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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (11/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 34

El Peruano Viernes 11 de abril de 2014 520828 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 1910 y 1920 de la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 1 de abril del 2014, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional La Libertad, presentó al Pleno del Consejo Regional La Libertad dos dictámenes, un dictamen por Mayoría, y el otro dictamen por minoría relativo a a modifi car el Organigrama Estructural y Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de La Libertad, se sometió a votación quedando aprobado por MAYORÍA, el Dictamen por Mayoría; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia constituyendo para su administración económica y fi nanciera un pliego presupuestal; siendo competentes entre otros, para aprobar su organización interna y su presupuesto, conforme a lo establecido en el artículo 1920 de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680 y el artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867. Que, el numeral 1 inciso c) del artículo 10º de la Ley Orgánica antes acotada, prescribe que es competencia exclusiva del gobierno regional, aprobar su organización interna y su presupuesto institucional, conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto. Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad emitir Ordenanzas Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 380 de la acotada Ley, que establece: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. ( ... )”. Que, la Ley Nº 27658, ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y el Decreto Supremo Nº 030–2002-PCM que aprueba su Reglamento, declara al Estado Peruano en proceso de modernización con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado Democrático, Descentralizado y al servicio del ciudadano. Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, aprueba los “Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), por parte de las Entidades de la Administración Pública”, señalando que el Reglamento, de Organización y Funciones de los Gobiernos Regionales se aprobará mediante Ordenanza Regional y para optimizar o simplifi car los procesos de la entidad regional con la fi nalidad de cumplir con mayor efi ciencia su misión y funciones, entre otros. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 008-2011- GR-LL/CR, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 16 de setiembre del 2011, se aprueba la Modifi cación del Organigrama Estructural y del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional La Libertad y se deja sin efecto legal a las normas regionales que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 012-2012- GR-LL/CR, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 12 de diciembre del 2012, se aprueba la modifi cación en parte del Organigrama Estructural y del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de La Libertad, aprobado con la norma regional señalada en el considerando precedente. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 012-2013-GR- LL/CR, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 23 de octubre del 2013, se aprueba la creación del Proyecto Especial de Camélidos Sudamericanos La Libertad – PECASULL y por ende la modifi cación por corresponder de la Ordenanza Regional Nº 008-2011-GR-LL/CR en la parte pertinente. Que, dentro del marco legal expuesto, y como resultado del análisis técnico normativo efectuado al Organigrama Estructural y Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Gobierno Regional La Libertad vigente, es necesario actualizar el citado instrumento de gestión institucional a fi n de orientar y garantizar su coherencia técnica normativa en el fortalecimiento de la gestión Institucional. En ejercicio de las atribuciones que le confi ere la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modifi catorias, y estando a lo acordado. Ha aprobado la ordenanza regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la modifi cación de los artículos 54º, inciso c) del artículo 55º e incorporar los incisos k), l), m), n) o) p) q), y artículos 56º, 57º, y 58º, del Reglamento de Organización y Funciones – ROF Institucional del Gobierno Regional de La Libertad, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 008-2011- GRLl/CR. En ese sentido se incluye el siguiente texto, quedando subsistente lo demás en la parte que corresponda. 07.4 GERENCIA REGIONAL DE ADMINISTRACIÓN Artículo 54º.- GERENCIA REGIONAL DE ADMINISTRACIÓN La Gerencia Regional de Administración es el órgano encargado de administrar los recursos humanos, económicos, fi nancieros e informáticos; y de la adquisición de bienes y servicios necesarios para mantener la operatividad del Gobierno Regional; así como controlar su patrimonio y conducir el proceso de ejecución coactiva. Depende jerárquicamente de la Gerencia General Regional. Al interno, mantiene relaciones de coordinación con los órganos del Gobierno Regional, y al externo, con organismos públicos y privados en los aspectos de su competencia. Artículo 55º.- FUNCIONES La Gerencia Regional de Administración tiene las siguientes funciones: a) Planifi car, organizar, dirigir, controlar y evaluar la gestión de los recursos humanos, económicos, fi nancieros e informáticos del Gobierno Regional. b) Dirigir y supervisar los sistemas administrativos y funcionales de su competencia. c) Formular, ejecutar y evaluar lineamientos técnicos y directivas en materia de administración de recursos humanos, económicos, fi nancieros logísticos e informáticos. d) Supervisar y evaluar la ejecución de los procesos técnicos de administración de los recursos humanos del Gobierno Regional. e) Participar en la formulación del presupuesto anual del Pliego, así como en el presupuesto participativo anual. f) Administrar la captación y utilización de los recursos financieros y presupuestarios del Gobierno Regional. g) Formular la Memoria y el Informe de los Estados Presupuestarios y Financieros del Gobierno Regional. h) Supervisar y evaluar la gestión de control patrimonial en el Gobierno Regional. i) Supervisar y evaluar la ejecución de los programas y actividades de desarrollo de tecnologías de la información en el ámbito regional. j) Supervisar y evaluar la ejecución de programas y procedimientos de ejecución coactiva.