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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (23/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 25

El Peruano Sábado 23 de agosto de 2014 530655 Vista la solicitud de la compañía AERO PARACAS S.A., sobre la Modifi cación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial - Turístico; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 111-2011- MTC/12 del 06 de abril del 2011 se otorgó a la compañía AERO PARACAS S.A. la Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial - Turístico, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 03 de junio del 2011; Que, mediante Expediente N° 2014-022333 del 09 de abril del 2014, Documento de Registro N° 2014-022333- A del 25 de abril del 2014, Documento de Registro N° 2014-022333-B del 29 de mayo del 2014, Documento de Registro N° 2014-022333-C del 06 de junio del 2014 y Documento de Registro N° 2014-022333-D del 09 de junio del 2014 la Compañía AERO PARACAS S.A., solicitó la Modifi cación de su Permiso de Operación en el sentido de incrementar material aeronáutico, circuitos turísticos y bases de operación; Que, según los términos del Informe Nº 034-2014- MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Memorando Nº 228-2014-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certifi caciones, Memorando N° 924-2014-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la Dirección General de Aeronáutica Civil e Informe Nº 235-2014-MTC/12.07 emitido por el Director de Certifi caciones y Autorizaciones, que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía AERO PARACAS S.A. la Modifi cación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial – Turístico en el sentido de incrementar material aeronáutico, circuitos turísticos y bases de operación a los ya autorizados de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL AERONAUTICO: (además de los ya autorizados) - Cessna 208A / 208B / 208C - Beechcraft B90 / C90 / E90 - Beechcraft King Air B200 / 350 - DHC-6 Twin Otter - Airvan CIRCUITOS TURÍSTICOS: (además de los ya autorizados) - Las Dunas – Sobrevuelo Líneas de Nasca y Palpa – Las Dunas. - Nasca – Sobrevuelo Líneas de Nasca y Palpa – Nasca. - Pisco – Sobrevuelo Líneas de Nasca y Palpa – Pisco. BASES DE OPERACIÓN (además de los ya autorizadas) - Aeródromo de Las Dunas - Aeropuerto de Pisco SUB-BASE DE OPERACIÓN (dejar sin efecto de la R.D. N° 111-2011-MTC/12) - Aeródromo de Las Dunas Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 111-2011-MTC/12 del 06 de abril del 2011 continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER B. HURTADO GUTIERREZ Director General de Aeronáutica Civil (e) 1122130-1 Otorgan a Ecocopter Perú S.A.C. la modificación de su permiso de operación de aviación comercial: trabajo aéreo - fotografía, publicidad, inspección y vigilancia, prospección y carga externa incrementando material aeronáutico y zonas de operación RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 343-2014-MTC/12 Lima, 25 de julio del 2014 Vista la solicitud de la compañía ECOCOPTER PERU S.A.C., sobre la Modifi cación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo – Fotografía, Publicidad, Inspección y Vigilancia, Prospección y Carga Externa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 198- 2014-MTC/12 del 14 de abril del 2014 se otorgó a la compañía ECOCOPTER PERU S.A.C. la Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo – Fotografía, Publicidad, Inspección y Vigilancia, Prospección y Carga Externa, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 27 de abril del 2014; Que, mediante Expediente Nº 2014-030130 del 14 de mayo del 2014, Documento de Registro Nº 2014-030130- A del 21 de mayo del 2014, Documento de Registro Nº 2014-030130-B del 27 de mayo del 2014, Documento de Registro Nº 099559 del 07 de junio del 2014, Documento de Registro Nº 2014-030130-C del 19 de junio del 2014 y Documento de Registro Nº 109231 del 23 de junio del 2014 la Compañía ECOCOPTER PERU S.A.C., solicitó la Modifi cación de su Permiso de Operación en el sentido de incrementar material aeronáutico y zonas de operación; Que, según los términos del Memorando Nº 219A- 2014-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certifi caciones, Memorando Nº 121-2014-MTC/12.07. PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Memorando Nº 1022-2014-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la Dirección General de Aeronáutica Civil e Informe Nº 239-2014-MTC/12.07 emitido por el Director de Certifi caciones y Autorizaciones, que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus