Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2014 (15/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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Articulo 90º.- Son funciones Generales de la Sub Gerencia de Promocion Social y Economica, las siguientes: (...) 90.1 Planificar, dirigir, coordinar y ejecutar programas de defensoria, proteccion, asistencia y bienestar del MORDAZA, del adolescente, de la mujer, de los discapacitados; de la familia que habita en el Distrito (DEMUNA); y del Adulto mayor; y contra la violencia familiar. Articulo Tercero.- INCORPORASE los articulos 90-J y 90-K y los incisos 90.18 y 90.19 al articulo 90 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA aprobado por la Ordenanza Nº 281-MDJM, conforme al Anexo 01 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. CODIGO 06.4.3. OFICINA MUNICIPAL DE ATENCION A LA PERSONA CON DISCAPACIDAD Articulo 90º.- Son funciones Generales de la Sub Gerencia de Promocion Social y Economica, las siguientes: (...) 90.18 Disenar, Conducir, Sensibilizar, Implementar, Promover, Ejecutar y Supervisar la Politica Publica que incluye de manera expresa las necesidades e intereses de la persona con discapacidad, a traves de su organo especializado Oficina Municipal de Atencion a la Persona con Discapacidad (OMAPED), segun la Ley General de Personas con Discapacidad y demas normas especiales. 90.19 Planificar, Organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y controlar la Oficina Municipal de Atencion a la Persona con Discapacidad - OMAPED Articulo 90-J0.- De la Oficina Municipal de Atencion a la Persona con Discapacidad La Oficina Municipal de Atencion a la Persona con Discapacidad. Esta a cargo de un Servidor Publico, que depende directamente de la Sub Gerencia de Promocion Social y Economica. Articulo 90-Kº.- Son funciones y atribuciones de la Oficina Municipal de Atencion a la Persona con Discapacidad. 90-K.01 Promocionar la ley general de personas con Discapacidad y otras disposiciones, asi como velar el cumplimiento de normas. 90-K.02 Sensibilizar y crear conciencia en la comunidad acerca de la problematica de las personas con Discapacidad. 90-K.03 Detectar, empadronar a las personas con discapacidad del distrito y crear un registro de los vecinos con discapacidad. 90-K.04 Fomentar la participacion de las personas con discapacidad en diferentes actividades y programas municipales. 90-K-05 Participar de las mesas de trabajo interinstitucionales a favor de las Personas con Discapacidad. 90-K.06 Apoyar en la integracion e insercion social real de los vecinos con discapacidad. 90-K.07 Organizar y asesorar a las personas con discapacidad para que se organicen y creen asociaciones o grupos afines. 90-K.08 Coordinar y supervisar la ejecucion de los planes y programas nacionales en materia de discapacidad. 90-K.09 Formular y Ejecutar el Plan Operativo correspondiente a la Oficina, disponiendo eficiente y eficazmente de los recursos presupuestales, economicos, financieros, materiales y equipos asignados. 90-K.10 Ejecutar funciones afines que le asigne la Sub Gerencia de Promocion Social y Economica. 1123246-4

El Peruano Viernes 15 de agosto de 2014

Establecen disposiciones basicas para la ejecucion de proyectos en predios calificados como finca tugurizada y/o ruinosa para fines de renovacion MORDAZA, destugurizacion y plan de vivienda municipal
ORDENANZA Nº 441-MDJM MORDAZA MORDAZA, 21 de MORDAZA del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTO, en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA mayoritario de los senores regidores y con dispensa del tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son los organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, entre los que se encuentra la de planificar el desarrollo MORDAZA de sus circunscripciones, conforme lo establecen los articulos 194 y 195 numeral 6, de la Constitucion Politica del Peru; Que, en virtud de lo senalado en el articulo 79 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen las funciones de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de las construcciones; y, el articulo 90 de la precitada Ley establece que la construccion, reconstruccion, ampliacion, modificacion o reforma de cualquier inmueble, se sujeta al cumplimiento de los requisitos que establezcan la Ley, el Reglamento Nacional de Construcciones y las ordenanzas o reglamentos sobre seguridad de Defensa Civil, y otros organismos que correspondan, para garantizar la salubridad y estetica de la edificacion; asi como los estudios de impacto ambiental, en el caso que correspondan conforme a ley, desprendiendose de las normas citadas que con el fin de garantizar la seguridad y estetica en las edificaciones, las construcciones se deben sujetar a lo establecido por cada Municipalidad mediante sus Ordenanzas; Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Ambiental, luego de evaluar lo solicitado y los predios que reunen la condicion de Predio Tugurizado y/o Predio Ruinoso, y aquellos que se enmarcan dentro de los alcances de la precitada Ordenanza Nº 277-MDJM, propone la dacion de una MORDAZA complementaria que establezca las disposiciones basicas para la ejecucion de proyectos en predios calificados como finca tugurizada y/o ruinosa para fines de renovacion MORDAZA, teniendo en cuenta que la Ordenanza Nº 277-MDJM tiene como finalidad regular los procedimientos de los predios calificados como tugurizados y/o ruinosos con fines de Renovacion MORDAZA, Destugurizacion y Plan de Vivienda Municipal, como forma de prevencion de posible colapso de inmuebles que puedan atentar contra la integridad fisica de sus ocupantes (seguridad, servicios basicos, saneamiento, informalidad, historicos, etc.); Que, mediante Informe Nº 1123-2014/MDJM-GAJyRC, la Gerencia de Asesoria Juridica y Registro Civil, de fecha 15 de MORDAZA del 2014, ha opinado por la procedencia legal de la propuesta normativa presentada por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Ambiental, que establece las disposiciones basicas para la ejecucion de proyectos en predios calificados como finca tugurizada y/o ruinosa para fines de renovacion MORDAZA, Destugurizacion y Plan de Vivienda Municipal, en aplicacion de la Ordenanza Nº 277-MDJM; Teniendo en consideracion lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo lo siguiente:

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