Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2014 (29/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Viernes 29 de agosto de 2014

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con Discapacidad, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, el Decreto Legislativo Nº 1098 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP, y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1.- Prepublicacion Disponer la prepublicacion del Proyecto de Reglamento de la Ley N° 30150 - Ley de Proteccion de las Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA) en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP (www.mimp.gob.pe). Las sugerencias y comentarios de la ciudadania en general deberan enviarse a los siguientes correos electronicos: vvera@conadis.peru.gob.pe) y (csolari@ conadis.peru.gob.pe ), dentro de un plazo de siete (07) dias calendario, contados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Articulo 2.- Evaluacion y consolidacion El Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad queda encargado de recibir, procesar, evaluar y consolidar, las diversas propuestas y opiniones que se reciban acerca del Proyecto de Reglamento de la Ley N° 30150 - Ley de Proteccion de las Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA), para posteriormente elaborar el texto de nitivo del mismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1130311-1

las personas con trastorno del espectro autista (TEA), al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 7 de la Constitucion Politica del Peru y de la Ley N° 29973 - Ley General de la Persona con Discapacidad; Que, el articulo 63 de la Ley N° 29973 establece que el Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad - CONADIS, es el organo especializado en cuestiones relativas a la discapacidad; Que, en cumplimiento con lo dispuesto en las citadas normas, el CONADIS ha elaborado el Proyecto de Reglamento de la Ley N° 30150, Ley de Proteccion de las Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA); Que, el articulo 14 del Reglamento que establece las disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, establece que las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas de caracter general que MORDAZA de su competencia en el Diario o cial El Peruano, en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo, casos excepcionales, razon por la cual, atendiendo a la relevancia del contenido del proyecto normativo y la materia que pretende reglamentar y siendo que se trata de una MORDAZA legal de caracter general, resulta necesario disponer la prepublicacion del referido proyecto, a efectos de permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad, de la Secretaria General y de la O cina General de Asesoria Juridica; De conformidad con la Ley N° 30150 - Ley de proteccion de las personas con trastorno del espectro autista (TEA), la Ley N° 29973 - Ley General de la Persona

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario O cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su rma ante el Diario O cial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modi cado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justi car; si incluyen gra cos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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