Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2014 (30/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Sabado 30 de agosto de 2014 N° 9 10 NOMBRE MORDAZA MORDAZA DE LOS MORDAZA MORDAZA DISTRITO HUACHOS PROVINCIA CASTROVIRREYNA CHURCAMPA DEPARTAMENTO HUANCAVELICA HUANCAVELICA MORDAZA (Jurisdiccion de la Gobernacion Regional de MORDAZA Provincias) MORDAZA (Jurisdiccion de la Gobernacion Regional de MORDAZA Provincias) PASCO MORDAZA

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estando dentro de sus funciones especificas, entre otras, dirigir, coordinar y supervisar el funcionamiento de la SUTRAN; Que, el Decreto Legislativo Nº 1057, MORDAZA que regula el regimen especial de Contratacion Administrativa de Servicios (CAS), modificado por la Ley Nº 29849, establece en su articulo 9º que son aplicables al trabajador sujeto al Regimen Laboral Especial del Decreto Legislativo 1057, en lo que resulte pertinente, la Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico, la Ley 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica y las demas normas de caracter general que regulen el servicio civil, los topes de ingresos mensuales, la responsabilidad administrativa funcional y/o las disposiciones que establezcan los principios, deberes, obligaciones, incompatibilidades, prohibiciones, infracciones y sanciones aplicables al servicio, funcion o cargo para el que fue contratado; quedando sujeto a las estipulaciones del contrato y a las normas internas de la entidad empleadora; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 15-A del Decreto Supremo Nº 075-2008-CM, modificado por el Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM, en el regimen laboral especial de contratacion administrativa de servicios ­ Regimen CAS, las entidades publicas se encuentran facultadas para sancionar disciplinariamente cualquier infraccion o incumplimiento de las obligaciones a cargo del trabajador, respetando los principios de tipicidad, proporcionalidad y razonabilidad; Que, la Ley Nº 27815, Ley de Codigo de Etica de la Funcion Publica, considera como infraccion la trasgresion de los principios, deberes y prohibiciones senaladas en el Codigo de Etica, cuya responsabilidad es pasible de sancion1, el procedimiento se desarrollara conforme al Reglamento aprobado por Decreto Supremo 033-2005PCM y al Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005.90-PCM y sus modificatorias en cuanto corresponda; Que, el Reglamento de la Ley Nº 27815, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM, precisa en su articulo 9º que las sanciones por infraccion al Codigo de Etica de la Funcion Publica consisten en amonestacion, suspension, multa de hasta 12 Unidades Impositivas Tributarias ­ UIT, resolucion contractual, destitucion o despido. Asimismo, el articulo 11º senala que si al momento de determinarse la sancion aplicable, la persona responsable de la comision de la infraccion ya no estuviese desempenando Funcion Publica consistira en una multa; Que, con Documento Interno Nº 492-2013SUTRAN/03.1 del 02 de octubre de 2013, el Organo de Control Institucional, de acuerdo a las facultades establecidas en la Ley Nº 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado, pone en conocimiento de la Superintendente de los hechos detectados en la verificacion realizada al grado academico de los senores MORDAZA MORDAZA Argumedo Westphalen, MORDAZA MORDAZA Parodi MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Adrochich, ex trabajadores de la SUTRAN, y recomienda se disponga la adopcion de las acciones administrativas y legales que correspondan, conforme al detalle siguiente: a) MORDAZA MORDAZA Parodi MORDAZA, con el Diploma de Grado Academico de Bachiller en Ciencias Administrativas que obra en su legajo personal, no pertenece a la Universidad MORDAZA Garcilaso de la MORDAZA y no figura registrada como Bachiller en la Base de Datos de MORDAZA y Titulos de la citada Universidad, segun informacion remitida mediante Carta Nº 1505-2013-SG-RUIGV del 26 de setiembre de 2013 del Centro de Estudios Superiores. b) MORDAZA MORDAZA Argumedo Westphalen, con el Grado de Bachiller en Ciencias de la Comunicacion consignado en su Curriculum Vitae que obra en su legajo personal, no figura registrada en la Base de Datos de MORDAZA y Titulos de la Universidad MORDAZA Garcilaso de la MORDAZA, segun

MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA DE MAYOCC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

11

HUAROS

CANTA

12

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

LACHAQUI

CANTA

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MORDAZA YANAHUAYA

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo 2.- Los Gobernadores designados mediante la presente Resolucion Jefatural ejercen sus funciones en el MORDAZA de las disposiciones vigentes. Articulo 3.- NOTIFICAR la presente Resolucion a la Direccion General de Autoridades Politicas, a la Oficina General de Administracion y Finanzas de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, a la Direccion General de la Policia Nacional del Peru, a las Gobernaciones Provinciales y Regionales que abarquen el ambito jurisdiccional de las Gobernaciones que se senalan en el articulo 1 de la presente resolucion, segun corresponda, y a los interesados para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PESTANA MORDAZA Jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Interior (e) 1131037-1

SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario contra ex servidores de la SUTRAN
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 048 -2014-SUTRAN/01.2 MORDAZA, 21 de agosto de 2014 VISTOS: el Documento Interno Nº 005-2014-SUTRAN/ CEPAD/RCD68-2013 de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y el Informe Legal Nº 2242014-SUTRAN/05.1 de la Oficina de Asesoria Legal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29380, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de junio del 2009, se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN; adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, encargada de normar, supervisar, fiscalizar y sancionar las actividades del transporte de personas, carga y mercancias; Que, en el articulo 8º de la Ley Nº 29380, se prescriben las funciones del Superintendente, senalando en el literal d) conducir el manejo administrativo institucional; Que, segun los articulos 8º y 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUTRAN, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2010-MTC, se establece que el Superintendente constituye la MORDAZA autoridad ejecutiva,

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Principios y Deberes Eticos del Servidor Publico.- Principios.- Respeto, probidad, eficiencia, idoneidad, veracidad, lealtad y obediencia, justicia y equidad, lealtad al estado de derecho.

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