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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (29/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 15

El Peruano Viernes 29 de agosto de 2014 531189 Artículo 5.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de agosto del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1130346-3 EDUCACION Constituyen Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 394-2014-MINEDU Lima, 28 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, en adelante la Ley, establece que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, cientí¿ ca y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial, y está integrada por docentes, estudiantes y graduados, precisando que las universidades públicas son personas jurídicas de derecho público. Asimismo el artículo 8 de la Ley establece que el Estado reconoce la autonomía universitaria, la cual se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y demás normativa aplicable, y se mani¿ esta en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; Que, mediante la Ley N° 29649 se creó la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, como persona jurídica de derecho público interno, con domicilio en la ciudad de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto. Asimismo, el artículo 5 de la referida Ley establece que el Poder Ejecutivo designa, mediante el Ministerio de Educación, a la Comisión Organizadora de la referida Universidad; Que, el artículo 29 de la Ley establece que aprobada la Ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad, la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan; Que, mediante Informe N° 119-2014-MINEDU/VMGP- DIGESUTP de fecha 14 de agosto de 2014, la Dirección General de Educación Superior y Técnico Profesional, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica, mani¿ esta su conformidad con la designación de los profesionales propuestos por las autoridades locales, eclesiásticas, autoridades universitarias, representantes de los estudiantes universitarios y representantes de la sociedad civil organizada de Alto Amazonas, mediante Carta N° 001-2014-P-ALTO AMAZONAS de fecha 05 de febrero de 2014, como miembros de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, señalando que cumplen con los requisitos establecidos en la Ley; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi¿ cado por la Ley N° 26510; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; y la Ley N° 29649, Ley de creación de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Constituir la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, la misma que estará integrada por: - JESUS GUILLERMO GUARDIA SALAS, Presidente; - JOSE HERNAN JIMENEZ SALAS, Vicepresidente Académico; y - CARLOS BUSTAMANTE OCHOA, Vicepresidente de Investigación. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 0616-2011-ED, que designa a la Comisión encargada del elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, reestructurada por la Resolución Ministerial N° 0141- 2012-ED. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1130010-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Autorizan viaje de Procurador Público Especializado Supranacional y profesionales de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional, a Paraguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 154-2014-JUS Lima, 28 de agosto de 2014 VISTOS, el O¿ cio N° 744-2014-JUS/PPES y el Informe N° 117-2014-JUS/PPES, de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional; los O¿ cios N°s 1816 y 1842-2014-JUS/OGPP-OPRE, de la O¿ cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 647-2014-JUS/OGAJ, de la O¿ cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el O¿ cio N° 744-2014-JUS/PPES, la Procuraduría Pública Especializada Supranacional adjunta las Notas CDH S/N, de fechas 20 de junio y 28 de julio de 2014, por las cuales se informa que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha convocado al Estado peruano para participar en una reunión previa de trabajo de carácter privado y en una audiencia de carácter público, en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, en el marco de su 51 Período Extraordinario de Sesiones de la CIDH, que se llevarán a cabo el día 31 de agosto y 3 de setiembre de 2014, respectivamente; Que, la reunión del 31 de agosto de 2014 tratará sobre los actos preparatorios relativos a la realización de la audiencia del 3 de setiembre de 2014; Que, la audiencia pública del 03 de setiembre de 2014, sobre el caso “Wong Ho Wing vs. Perú”, tratará sobre la excepción preliminar y eventuales fondo, reparaciones y costas; Que, las referidas actividades convocadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos requieren de la participación del Procurador Público Especializado