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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (29/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 8

El Peruano Viernes 29 de agosto de 2014 531182 recursos hídricos se otorga por un periodo de dos (02) años prorrogables mientras subsistan las causas que la motiven; Que, mediante Decreto Supremo Nº 056-2006-AG, se reservaron las aguas super¿ ciales provenientes de los excedentes de la cuenca del río Chira aguas abajo de la Presa Derivadora Sullana y las aguas subterráneas del acuífero ubicado en el tramo Presa Sullana- desembocadura del río Chira al mar, a favor del Proyecto Especial Chira Piura del Gobierno Regional de Piura, por el plazo de dos (2) años, por un volumen anual de 186 hm3 para el desarrollo agrícola y agroindustrial de las tierras eriazas a que se re¿ ere la Ordenanza Regional Nº 110-2006/GRP-CR del Gobierno Regional Piura; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2008-AG y posteriormente con Resoluciones Jefaturales Nrs. 473- 2010-ANA y 310-2012-ANA se prorrogó hasta el 01 de setiembre del 2014 la reserva de recursos hídricos señalada en el considerando precedente por un volumen anual de 67´609 960,00 m3; Que, el Informe Técnico N° 024-2014-ANA-DCPRH- ERH-SUP/CAC de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, concluye que es procedente otorgar prórroga de reserva de recursos hídricos a favor del recurrente por un volumen anual de 12´884 230,00 m3, ajustado al descuento de los derechos de uso de agua otorgados con cargo a dicha reserva; Que, en consecuencia, corresponde prorrogar la reserva de recursos hídricos en las mismas condiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 056-2006-AG, prorrogada con Decreto Supremo N° 017-2008-AG y posteriormente con las Resoluciones Jefaturales Nrs. 473- 2010-ANA y 310-2012-ANA a favor del Proyecto Especial Chira-Piura del Gobierno Regional de Piura; y, Estando a lo opinado por la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, con los vistos de la O¿ cina de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, en uso de las facultades conferidas por el artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Prórroga de la reserva de recursos hídricos Prorróguese, a favor del Proyecto Especial Chira-Piura del Gobierno Regional de Piura, por dos (02) años adicionales computados a partir del 01 de setiembre del 2014, la reserva de recursos hídricos provenientes de los excedentes de la cuenca del río Chira, aguas abajo de la Presa Derivadora Sullana y las aguas subterráneas del acuífero ubicado en el tramo Presa Sullana-Desembocadura del río Chira al mar, por un volumen anual de 12´884 230,00 m3, para el desarrollo agrícola y agroindustrial de las tierras eriazas a que se re¿ ere la Ordenanza Regional N° 110-2006/GRP-CR del Gobierno Regional de Piura. Artículo 2º.- De la supervisión de la reserva de recursos hídricos La Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque- Zarumilla y la Administración Local de Agua Chira son los responsables de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, debiendo informar periódicamente a la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1130169-1 Encargan funciones de Director General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, SERFOR RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 012-2014-SERFOR-DE Lima, 26 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura, hoy Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, establece la estructura orgánica de la entidad dentro de la cual se encuentra la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre que está a cargo de un Director General y depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva del SERFOR; Que, es necesario encargar el puesto de Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 007- 2013-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar, a partir de la fecha al Ingeniero JOSE CARLOS MINAYA RIVAS, las funciones de Director General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, SERFOR. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Directora Ejecutiva (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1130159-1 Encargan funciones de Directora General de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, SERFOR RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 013-2014-SERFOR-DE Lima, 26 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura, hoy Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2013- MINAGRI, establece la estructura orgánica de la entidad dentro de la cual se encuentra la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre que está a cargo de un Director General y depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva del SERFOR; Que, es necesario encargar el puesto de Director General de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional Forestal y de Fauna