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El Peruano Lunes 22 de diciembre de 2014 540761 Artículo 5°.- La presente Resolución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición; y, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese WILFREDO OSCORIMA NUÑEZ Presidente 1180432-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Modifican el Plano de Zonificación del distrito de Santa Anita aprobado mediante Ordenanza N° 1025-MML ORDENANZA N° 1844 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO ENCARGADO DE LA ALCALDÍA POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16 de diciembre de 2014 el Dictamen N°80-2014-MML- CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura. Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE SANTA ANITA APROBADO MEDIANTE ORDENANZA N° 1025-MML Artículo Primero.- Modifi car el Plano de Zonifi cación del distrito de Santa Anita, Provincia y Departamento de Lima, aprobado mediante Ordenanza Nº 1025-MML, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 27 de junio de 2007, de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Vecinal (CV) para el predio ubicado en Calle Los Nardos, Jr. Las Guirnaldas y Calle Las Hiedras Lote 1-7 y 18-24 de la Mz. A-23 de la Urbanización Primavera, para el desarrollo de un mercado de abastos, en concordancia con lo establecido en la Ordenanza N° 1655-MML y Ordenanza 1689-MML publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 12 enero y 8 de abril de 2013, respectivamente; disponiendo que en el proyecto edifi catorio a desarrollarse, se resuelvan los requerimientos de estacionamiento. Artículo Segundo.- Declarar desfavorables las peticiones de cambio de zonifi cación, que a continuación se indican, manteniendo la vigencia del plano de zonifi cación de los usos del suelo correspondiente al distrito de Santa Anita, aprobado por Ordenanza N° 1017-MML, publicada el 16 de mayo del 2007 y modifi catorias N° EXP. N° SOLICITANTE 1 221339-13 Mey Leng Alicia Silva Chuton Yesi, 2 Pio Agustín Cárdenas Nolasco, Ana Oscco Gaspar de Cárdenas 3 Carlos Antonio Torres Cárdenas y Liliana Bertha Torres Cárdenas N° EXP. N° SOLICITANTE 4 221339-13 STX SAC representado por Julio Alberto Robles Alayo, con poder otorgado por Victor Flavio Gutierrez Jesús 5 Constructores Interamericanos SAC representado por Alvaro Curzio Manga Valenzuela Artículo Tercero.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonifi cación de Santa Anita, la modifi cación aprobada en el artículo primero del presente Dictamen. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cumpla con comunicar a los propietarios de los predios indicados en el artículo segundo, lo dispuesto por el presente Dictamen POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 16 de diciembre de 2014. HERNÁN NÚÑEZ GONZALES Encargado de Alcaldía 1180339-1 Ordenanza sobre la Zona de Reglamentación Especial (ZRE) de los Pantanos de Villa ORDENANZA N° 1845 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 16 de diciembre de 2014 el Dictamen N° 92-2014-MML- CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó lo siguiente: ORDENANZA SOBRE LA ZONA DE REGLAMENTACION ESPECIAL (ZRE) DE LOS PANTANOS DE VILLA TITULO PRELIMINAR Artículo I.- El Área Natural Protegida – Refugio de Vida Silvestre Los Pantanos de Villa forma parte del sistema de humedales de importancia internacional como zona de alimentación, reproducción, albergue, descanso y refugio de aves residentes y migratorias del continente americano, las cuales recorren extensas áreas desde Norteamérica hasta Sudamérica, lagunas altoandinas y la Amazonia. Artículo II.- El objetivo de la presente Ordenanza es promover la conservación del Refugio de Vida Silvestre Los Pantanos de Villa, regular las actividades urbanas y los distintos usos de suelo a ser desarrolladas en su entorno de infl uencia, estableciendo mecanismos de gestión ambiental, de control, así como de participación vecinal a fi n que éstos se desenvuelvan de manera armónica con la preservación de dicha área. La conservación y desarrollo de esta área reafi rma el interés de la Municipalidad Metropolitana de Lima por la recuperación y conservación de la vida silvestre, como