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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (15/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 76

El Peruano Viernes 15 de agosto de 2014 edifi cación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Corresponde a las municipalidades, conforme su jurisdicción, competencias y atribuciones, el seguimiento, supervisión y fi scalización en la ejecución de los proyectos contemplados en las diversas modalidades establecidas en la presente Ley”. En tal sentido, corresponde a la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres, emitir el acto administrativo y disponer el levantamiento de la carga establecida en el artículo tercero de la Resolución de Subgerencia mencionada; Que, de acuerdo al Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, aprobado por Ordenanza W 294-MDSMP y modi fi catorias, la autoridad competente para resolver los trámites de Habilitación Urbana en sus diversas modalidades y formas y por extensión aquellos procedimientos relacionados a éstos, como el levantamiento de la carga establecida en un acto administrativo que aprueba una habilitación urbana es la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, en concordancia con la Segunda Disposición Final del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por Decreto de Alcaldía N” 016-2011/MDSMP, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 20/07/2011, por el que las Subgerencias tienen atribuciones para emitir resoluciones en primera instancia administrativa en los asuntos de su competencia de acuerdo a las funciones que les correspondan. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa, conforme a la normativa glosada y a las atribuciones señaladas, conforme al TUPA y al ROF de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, en estricta sujeción a la Constitución Política del Estado, a la ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y a la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, y a lo recomendado por el asesor legal mediante Informe Nº 187-2014-CAST-SGCHU-GDU-MDSMP DEL 18 de julio del 2014; SE RESUELVE:Artículo Primero.- LEVANTAR la carga establecida en el artículo 3º de la Resolución de Subgerencia Nº 306-2013-SGCHU-GDU-MDSMP del 20 de noviembre del 2013, inscrita en la Partida Registral Nº 13182449 y la Partida Registral N” 13182464 del Registro Predial Urbano de lima. Artículo Segundo.- NOTIFICAR conforme a Ley, a la Srta. Dushka M. Licla De la Rosa, apoderada de la Inmobiliaria y Constructora Residencial S.A.C. el contenido de la presente Resolución para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo Tercero.- OFICIAR con la presente Resolución a la Gerencia de la Propiedad Inmueble de la Ofi cina Registral de Lima – Zonal Nº IX y al Ministerio de Educación para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los treinta (30) días siguientes a su noti fi cación. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CATHERINE DÍAZ VELÁSQUEZ Subgerente de Catastro y Habilitaciones Urbanas 1122782-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 317-MDS, que aprobó Régimen de beneficios tributarios y no tributarios, a favor de los contribuyentes del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2014-MDS Surquillo, 13 de agosto de 2014.EL TENIENTE ALCALDE ENCARGADO DEL DESPACHO DE ALCALDÍA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: Vistos, el Memorándum Nº 352-2014-GM-MDS, de fecha 13 de agosto de 2014 a través del cual el Gerente Municipal, remite el Informe Nº 047-2014-GR-MDS, de fecha 12 de agosto de 2014 emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 760-2014-SGAT-GR-MDS de fecha 12 de agosto de 2014, emitido por la Sub Gerencia de Administración Tributaria, Informe Nº 109-2014-SGFT-GR-MDS de fecha 12 de agosto de 2014 emitido por la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria y el Informe Nº 124-2014-SGEC-GR-MDS, de fecha 12 de agosto de 2014, emitido por la Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva mediante los cuales dichas Sub Gerencias emiten opinión técnica favorable sobre la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 317-MDS, que aprobó el régimen de bene fi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Surquillo y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 317-MDS, se aprobó el régimen de bene fi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Surquillo y, Que, mediante el Informe Nº 760-2014-SGAT-GR- MDS, Informe Nº 109-2014-SGFT-GR-MDS e Informe Nº 124-2014-SGEC-GR-MDS emitidos por la Sub Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria y Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva respectivamente, los mismos que informan a la Gerencia de Rentas que a efecto de otorgar un plazo mayor a los vecinos del distrito para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, emiten opinión técnica favorable para que, en mérito a lo dispuesto por la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 317-MDS, que aprobó el régimen de bene fi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de surquillo, se prorrogue la vigencia de la misma hasta el día 15 de agosto de 2014; Que, a través de la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 317-MDS, el Concejo Municipal de Surquillo facultó al señor Alcalde para que mediante el Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la misma, establecido en el artículo segundo; Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 010-2014- MDS, publicado con fecha 31 de julio de 2014, se aprobó prorrogar hasta el día 15 de agosto de 2014, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 317-MDS; Estando a lo expuesto, y con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoria Jurídica según Informe Nº xxxxxxx-2014-GAJ-MDS de fecha 12 de agosto de 2014 y a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972. DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el día 29 de agosto de 2014, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 317-MDS, la misma que aprobó el régimen de bene fi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Surquillo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Estadística e Informática y Sub Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR la publicación del presente Decreto de Alcaldía a la Secretaria General. POR TANTO:Mando regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GIANCARLO CASASSA SÁNCHEZ Teniente AlcaldeEncargado del Despacho de Alcaldía 1123204-1530042