Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2014 (29/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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Del 31 de agosto al 12 de setiembre de 2014 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mezarina Del 2 al 11 de setiembre de 2014 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Marky MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Del 3 al 12 de setiembre de 2014 MORDAZA MORDAZA Mera MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lam Del 4 al 11 de setiembre de 2014 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Frisancho

El Peruano Viernes 29 de agosto de 2014

Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, estaran a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
MORDAZA MORDAZA MORDAZA Grillo (del 30 de agosto al 8 de setiembre de 2014): Pasajes : US$ 3 376,76 Viaticos (US$ 500,00 x 7 dias) : US$ 3 500,00 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (del 31 de agosto al 7 de setiembre de 2014): Pasajes : US$ 4 047,55 Viaticos (US$ 500,00 x 4 dias) : US$ 2 000,00 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mezarina (del 31 de agosto al 12 de setiembre de 2014): Pasajes : US$ 2 585,78 Viaticos (US$ 500,00 x 9 dias) : US$ 4 500,00 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Marky y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (del 2 al 11 de setiembre de 2014): Pasajes (US$ 3 910,25 x 2 personas) : US$ 6 648,90 Viaticos (US$ 500,00 x 7 dias x 2 personas) : US$ 7 000,00 MORDAZA MORDAZA Mera MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lam (del 3 al 12 de setiembre de 2014): Pasajes (US$ 3 324,45 x 2 personas) : US$ 7 183,30 Viaticos (US$ 500,00 x 7 dias x 2 personas) : US$ 7 000,00 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Frisancho (del 4 al 11 de setiembre de 2014): Pasajes : US$ 3 252,86 Viaticos (US$ 500,00 x 05 dias) : US$ 2 500,00

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el articulo 1º de la presente Resolucion, presentara a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistira; asimismo, presentara la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VELARDE-ALVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1129658-1

CULTURA
Autorizan la inafectacion del IGV respecto a la prestacion de servicios culturales que realiza la Asociacion Civil Danza Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 019-2014-MC MORDAZA, 28 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 075-97-EF, modi cado por Decreto Supremo Nº 018-2013-EF, se aprueban los requisitos y procedimientos a seguir para autorizar la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) en favor de las instituciones culturales; Que, el articulo 1 del mencionado Decreto Supremo establece que se podra autorizar como operaciones no

gravadas con el Impuesto General a las Ventas, entre otras, la prestacion de servicios culturales acorde al objeto de cada institucion cultural definido en su Estatuto; Que, asimismo, el articulo 2 del referido Decreto Supremo dispone que para la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice la inafectacion del Impuesto General a las Ventas, las instituciones culturales deberan adjuntar a su solicitud, MORDAZA del documento que acredite la cali cacion del Ministerio de Cultura, MORDAZA literal de la cha registral de inscripcion de la asociacion o fundacion en la O cina de los Registros Publicos correspondientes, MORDAZA de la resolucion que acredite su inscripcion en el Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta que lleva la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria ­ SUNAT, y el detalle del objeto de la institucion cultural de acuerdo a su Estatuto; Que, es preciso senalar que la Direccion General de Desarrollo y Ordenamiento Juridico del Ministerio de Justicia, con fecha 5 de febrero de 2013, expidio el Dictamen Dirimente Nº 001-2013-JUS/DNAJ por el que considera que le corresponde al Ministerio de Cultura refrendar las Resoluciones Supremas que autorizan la inafectacion del Impuesto General a las Ventas de las instituciones culturales; Que, mediante Carta de fecha 8 de MORDAZA de 2014, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Junta Directiva de la Asociacion Civil Danza Peru, solicita se expida la resolucion suprema que autorice la inafectacion al Impuesto General a las Ventas respecto a las operaciones establecidas en el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 075-97-EF que realiza la institucion que representa; Que, con Informe Nº 602-2014-DIA-DGIA-VMPCIC/ MC de fecha 9 de MORDAZA de 2014, la Direccion de Artes mani esta que los nes descritos en el articulo 4 del Estatuto de la Asociacion Civil Danza Peru, cumplen con lo dispuesto en el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 07597-EF por cuanto estos se circunscriben al ambito cultural y que asimismo, el solicitante ha cumplido con adjuntar a su solicitud los requisitos exigidos para el otorgamiento de la resolucion de inafectacion; Que, con Informe Nº 330-2014-DGIA-VMPCIC/MC de fecha 14 de MORDAZA de 2014, la Direccion General de Industrias Culturales y Artes pone a consideracion del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales el expediente presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Informe Nº 602-2014-DIA-DGIA-VMPCIC/MC descrito en el parrafo anterior, con la nalidad de continuar el tramite de la solicitud presentada; Que, mediante Informe Nº 487-2014-OGAJ-SG/MC de fecha 1 de agosto de 2014, la Oficina General de Asesoria Juridica concluye que, en virtud de lo senalado en el Informe Nº 602-2014-DIA-DGIA-VMPCIC/ MC emitido por el area tecnica correspondiente, lo solicitado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Asociacion Civil Danza Peru, es viable; De conformidad con lo dispuesto por el MORDAZA parrafo del inciso g) del articulo 2 del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF; la Ley Nº 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013MC; y el Decreto Supremo Nº 075-97-EF, modi cado por Decreto Supremo Nº 018-2013-EF, que aprueba los requisitos y procedimientos a seguir para autorizar la inafectacion del Impuesto General a las Ventas en favor de las instituciones culturales; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizase la inafectacion del Impuesto General a las Ventas, respecto a la prestacion de servicios culturales acorde al objeto de su institucion que realiza la Asociacion Civil Danza Peru conforme se indica en su Estatuto. La inafectacion se aplicara durante el tiempo que dure la cali cacion otorgada por el Ministerio de Cultura mediante Resolucion Directoral Nº 223-2014DGIA-VMPCIC/MC. Articulo 2º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria (SUNAT).

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