Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2014 (23/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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VISTO el Oficio Nº 111-2014-MPH/A, presentado el 28 de noviembre de 2014 por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huancane. ANTECEDENTES Inicialmente, es menester senalar que en el Expediente Nº J-2013-1597, este Supremo Tribunal Electoral emitio el Auto Nº 1, del 13 de diciembre de 2013, mediante el cual dispuso el traslado de la solicitud de vacancia presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Provincial de Huancane, departamento de MORDAZA, y, en consecuencia, la remision de los actuados a la entidad municipal para la continuacion del procedimiento de vacancia. Luego, a traves del Auto Nº 2, del 10 de MORDAZA de 2014, se requirio a los miembros del referido concejo municipal para que cumplan con remitir la informacion y documentacion sobre el procedimiento de vacancia solicitada a traves del Oficio Nº 1400-2014-SG/JNE, del 24 de marzo de 2014, sin embargo, ante la falta de informacion, se reitero dicha peticion mediante el Auto Nº 3, del 14 de noviembre de 2014, requerimiento que fue atendido mediante el Oficio Nº 111-2014-MPH/A, del 25 de noviembre de 2014. CONSIDERANDOS 1. Conforme al articulo 23 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesion extraordinaria, con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros, previa notificacion al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. Ahora bien, es preciso indicar que, aun cuando en el presente caso, el Concejo Provincial de Huancane no MORDAZA solicitado la acreditacion de candidato no proclamado, pese a que han aprobado la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, este Supremo Tribunal Electoral debe proceder conforme sus atribuciones, esto es, convocar al regidor accesitario. 3. En tal sentido, MORDAZA de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, de acuerdo a lo prescrito en el articulo 23 de la LOM, y constatar, ademas, si durante el MORDAZA se han tomado en cuenta los derechos y garantias inherentes al debido procedimiento. 4. En este caso, de la revision de autos, se observa que al Oficio Nº 111-2014-MPH/A se adjunto el acta de sesion extraordinaria de concejo del 13 de marzo de 2014 (fojas 4 a 10), mediante la cual el concejo municipal declaro la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de regidor de la referida comuna, por las causales previstas en el MORDAZA parrafo del articulo 11 y el numeral 10 de articulo 22 de la LOM. Ademas, este documento que fue validamente notificado al regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA el 8 de agosto de 2014, conforme se puede apreciar de la Carta Nº 002-2014-SG, del 1 de agosto de 2014 (fojas 11). 5. Asimismo, se advierte que el referido acuerdo de concejo municipal, que declaro la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de regidor del Concejo Provincial de Huancane, ha quedado consentido por haber transcurrido mas de quince dias habiles desde la fecha de su notificacion a la autoridad municipal afectada, sin que se presente medio impugnatorio alguno, segun se senala en la MORDAZA emitida el 30 de octubre de 2014 (fojas 13) por la Secretaria General de ente edil. 6. Por consiguiente, dado que se ha verificado la legalidad del procedimiento sobre las causales de vacancia establecidas en el MORDAZA parrafo del articulo 11 y el numeral 10 de articulo 22 de la LOM, corresponde aprobar la decision del concejo municipal y emitir la credencial correspondiente del accesitario llamado por ley. 7. Finalmente, de conformidad con el articulo 24 de la LOM, en caso de vacancia de un regidor, este es reemplazado por el suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, por lo que, en este caso, se debe acreditar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificada con DNI Nº 02037958, candidata no proclamada

El Peruano Martes 23 de diciembre de 2014

del movimiento regional Reforma Regional MORDAZA Integracion, Participacion Economica y Social MORDAZA, a fin de que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Huancane, departamento de MORDAZA, por lo que corresponde otorgarle la respectiva credencial que la faculte como tal. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamacion de Resultados de Computo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Huancane, con motivo de las elecciones municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el acuerdo adoptado en sesion extraordinaria de concejo del 13 de marzo de 2014, que declaro la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en las causales previstas en el MORDAZA parrafo del articulo 11 y el numeral 10 del articulo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como regidor del Concejo Provincial de Huancane, departamento de MORDAZA, emitida con motivo de las elecciones municipales del ano 2010. Articulo Tercero.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificada con DNI Nº 02037958, candidata no proclamada del movimiento regional Reforma Regional MORDAZA Integracion, Participacion Economica y Social MORDAZA, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Huancane, departamento de MORDAZA, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que la faculte como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1180776-5

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de MORDAZA y regidora de la Municipalidad Provincial de Azangaro, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 3723-A-2014-JNE Expediente Nº J-2014-02689 AZANGARO - MORDAZA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO MORDAZA, once de diciembre de dos mil catorce. VISTO el Oficio Nº 037-2014-MPA/SG-CERZ, de fecha 3 de setiembre de 2014, remitido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, secretario general de la Municipalidad Provincial de Azangaro, departamento de MORDAZA, por medio del cual remite los actuados sobre la solicitud de vacancia presentada por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la referida comuna, por la causal prevista en el numeral 6 del articulo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades.

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