Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2014 (20/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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4. Sin embargo, conforme se aprecia del Informe Nº 0005-2014-SG-MPI, del 13 de junio de 2014, el secretario general de la Municipalidad Provincial de Ica deja MORDAZA de que MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ormeno no se apersono a las instalaciones de la citada entidad MORDAZA para juramentar en su cargo ni recibir su credencial que la faculta como tal, asi como la declinacion de la citada ciudadana a asumir dicho cargo. Asi, debe procederse a dejar sin efecto la credencial otorgada a dicha autoridad mediante la Resolucion Nº 306-2014-JNE, y convocar al accesitario llamado por ley. 5. En vista de lo expuesto, corresponde convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 22319045, candidato no proclamado del Partido Regional de Integracion, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Ica, con motivo de las Elecciones Municipales del ano 2010. Por lo tanto, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, presentada por MORDAZA MORDAZA Lovera Pena, secretario general de la Municipalidad Provincial de Ica, departamento de Ica. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ormeno como regidora del Concejo Provincial de Ica, departamento de Ica, emitida en merito a la Resolucion Nº 306-2014-JNE, de fecha 10 de MORDAZA de 2014. Articulo Tercero.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 22319045, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Ica, departamento de Ica, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debiendose otorgar la respectiva credencial que lo faculta como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. CONSIDERANDOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1125436-1

El Peruano Miercoles 20 de agosto de 2014

candidatos al Concejo Provincial de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Regionales y Municipales 2014. ANTECEDENTES El procedimiento de inscripcion de la lista de candidatos Con fecha 6 de MORDAZA de 2014, MORDAZA Wilmer MORDAZA MORDAZA, personero legal titular acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA (en adelante JEE) del partido politico Restauracion Nacional, solicito la inscripcion de su lista de candidatos para el Concejo Provincial de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Regionales y Municipales 2014. Mediante la Resolucion 0001-2014-JEE-TRUJILLO/ JNE, del 9 de MORDAZA de 2014, el JEE declaro improcedente la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos presentada por el referido partido politico, en virtud de que la eleccion de los mismos en su MORDAZA de democracia interna fue realizada por mano alzada de los delegados distritales, lo cual contravendria expresamente a lo dispuesto en la Ley Nº 28094, Ley de Partidos Politicos (en adelante LPP), respecto de que el MORDAZA de los asistentes debio ser secreto. Consideraciones de la apelante Con fecha 15 de MORDAZA de 2014, el partido politico Restauracion Nacional interpone recurso de apelacion en contra de la Resolucion Nº 0001-2014-JEE-TRUJILLO/ JNE, alegando, entre otros, que por Oficio Nº 892DNFPE/JNE, la Direccion Nacional de Fiscalizacion y Procesos Electorales (en adelante DNFPE) dentro de sus facultades, les solicito informacion relacionada al ejercicio de su democracia interna en el MORDAZA de las Elecciones Regionales y Municipales 2014, no habiendo realizado dicha dependencia ninguna observacion al respecto. Asimismo, precisa que la forma en que se llevo a cabo la eleccion de sus candidatos ha sido validada por distintos Jurados Electorales Especiales en anteriores procesos electorales.

Sobre el cuestionamiento a la prohibicion de la mano alzada como mecanismo de votacion en la eleccion a traves de delegados 1. Sobre el particular, cabe mencionar que el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, a traves de la Resolucion Nº 600-2014-JNE, del 8 de MORDAZA de 2014, ha senalado con relacion a la votacion por mano alzada de los delegados, lo siguiente: "10. Por lo tanto, si i) el reconocimiento del secreto del MORDAZA tiene sustento constitucional, ii) el MORDAZA secreto rige para los procesos de eleccion de autoridades o consultas populares en los tres niveles de gobierno (nacional, regional o departamental y local), iii) el articulo 24 de la LPP regula el MORDAZA de elecciones internas para, valga la redundancia, la eleccion de los candidatos a los cargos de eleccion popular de autoridades en los tres niveles de gobierno, iv) el legislador ha previsto, de manera expresa, el secreto del MORDAZA, en las elecciones abiertas y cerradas (articulo 24, literales a y b, de la LPP), y v) el articulo 27 de la LPP, que regula el mecanismo de eleccion de los delegados, contempla tambien el MORDAZA secreto; se desprende con meridiana claridad que todo aquel mecanismo de eleccion dirigido a la preseleccion de candidatos o eleccion de autoridades representativas, en los tres niveles de gobierno, debe efectuarse a traves del MORDAZA secreto, esto es. Por ello, no resulta admisible que, incluso en el caso de la eleccion de candidatos por delegados, se opte por la modalidad de la mano alzada". 2. Sin bien la Resolucion Nº 600-2014-JNE, de fecha 8 de MORDAZA de 2014, resulta ser el primer caso en que este colegiado electoral tuvo la oportunidad de realizar una interpretacion de la normativa electoral sobre si la modalidad de eleccion de candidatos a traves de delegados debia tambien sujetarse a la naturaleza

Revocan resolucion del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA que declaro improcedente solicitud de inscripcion de lista de candidatos al Concejo Provincial de MORDAZA
RESOLUCION Nº 750-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00967 MORDAZA - LA MORDAZA JEE MORDAZA (EXPEDIENTE Nº 069-2014-051) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACION MORDAZA, veintidos de MORDAZA de dos mil catorce VISTO en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA Wilmer MORDAZA MORDAZA, personero legal titular del partido politico Restauracion Nacional, en contra de la Resolucion Nº 0001-2014-JEETRUJILLO/JNE, de fecha 9 de MORDAZA de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, que declaro improcedente su solicitud de inscripcion de la lista de

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