Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2014 (20/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano Sabado 20 de diciembre de 2014

540513
Visto, el Expediente Nº 14-132530-001, que contiene el Informe Tecnico Nº 017-2014-LRL-COE-OGDN/MINSA, de la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO:

y el articulo 2° de la Ley Nro. 26647, que disponen la aprobacion legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; RESUELVE: Articulo 1°.- Remitase al Congreso de la Republica, la documentacion relativa al Tratado sobre el Comercio de MORDAZA, adoptado en la MORDAZA de Nueva MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, en el Sexagesimo Setimo Periodo de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas por Resolucion 67/234B, de fecha 2 de MORDAZA de 2013, y firmado por el Peru el 24 de setiembre de 2013. Articulo 2°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de RelacionesExteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1180464-4

SALUD
Declaran la Alerta Amarilla en establecimientos de Salud ubicados en MORDAZA Metropolitana y en la Direccion Regional de Salud Callao
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 988-2014/MINSA MORDAZA, 19 de diciembre del 2014

Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 517-2004/ MINSA se aprobo la Directiva Nº 036-2004/MINSAV.01, "Declaratoria de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres", cuyo objeto es establecer los lineamientos y procedimientos para la aplicacion de la Declaratoria de Alertas ante emergencias y desastres a nivel nacional; Que, la precitada Directiva dispone que la Alerta Amarilla es la situacion que se establece cuando se recibe informacion sobre el inminente o alta probabilidad de ocurrencia de un evento adverso o destructivo, lo cual determina que las dependencias de salud efectuen las acciones de preparacion para la posible ejecucion de tareas especificas de autoproteccion y de auxilio; Que, el articulo 24 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, establece que la Oficina General de Defensa Nacional es el organo encargado de prestar el asesoramiento en el planeamiento, programacion, ejecucion y supervision de las acciones de defensa nacional que requiera la Alta Direccion, los organos del Ministerio de Salud, organos desconcentrados y organismos publicos descentralizados; Que, con Resolucion Ministerial Nº 695-2014/MINSA, se declaro Alerta MORDAZA en todos los establecimientos de salud a nivel nacional, ante el riesgo de la transmision autoctona del virus Chikungunya (CHIKV) y hasta que el Ministerio de Salud, previo informe de la Oficina General de Defensa Nacional, se pronuncie oficialmente para informar que tal situacion ha dejado de ser una amenaza para nuestra poblacion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 073-2014-PCM, se declaro dia no laborable, a nivel nacional, para los trabajadores del sector publico y privado, el dia 2 de enero de 2015, senalando en su articulo 3 que: "Sin perjuicio de lo establecido en los articulos precedentes, los titulares

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentacion a publicar se enviara ademas en archivo electronico (diskette o cd) y/o al correo electronico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumira la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicacion o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una linea por celda. 5. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra.
LA DIRECCION

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