Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2014 (10/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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el libro de actas, sin haberse abordado el tema de agenda, por lo que "deci[dieron] por unanimidad la continuacion de la [sesion]". Tambien se hace constar que se decidio que la sesion sea presidida por el primer regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y que actue como secretario el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (fojas 249). Esta MORDAZA acta guarda correspondencia con lo registrado en el video que obra a fojas 200 del Expediente N° J-20130644. En el acta de fojas 248 a 253 se hace constar que los cuatro regidores MORDAZA mencionados aprobaron las tres solicitudes de vacancia presentadas por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tramitadas en los Expedientes N° J-2013-0644, N° J-2013-0645 y N° J-2013-0646. Se indica tambien que estos regidores rechazaron la solicitud de desistimiento presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por tratarse la vacancia del MORDAZA previsional de un interes publico y general. A fojas 255 obra la notificacion personal al MORDAZA provisional del "Acta de continuacion de sesion extraordinaria del concejo", de fecha miercoles 14 de agosto de 2013. El recurso de reconsideracion El martes 3 de setiembre de 2013, esto es, al decimotercer dia habil (el viernes 30 de agosto de 2013 fue feriado), el MORDAZA provisional interpuso recurso de reconsideracion en contra del acuerdo de concejo contenido en el documento denominado "Acta de continuacion de sesion extraordinaria del concejo" (fojas 257 y 258). Alego que el acuerdo era nulo porque se realizo luego de que la "sesion ordinaria" (sic) fuera levantada, por lo que no podia ser continuada, y ademas, porque no se le permitio ejercer su derecho de defensa. El pronunciamiento Angasmarca del Concejo Distrital de

El Peruano Jueves 10 de MORDAZA de 2014

1. En su recurso de apelacion, el MORDAZA provisional alega que se ha vulnerado el debido procedimiento y su derecho de defensa porque los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA De La MORDAZA, MORDAZA Banesa MORDAZA De La MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA aprobaron su vacancia en el cargo despues de que el decidiera suspender la sesion extraordinaria del 7 de agosto de 2013, sin permitirle ejercer su derecho de defensa. Por consiguiente, resulta necesario evaluar y determinar si la tramitacion del procedimiento de declaratoria de vacancia se ha realizado con observancia del debido procedimiento, a fin de resolver si corresponde declarar la nulidad de lo actuado, o en su caso, emitir un pronunciamiento sobre el fondo. La convocatoria a la sesion extraordinaria 2. La convocatoria a la sesion extraordinaria del miercoles 7 de agosto de 2013 se realizo el viernes 2 del mismo mes y ano, segun se aprecia de los cargos que corren a fojas 150 a 158 del Expediente N° J-2013-0644. Se concluye, por tanto, que no se observo el plazo minimo de cinco dias habiles que exige el articulo 13 de la LOM, plazo legal que tiene como proposito asegurar el adecuado ejercicio del derecho de informacion de los miembros del concejo y el cumplimiento de sus obligaciones de asistir y votar en las sesiones. La agenda de la sesion extraordinaria 3. De los cargos mencionados en el acapite anterior se observa que la convocatoria a la sesion extraordinaria del 7 de agosto de 2013 tuvo como agenda las solicitudes de declaratoria de vacancia presentadas por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en los Expedientes N° J-2013-0644, N° J-2013-0645 y N° J-2013-0646. Sin embargo, del acta y del video correspondientes a dicha sesion se aprecia que el MORDAZA provisional decidio poner como primer tema de agenda el pedido de desistimiento de la solicitante de la vacancia, pese a que cuatro regidores manifestaron que el concejo municipal habia sido convocado unicamente para resolver las solicitudes de vacancia presentadas en contra del burgomaestre. Se concluye, por ende, que en la sesion extraordinaria del 7 de agosto se vulnero el articulo 13 de la LOM, que establece expresamente que en esta clase de sesiones solo se tratan los asuntos prefijados en la agenda. La instalacion del Concejo Distrital de Angasmarca y el irregular desarrollo de la sesion extraordinaria 4. Tanto del acta como del video se aprecia que el Concejo Distrital de Angasmarca se instalo validamente con la asistencia de todos sus integrantes (el acalde provisional y cinco regidores), al haberse alcanzado el quorum exigido por el articulo 15 de la LOM. Sin embargo, en el desarrollo de la sesion extraordinaria del 7 de agosto de 2013 se observan graves irregularidades que este Supremo Tribunal de Justicia Electoral no puede soslayar. 5. En MORDAZA, el gerente municipal MORDAZA MORDAZA MORDAZA no se limito a cumplir con el unico rol que justificaba su presencia en la sesion: la de actuar como secretario de actas del concejo municipal. Del video se aprecia claramente que este funcionario municipal ­cuya designacion y destitucion dependen, por MORDAZA, de la voluntad del MORDAZA, de acuerdo al articulo 20, numeral 7, de la LOM­ condujo el desarrollo de la sesion, dicto el tema de agenda e intervino en el debate emitiendo opinion sobre el procedimiento de vacancia, al punto de dictaminar que el MORDAZA emitido por el primer regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre el pedido de desistimiento no se computaba porque "no constituia MORDAZA categorico". 6. Al respecto, este organo colegiado considera necesario senalar que, conforme lo establece el articulo 5 de la LOM, el concejo municipal esta integrado exclusivamente por el MORDAZA y los regidores, y si bien se requiere la presencia de un secretario de actas que haga constar por escrito la realidad de lo ocurrido en la sesion, la participacion y debate de los temas sometidos a la decision del concejo municipal incumben exclusivamente a sus miembros, sin perjuicio de que, en los procedimientos de vacancia y suspension, se permita la participacion del o la solicitante de la vacancia o suspension. El secretario de actas no interviene como parte en las sesiones, no emite opinion sobre la correcta o incorrecta interpretacion de las normas, no expresa calificativos sobre la legalidad o ilegalidad en la actuacion de los miembros del concejo, ni tampoco esta facultado

