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El Peruano Miércoles 13 de agosto de 2014 529847 Designan representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Consejo Directivo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, quien lo presidirá RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 011-2014-VIVIENDA Lima, 12 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, tiene por objeto establecer medidas orientadas al incremento de la cobertura y al aseguramiento de la calidad y la sostenibilidad de los servicios de saneamiento a nivel nacional, promoviendo el desarrollo, la protección ambiental y la inclusión social; Que, mediante la Ley citada precedentemente, se crea el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cuyo objeto consiste en cautelar la ejecución de la política de dicho sector en materia de administración para la prestación de servicios de saneamiento a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento - EPS, y cuenta en su estructura orgánica, entre otros, con un Consejo Directivo; Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 6 de la Ley N° 30045, el Consejo Directivo, órgano máximo del OTASS, es el responsable de aprobar las políticas institucionales y la dirección de la entidad; y está integrado por tres miembros, entre otros, por un representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, quien lo preside, y son designados mediante resolución suprema refrendada por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, en consecuencia, es necesario designar al representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Consejo Directivo del OTASS; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA; la Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 015-2013-VIVIENDA; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor José Luis Bonifaz Fernández, como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ante el Consejo Directivo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, quien lo preside. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1122703-10 Modifican el Artículo 2 de la R.S. Nº 028-2009-VIVIENDA, referido a la conformación del Comité de Inversión del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 012-2014-VIVIENDA Lima, 12 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 028-2009- VIVIENDA de fecha 23 de octubre de 2009, se creó el Comité de Inversión del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con el objeto de llevar a cabo procesos de promoción de inversión privada y evaluar iniciativas privadas de proyectos de obras públicas y servicios públicos, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1012, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Asociaciones Público - Privadas para la Generación del Empleo Productivo y dicta Normas para la Agilización de los Procesos de Promoción de la Inversión Privada; Que, por Resoluciones Supremas Nº 030-2009-VIVIENDA y Nº 001-2014-VIVIENDA, de fechas 07 de diciembre de 2009 y 17 de enero de 2014, respectivamente, se modifi có el artículo 2 de la Resolución Suprema Nº 028-2009-VIVIENDA, referido a la conformación del Comité de Inversión, el mismo que a la fecha es necesario modifi car; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi cación del artículo 2 de la Resolución Suprema Nº 028-2009-VIVIENDA Modifícase el artículo 2 de la Resolución Suprema Nº 028-2009-VIVIENDA, modifi cada por las Resoluciones Supremas Nº 030-2009-VIVIENDA y Nº 001-2014- VIVIENDA, conforme al texto siguiente: “Artículo 2.- Conformación del Comité de Inversión El Comité de Inversión del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento estará conformado por las siguientes personas: - René Arturo Barra Zamalloa, Jefe de Gabinete de Asesores, quien lo presidirá. - Sheilah Joana Miranda Leo, Asesora del Gabinete de Asesores. - José Luis Díaz Oliden, Director Ejecutivo del Programa Nuestras Ciudades. - Ernesto Enrique Peña Haro, Asesor del Gabinete de Asesores, quien ejercerá la Secretaría Técnica. Las funciones que de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 674, Ley de Promoción de la Inversión Privada de las Empresas del Estado, el Decreto Supremo Nº 059- 96-PCM, Texto Único Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, y la Ley Nº 28059, Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada, correspondan a los Comités Especiales de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION, serán asumidas por el Comité de Inversión del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en los procesos que le sean asignados”. Artículo 2.- Instalación del Comité de Inversión El Comité de Inversión del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento debe instalarse en un plazo que no excederá los diez (10) días hábiles posteriores a la publicación de la presente norma. Artículo 3.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1122703-11