Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2014 (07/08/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Jueves 7 de agosto de 2014

529483
coordinacion con la Direccion de Gestion de la Innovacion Agraria. d) Formular estudios de base y proyectos de investigacion, para impulsar el desarrollo de servicios ambientales de los bosques y plantaciones forestales, en coordinacion con la Direccion de Gestion de la Innovacion Agraria y las entidades sectoriales competentes, en el MORDAZA de las Politicas Nacionales correspondientes. e) Proveer la informacion cientifica y tecnica generada por los estudios y proyectos de innovacion agraria, al sistema de informacion cientifica y tecnica del INIA. f) Disenar, proponer, formular, implementar y ejecutar los programas presupuestales a su cargo y/o en los que forme parte, conforme a la normatividad que regula el Presupuesto por Resultados - PpR. g) Proponer lineamientos, normas, directivas, manuales y emitir opinion tecnica, en los temas de su competencia. h) Cumplir con las demas funciones que le asigne la Direccion, en concordancia con su ambito funcional y de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. De la Direccion de Supervision y Monitoreo en las Estaciones Experimentales Agrarias Articulo 65.- Direccion de Supervision y Monitoreo en las Estaciones Experimentales Agrarias La Direccion de Supervision y Monitoreo en las Estaciones Experimentales Agrarias, es el organo a traves del cual el INIA ejerce la funcion de planificacion, supervision, monitoreo y control de las diversas actividades productivas y de los proyectos de innovacion agraria, que se desarrollan en las Estaciones Experimentales Agrarias - EEA y predios del INIA, de acuerdo a la normatividad vigente. Depende jerarquicamente de la Jefatura. Articulo 66.- Funciones especificas de la Direccion de Supervision y Monitoreo en las Estaciones Experimentales Agrarias Son funciones especificas de la Direccion de Supervision y Monitoreo en las Estaciones Experimentales Agrarias: a) Dirigir la planificacion, supervision, monitoreo y control de las actividades, en el MORDAZA de la Politica Nacional, Plan Nacional de Innovacion Agraria y de la Estrategia Nacional de Innovacion, en funcion de las actividades que se realizan en las Estaciones Experimentales Agrarias. b) Coordinar con la Direccion de Desarrollo Tecnologico Agrario y las Estaciones Experimentales Agrarias el adecuado registro y control de los recursos empleados y generados en las actividades a su cargo. c) Dirigir el MORDAZA de planificacion, supervision, monitoreo y control de las actividades de produccion y de los proyectos de innovacion agraria, conducidos directamente por las Estaciones Experimentales Agrarias y los originados en contratos o convenios celebrados con terceros. d) Dirigir, monitorear, controlar y registrar la distribucion de los terrenos y locales de las Estaciones Experimentales Agrarias, que se utilizaran para las actividades de produccion y de los proyectos de innovacion agraria. e) Dirigir el control de las actividades productivas que se desarrollan en las Estaciones Experimentales Agrarias y predios del INIA, conforme a la legislacion vigente. f) Formular propuestas para el mejoramiento de las actividades de produccion en las Estaciones Experimentales Agrarias y las que provengan de los contratos de derecho de uso de tierras celebrados con terceros. g) Dirigir la formulacion de las estructuras de costos y estadisticas necesarias, para efectos de analisis de las actividades de produccion y de los proyectos de innovacion agraria. h) Emitir lineamientos, normas, directivas, manuales y opinion tecnica, en los temas de su competencia. i) Cumplir con las demas funciones que le asigne la Jefatura, en concordancia con su ambito funcional y de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. Articulo 67.- Estructura Organica de la Direccion de Supervision y Monitoreo en las Estaciones Experimentales Agrarias La Direccion de Supervision y Monitoreo en las Estaciones Experimentales Agrarias tiene la siguiente organizacion: - Subdireccion de Supervision y Monitoreo Articulo 68.- Subdireccion de Supervision y Monitoreo

Articulo 60.- Estructura Organica de la Direccion de Desarrollo Tecnologico Agrario La Direccion de Desarrollo Tecnologico Agrario tiene la siguiente organizacion: - Subdireccion de Productos Agrarios - Subdireccion de Investigacion Especiales y Estudios

Articulo 61.- Subdireccion de Productos Agrarios Es la encargada de conducir la ejecucion de proyectos de innovacion en rubros de produccion significativa en la actividad agraria nacional y en productos relevantes, destinados al MORDAZA interno y al de exportacion. Articulo 62.- Funciones especificas de la Subdireccion de Productos Agrarios Son funciones especificas de la Subdireccion de Productos Agrarios: a) Ejecutar las actividades, programas y proyectos, en el MORDAZA de la Politica Nacional y Plan Nacional de Innovacion Agraria, y de la Estrategia Nacional de Investigacion, Transferencia Tecnologica y Asistencia Tecnica, en lo que le compete. b) Implementar y ejecutar la generacion y comprobacion de tecnologias, transferencia de resultados cientificos y tecnicos, e informacion tecnologica en productos agrarios priorizados a nivel nacional, regional y/o local, ejecutados en las Estaciones Experimentales Agrarias o en terrenos de los productores, de ser el caso, con la participacion de otras instituciones y actores del SNIA. c) Desarrollar las evaluaciones ex ante y ex post de los programas y/o proyectos de innovacion agraria a ejecutar. d) Elaborar herramientas metodologicas actualizadas en temas de biometria, agroeconomia y otros en los programas y/o proyectos de innovacion agraria que conduce el INIA. e) Sistematizar y registrar la data cientifica y tecnica, obtenida por el INIA como resultado de la ejecucion de los programas y/o proyectos de innovacion agraria. f) Producir semillas, plantones y reproductores de alto valor genetico en las cantidades y calidades contempladas en el Plan Nacional de Innovacion Agraria. g) Proveer la informacion cientifica y tecnica generada por los programas y/o proyectos de innovacion agraria, al sistema de informacion cientifica y tecnica del INIA. h) Disenar, proponer, formular, implementar y ejecutar los programas presupuestales a su cargo y/o en los que forme parte, conforme a la normatividad que regula el Presupuesto por Resultados - PpR. i) Proponer lineamientos, normas, directivas, manuales y emitir opinion tecnica, en los temas de su competencia. j) Cumplir con las demas funciones que le asigne la Direccion, en concordancia con su ambito funcional y de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. Articulo 63.- Subdireccion de Investigacion y Estudios Especiales Es la encargada de conducir la ejecucion de proyectos de investigacion e innovacion tecnologica en productos y temas emergentes de la actividad agraria, de acuerdo a la Politica Nacional de Innovacion Agraria y a los Planes y Objetivos Sectoriales. Articulo 64.- Funciones especificas de la Subdireccion de Investigacion y Estudios Especiales Son funciones especificas de la Subdireccion de Investigacion y Estudios Especiales: a) Desarrollar estudios de riesgo, diagnosticos, evaluacion de posibles escenarios y situaciones de emergencia, de acuerdo a los requerimientos del Ministerio de Agricultura y Riego o de los Gobiernos Regionales y Locales. b) Proponer y ejecutar proyectos de investigacion e innovacion agraria en temas emergentes como el cambio climatico, entre otros, que MORDAZA identificados como oportunidades o amenazas para el sector productivo agrario, en el MORDAZA de la Politica Nacional del Ambiente. c) Implementar y ejecutar los planes de contingencia a traves de proyectos de investigacion e innovacion como respuesta a politicas sectoriales y a situaciones de coyuntura, que perturben al sector productivo agrario, en

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.