TEXTO PAGINA: 26
El Peruano Lunes 22 de diciembre de 2014 540772 10.11.2014 emitido por la Subgerencia de Artes Escénicas e Industrias Culturales, órgano de línea que tiene a su cargo la gestión de los Teatros Municipales y el Área de Industrias Culturales, en donde señalan los motivos de la demora en la elaboración del informe para la aceptación de las donaciones que se reciben en el marco del Fideicomiso de Cultura, las mismas que deben ceñirse al procedimiento de aprobación de la Directiva de Donaciones de la MML, al no contar con un procedimiento propio, concluyendo por esa razón que le corresponde a la Gerencia de Cultura gestionar la aprobación de la donación. Que, mediante Informe Nº 107-2014/MML-GP-SCTI de fecha 1.12.2014, la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional, pone a nuestra consideración la siguiente documentación sustentatoria, en relación a la aceptación de la donación dineraria de S/. 19,470.00, efectuada por la Empresa URBANOVA INMOBILIARIA S.A.C., • Memorando Nº 796-2014-MML-GC de fecha 14.11.2014. • Informe Nº 08-2014-MML/GC-SAEIC emitido por el Subgerencia de Artes Escénicas e Industrias Culturales del 10.11.2014. • Copia del Contrato de Fideicomiso suscrito entre la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima S.A. • Carta Nº 218-2014-MML-GC remitida por el Gerente de Cultura del 25.8.2014. • Copia del Memorando Nº 574-2014-MML-GC de fecha 22.8.2014. • Copia de 2 correos electrónicos del 18.8.2014. • Ticket Nº 003-0000130149 del 22.8.2014 que registra la donación. • Copia del depósitos realizado a favor del Fideicomiso Cultura MML del 16.8.2014. • Copia de la Carta S/N remitida por la Gerencia General de Urbanova Inmobiliaria SAC del 14.8.2014. • Copia de la Carta Nº 186 MML-GC remitida por el Gerente de Cultura de la MML del 1.7.2014. De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en su Dictamen Nº 318-2014-MML-CMAEO; ACORDO: Artículo Primero.- Aprobar la aceptación de la donación dineraria ascendente a S/. 19,470.00, efectuada por la Empresa URBANOVA INMOBILIARA S.A.C. en la Cuenta de Ahorros en Soles Nº 102862321000179493 aperturada, en la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima S.A.; a favor del Fideicomiso de Cultura de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para ser destinada, conforme la voluntad del donante al uso de la sala principal para eventos del Teatro Municipal; conforme a la documentación sustentatoria, adjunto al presente pronunciamiento. Artículo Segundo.- Agradecer a la Empresa URBANOVA INMOBILIARA S.A.C., por el apoyo mostrado a través de la donación dineraria efectuada a favor del Fideicomiso de Cultura de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Debiendo comunicársele a la Gerencia de Planifi cación - Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional y Gerencia de Administración - Subgerencia de Logística Corporativa, el presente Acuerdo, a efectos de tramitar, la emisión del correspondiente Certifi cado de Donación. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Cultura coordinar con las áreas competentes, a efectos de considerar en la presente donación, lo establecido en la Directiva Nº 002-2012-MML/GP “Normas y Procedimientos para Aceptar Donaciones en favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima”, y en lo sucesivo ceñirse estrictamente al cumplimiento de la misma. Registrese, comuníquese y cúmplase. HERNÁN NÚÑEZ GONZALES Encargado de Alcaldía 1180353-1 MUNICIPALIDAD DE ATE Aprueban planeamiento integral con fines de habilitación urbana por etapas de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 1413-2014-MDA/GDU-SGHUE Ate, 27 de Noviembre de 2014 EL SUBGERENTE DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 45137 de fecha 22 de Septiembre del 2014; y acumulados, seguido por los Sres. CARLOS JOSE CAILLAUX ICOCHEA y SRA. MARIA DEL CARMEN GODOY ESPOSTO, propietarios del Sub Lote A-1, Inscrito en la Partida Electrónica N° 12166619 y el Sr. FELIX CAMARENA MAYTA y SRA. LAURA FLOR ANTONIO MOYA; propietarios del Sub Lote A-2, inscritos en las Partida Electrónica N° 12166621, solicitan la Recepción de Obra de Habilitación Urbana de Tipo Progresivo por Etapas, para Uso Residencial de Densidad Media “R-4” del terreno con un área de 4,035.00 m2, constituido por el Sub Lote “A” de la Manzana 1 del Fundo La Estrella, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, que fuera aprobado los Proyectos de Habilitación Urbana, mediante Resolución de Gerencia N° 089 de fecha 05 de Noviembre del 2007. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 089, de fecha 05 de Noviembre del 2007, expedida por la Municipalidad Distrital de Ate y Ratifi cada mediante Resolución N° 035-2008-MML-GDU-SGPHU de fecha 14 de Febrero del 2008; de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se resuelve aprobar conforme al Plano Nº 039-2007- SGPUC-GDU/MDA, la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, para Uso Residencial de Densidad Media “R-4” del terreno rústico con un área de 4,035.00 m2, constituido por el Sub Lote “A” de la Manzana 1 del Fundo La Estrella, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, Que, en el Segundo considerando de dicha Resolución de Gerencia Nº 089-2007-MDA/GDU-SGPUC, de fecha 18 de Agosto de 2008; se señala que mediante Valorización Nº 011-2003-SDHUyF-GDU/MDA; de fecha 19 de Marzo del 2003; se efectuó la Liquidación referente al défi cit de Aportes Recreación Pública de un Área 403.50 m2. y a proyectos y control de obra, el cual asciende a un monto total de S/. 4,035.00 Nuevos Soles y con el Recibo N° 0400256638, de fecha 31 de Marzo del 2,000; y N° 0400273245, de fecha 01 de Julio del 2,03, cancelados en la Tesorería de esta Corporación Municipal se acredita la cancelación del mencionado Aporte, Que, en el Tercer, considerando de la precitada Resolución, se señala que mediante Resolución de Gerencia General Nº 410-2003, de fecha 26 de Junio del 2,003; SERPAR – LIMA, aprobó la Valorización del área de 80.70 m2, correspondiente al aporte reglamentario para Parques Zonales, ascendente a S/ 2040.10 m2 Nuevos Soles, que ha sido cancelado con el Recibo de Ingresos Nº 039055; de fecha 01/07/2008, pagado en la Tesorería de dicha Entidad, acreditándose la cancelación del mencionado aporte reglamentario, Que, mediante Resolución Jefatural N° 048-2003- ED, de fecha 10 de Octubre del 2003; el Ministerio de Educación aprueba la Valorización ascendente a S/. 2,040.00 Nuevos Soles, equivalente al área de 80.70 m2 correspondiente al défi cit de aportes respectivos; y con boleta de venta N° 0134192 (fs,44); pagado en dicha Entidad, han acreditado la cancelación de la mencionada Valorización,