En sesion extraordinaria del viernes 18 de octubre de 2013 (fojas 275 a 279), desarrollada con la asistencia de sus seis integrantes, el concejo municipal declaro, por mayoria (cuatro votos en contra, dos a favor) improcedente el recurso de reconsideracion interpuesto por el MORDAZA provisional MORDAZA Parimango Rojas. En los fundamentos de su MORDAZA en contra, los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA De La MORDAZA, MORDAZA Banesa MORDAZA De La MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA manifestaron que el recurso fue presentado de manera extemporanea y que las causales de vacancia estaban probadas. La decision del concejo municipal se plasmo en el Acuerdo de Concejo N° 47-2013, del 18 de octubre de 2013 (fojas 281), notificado al MORDAZA provisional el jueves 24 de octubre de 2013, junto con el acta correspondiente (fojas 280). El recurso de apelacion El viernes 15 de noviembre de 2013, esto es, al decimoquinto dia habil siguiente a su notificacion, el MORDAZA provisional MORDAZA Parimango MORDAZA interpuso recurso de apelacion contra el Acuerdo de Concejo N° 47-2013 (fojas 284 a 291), solicitando que sea declarado nulo. Alego que se habia vulnerado el debido procedimiento y su derecho de defensa, pues los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA De La MORDAZA, MORDAZA Banesa MORDAZA De La MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA decidieron continuar la sesion extraordinaria del 7 de agosto de 2013, pese a que el habia dispuesto suspenderla, y votaron a favor de su vacancia sin darle la oportunidad de ejercer su derecho de defensa. CUESTIONES EN DISCUSION Dos son las cuestiones que el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones debe dilucidar: a) Determinar si en el procedimiento de declaratoria de vacancia se han seguido observando los principios y derechos del debido procedimiento administrativo. b) De ser el caso, determinar si el MORDAZA provisional MORDAZA Parimango MORDAZA incurrio en las causales de nepotismo, restricciones en la contratacion y ejercicio de funciones administrativas y ejecutivas. CONSIDERANDOS La observancia del debido procedimiento en la tramitacion de las solicitudes de declaratoria de vacancia en sede municipal

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