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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (07/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Jueves 7 de agosto de 2014 529475 d) Ejercer el control preventivo en el INIA dentro del marco de lo establecido en las disposiciones emitidas por la Contraloría General, con el propósito de contribuir a la mejora de la gestión, sin que ello comprometa el ejercicio del control posterior. e) Remitir los informes resultantes de sus labores y resultados del ejercicio de la labor de control, tanto a la Contraloría General de la República, como al Jefe del INIA y al Titular del Sector, cuando corresponda, conforme a las disposiciones sobre la materia. f) Actuar de ofi cio, cuando en los actos y operaciones de la Entidad, se adviertan indicios razonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento, informando al Jefe del INIA para que se adopten las medidas correctivas pertinentes. g) Orientar, recibir, derivar y/o atender las denuncias que formulen los servidores, funcionarios públicos y ciudadanía en general, otorgándole el trámite que corresponda a su mérito, de conformidad con las disposiciones del Sistema Nacional de Denuncias y las que establezca la Contraloría General sobre la materia. h) Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control aprobado por la Contraloría General, de acuerdo a los lineamientos y disposiciones emitidas para el efecto. i) Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que implemente el INIA, como resultado de las labores de control, comprobando y califi cando su materialización efectiva, conforme a las disposiciones de la materia. j) Apoyar a las Comisiones que designe la Contraloría General para la ejecución de las labores de control en el ámbito del INIA. k) Verifi car el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicables al INIA, por parte de las unidades orgánicas y personal de la Entidad. l) Formular y proponer al INIA el presupuesto anual del Órgano de Control Institucional para su aprobación correspondiente. m) Cumplir diligente y oportunamente con los encargos y requerimientos que le formule la Contraloría General. n) Cautelar que la publicidad de los Informes resultantes de sus acciones de control se realice de conformidad con las disposiciones de la materia. o) Cautelar que cualquier modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal y/o el documento que lo reemplace, así como de la parte correspondiente del Reglamento de Organización y Funciones, relativos al Órgano de Control Institucional, se efectúe de conformidad con las disposiciones de la materia. p) Promover la capacitación permanente del personal que conforma el Órgano de Control Institucional, incluida la Jefatura, a través de la Escuela Nacional de Control de la Contraloría General o de cualquier otra institución universitaria o de nivel superior con reconocimiento ofi cial en temas vinculados con el control gubernamental, la Administración Pública y aquellas materias afi nes a la gestión de las organizaciones. q) Mantener ordenados, custodiados y a disposición de la Contraloría General durante los años que establezca la ley, los informes de control, papeles de trabajo, denuncias recibidas y los documentos relativos a la actividad funcional del Órgano de Control Institucional, luego de los cuales quedan sujetos a las normas de archivo vigentes para el sector público. El Jefe del Órgano de Control Institucional adoptará las medidas pertinentes para la cautela y custodia del acervo documental. r) Cautelar que el personal del Órgano de Control Institucional dé cumplimiento a las normas y principios que rigen la conducta, impedimentos, incompatibilidades y prohibiciones de los funcionarios y servidores públicos, de acuerdo a las disposiciones de la materia. s) Mantener en reserva la información clasifi cada obtenida en el ejercicio de sus actividades. t) Otras que establezca la Contraloría General. CAPÍTULO III Órganos de Asesoramiento De la Ofi cina de Asesoría Jurídica Artículo 18.- Ofi cina de Asesoría Jurídica La Oficina de Asesoría Jurídica es el órgano de asesoramiento responsable de atender los asuntos de carácter legal de la Entidad y emitir opinión cuando le corresponda. Tiene como finalidad prestar soporte jurídico a la Jefatura y demás órganos del INIA. Estudia, organiza y sistematiza la legislación nacional e internacional en las materias de competencia de la Entidad y, en especial, de la normativa emitida por el INIA. Depende jerárquicamente de la Secretaría General. Artículo 19.- Funciones específi cas de la Ofi cina de Asesoría Jurídica Son funciones específi cas de la Ofi cina de Asesoría Jurídica: a) Preparar y visar los proyectos de dispositivos legales de la Entidad a ser emitidos por Resolución Jefatural o normas de mayor rango. b) Mantener actualizada la información jurídica sobre las materias de competencia de la Entidad, sus leyes y normas correspondientes. c) Estudiar y dictaminar sobre asuntos encomendados por la Alta Dirección del INIA. d) Organizar y sistematizar la normativa institucional, nacional e internacional, en las materias de competencia de la Entidad. e) Emitir opinión y absolver las consultas sobre la interpretación y aplicación de normas legales y administrativas que le son derivadas por los órganos del INIA. f) Formular contratos y emitir opinión sobre convenios que celebre la Entidad. g) Asesorar al órgano competente en los aspectos legales referentes a las acciones de saneamiento físico- legal de los predios de propiedad del INIA. h) Cumplir con las demás funciones que le asigne la Secretaría General, en concordancia con su ámbito funcional y de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. De la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto Artículo 20.- Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto La Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto es el órgano encargado de conducir y evaluar los procesos de planeamiento, racionalización, presupuesto, formulación de programas y proyectos de inversión y cooperación técnica y fi nanciera. Depende jerárquicamente de la Secretaría General. Artículo 21.- Funciones específi cas de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto Son funciones específi cas de la Ofi cina Planeamiento y Presupuesto: a) Conducir, con la participación de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, la formulación del Plan Estratégico Institucional y del Plan Operativo Institucional, en concordancia con la Política y Plan Nacional de Innovación Agraria y las políticas sectoriales, estableciendo sus indicadores de medición y herramientas de control. b) Asesorar y coordinar la elaboración de la Política Nacional y el Plan Nacional de Innovación Agraria con la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria. c) Dirigir la evaluación del impacto y cumplimiento de los objetivos del Sistema Nacional de Innovación Agraria, así como la implementación de la Política Nacional, Plan Nacional y Estrategia Nacional de Innovación Agraria, y de los Lineamientos de Política del Servicio de Extensión Agropecuaria. d) Formular, en coordinación con los diferentes órganos de la Entidad, los documentos de gestión, de conformidad con la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, desempeñando la función de racionalización en la Entidad. e) Coordinar, orientar, conducir y supervisar la formulación de programas y proyectos de inversión pública de la Entidad, en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, gestionando los recursos correspondientes, así como realizar el seguimiento y evaluación de las metas físicas y fi nancieras, en concordancia con los planes institucionales. f) Promover los acuerdos y convenios de cooperación técnica nacional e internacional priorizados por la Entidad, con sujeción a la normatividad vigente.