiental, ordenamiento territorial y manejo sostenible de los recursos naturales renovables dentro del ambito regional. Que, el Consejo Regional de Ucayali, tiene las atribuciones de normar la organizacion interna del Gobierno Regional a traves de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el literal a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el articulo 38º de la misma MORDAZA legal, que establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general en la organizacion y administracion del Gobierno Regional. Que, de conformidad con lo prescrito en el Articulo 35º, inciso c) de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y

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