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El Peruano Jueves 10 de abril de 2014 520767 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES PREVISIONALES Y DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la empresa EL PACÍFICO PERUANO SUIZA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., para que se le autorice el cierre de dos (02) ofi cinas especiales fi jas permanentes, ubicadas en la provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución SBS N° 9530-2012 de fecha 27 de diciembre de 2012, se autorizó a la Compañía la apertura de ofi cinas especiales ubicadas en las siguientes direcciones: i) Calle La Habana N° 194, pisos 4 y 5, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima; y ii) Calle Canevaro N° 245, Manzana D2, Lote 8, Zona B, distrito de San Juan de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima; Que, en aplicación de los numerales 5.1 y 8.1 del Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado por la Resolución SBS N° 6285-2013 de fecha 18 de octubre de 2013, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el cierre de las citadas ofi cinas especiales fi jas permanentes; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Seguros “B”; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modifi catorias, la Resolución SBS N° 6285-2013; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS N° 842-2012 del 27 de enero de 2012; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a EL PACÍFICO PERUANO SUIZA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., el cierre de dos (02) ofi cinas especiales fi jas permanentes ubicadas en las siguientes direcciones: i. Calle La Habana N° 194, pisos 4 y 5, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, ii. Calle Canevaro N° 245, Manzana D2, Lote 8, Zona B, distrito de San Juan de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS IZAGUIRRE CASTRO Intendente General de Supervisión de Instituciones Previsionales y de Seguros 1071922-1 Autorizan a la Financiera Proempresa S.A. el cierre de oficina bajo la modalidad de local compartido y apertura de oficina especial, ubicadas en el departamento de Arequipa RESOLUCIÓN SBS Nº 1949-2014 Lima, 1 de abril de 2014 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Financiera Proempresa S.A.. para que esta Superintendencia autorice el cierre de una (1) Ofi cina bajo la modalidad de Local Compartido con el Banco de la Nación y la apertura de una (1) Ofi cina Especial en el departamento de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el cierre de una (1) Ofi cina bajo la modalidad de Local Compartido con el Banco de la Nación y la apertura de una (1) Ofi cina Especial, conforme lo establecen los Procedimientos 11º y 14º del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 30º y 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, por la resolución SBS Nº 6285-2013 y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS Nº 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Financiera Proempresa S.A. el cierre de una (1) Ofi cina bajo la modalidad del Local Compartido con el Banco de la Nación ubicada en la esquina Av. Buenaventura y Av. Brasil S/N, distrito de Orcopampa, provincia de Castilla, departamento de Arequipa. Artículo Segundo.- Autorizar a la Financiera Proempresa S.A. la apertura de una (1) Ofi cina Especial ubicada en Av. Buenaventura Nº 412, Cercado, distrito de Orcopampa,, provincia de Castilla , departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 1071487-1 Autorizan la inscripción de persona jurídica en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 1952-2014 Lima, 1 de abril de 2014 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Ricardo Domingo Puccio Sala para que se autorice la inscripción de la empresa HOWDEN INSURANCE BROKERS LIMITED en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección I: De los Corredores de Reaseguros B: Extranjeros; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado por Resolución S.B.S. Nº 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Reaseguros en el citado Registro; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos exigidos por la referida norma administrativa; Que, la Comisión Evaluadora Interna de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Evaluación Interna de Expediente Nº 03-2014-CEI celebrada el 03 de marzo de 2014, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 10º del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, ha califi cado y aprobado la inscripción de la empresa en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modifi catorias; en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S. Nº 2348-2013 del 12 de abril de 2013. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción en el Registro de Intermediarios y auxiliares de Seguros, Sección I: De los Corredores de Reaseguros B: Extranjeros a la empresa HOWDEN INSURANCE BROKERS LIMITED, con matrícula Nº C.RE-061.