Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2014 (29/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Viernes 29 de agosto de 2014

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Direccion General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, los articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, senalan que la salud es condicion indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la proteccion de la salud es de interes publico, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que el literal b) del articulo 5° del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, establece que es funcion rectora del Ministerio de Salud, dictar normas y lineamientos tecnicos para la adecuada ejecucion y supervision de las politicas nacionales y sectoriales, la gestion de los recursos del sector, asi como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, scalizacion, sancion y ejecucion coactiva en materia de su competencia; Que, el literal a) del Articulo 7° de la precitada Ley, senala que en el MORDAZA de sus competencias, el Ministerio de Salud cumple con la funcion especifica de regular la organizacion y prestacion de servicios de salud; Que, el literal a) del articulo 41° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, establece como una de las funciones de la Direccion General de Salud de las Personas, el proponer politicas de salud, prioridades sanitarias y estrategias de atencion de las personas y el modelo de atencion integral de salud, con alcance sectorial e institucional; Que, en virtud de ello, el Director General de Salud de las Personas ha propuesto para su aprobacion el proyecto de Guia Tecnica: "Guia de Practica Clinica para la Deteccion, Diagnostico, Tratamiento y Control de Errores Refractivos en Ninas y Ninos mayores de 3 anos y Adolescentes" con la nalidad contribuir a la reduccion de la morbilidad y discapacidad visual en la poblacion infantil y adolescente, asi como mejorar la calidad de MORDAZA de las personas afectadas; Que, estando a lo propuesto por la Direccion General de Salud de las Personas; Con la visacion del Director General de la Direccion General de Salud de las Personas, de la Directora General de la O cina General de Asesoria Juridica, del Viceministro de Salud Publica y de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:

VISTA: La Resolucion Suprema N° 052-2013/RE, que nombro al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Velasco Mendiola como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en el Reino de Marruecos; La Resolucion Ministerial N° 0208-2013/RE, que jo el 10 de MORDAZA de 2013, como la fecha en que el citado funcionario diplomatico asumio funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en el Reino de Marruecos; CONSIDERANDO: Que, el inciso 12) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru establece la facultad del senor Presidente de la Republica de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobacion del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; Que, la Nota 0164/ASR, de la Embajada de la Republica de Senegal en Rabat, comunica que se ha concedido el beneplacito de estilo para que el Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Velasco Mendiola se desempene como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru ante la Republica de Senegal, con residencia en Rabat; Teniendo en cuenta la Hoja de Tramite (GAC) N° 1521, del Despacho Viceministerial, de 21 de marzo de 2014; y el Memorandum (PRO) N° 0144/2014, de la Direccion General de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 20 de marzo de 2014; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y su modificatoria la Ley N° 29318; y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE y sus modificatorias; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Nombrar al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Velasco Mendiola, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en el Reino de Marruecos, para que se desempene simultaneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru ante la Republica de Senegal, con residencia en Rabat. Articulo 2°.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Articulo 3°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1130345-5

SALUD
Aprueban Guia Tecnica "Guia de Practica Clinica para la Deteccion, Diagnostico, Tratamiento y Control de Errores Refractivos en Ninas y Ninos mayores de 3 anos y adolescentes"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 648-2014/MINSA MORDAZA, 26 de agosto del 2014 Visto, el Expediente N° 14-032680-001 que contiene los Informes Nº 005-2014-DGSP/ESNSOPC/MINSA, e Informe N° 017-2014-DGSP/ESNSOPC/MINSA de la

Articulo 1°.- Aprobar la Guia Tecnica: "Guia de Practica Clinica para la Deteccion, Diagnostico, Tratamiento y Control de Errores Refractivos en Ninas y Ninos mayores de 3 anos y Adolescentes", que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- Encargar a la Direccion General de Salud de las Personas a traves de la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevencion de la Ceguera, la difusion y evaluacion de lo establecido en la presente Guia Tecnica. Articulo 3°.- Las Direcciones de Salud de MORDAZA y las Direcciones Regionales de Salud o las que MORDAZA sus veces a nivel regional son responsables de la difusion, implementacion, monitoreo y supervision de la presente Guia Tecnica, dentro del ambito de sus respectivas jurisdicciones. Articulo 4°.- Encargar a la O cina General de Comunicaciones, la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA institucional del Ministerio de Salud, en la direccion electronica: http://www.minsa.qob.pe/ transparencia/normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1129529-2

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