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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (31/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 236

TEXTO PAGINA: 138

El Peruano Miércoles 31 de diciembre de 2014 543632 Costos Máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales a aplicar por EPS AGUAS DEL ALTIPLANO S.R.L. Có- digo Actividad Uni- dad Especifi cación Costo Directo Unitario S/. G REVISION Y SUPERVISION 134 Revisión de proyectos de agua potable y alcantarillado hora Para proyectos de agua potable y alcantarillado 63.08 135 Supervisión de obras de agua potable y alcantarillado hora Para obras de agua potable y alcantarillado 168.08 NOTAS: 1. Los precios de los insumos para establecer los costos están referidos a septiembre de 2014. 2. Para el cálculo de los precios de las actividades unitarias se han considerado los rendimientos de los insumos propuestos por la EPS. 3. Los costos unitarios directos incluyen mano de obra, materiales, maquinaria, equipos y herramientas. No incluyen Gastos Generales, Utilidad e Impuesto General a las Ventas (IGV). 4. Para determinar el precio del servicio colateral (sin IGV) se deberá agregar al costo directo resultante los Gastos Generales y la Utilidad (15%). 1182650-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Aprueban cargo de destino en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables para la asignación de profesionales que conforman el Cuerpo de Gerentes Públicos RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 291-2014-SERVIR-PE Lima, 26 de diciembre del 2014 VISTO, el Informe Nº 264-2014-SERVIR/GDGP de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM se aprobó el Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos creado por el Decreto Legislativo Nº 1024; Que, el citado Reglamento establece en su artículo 11º que la Autoridad Nacional del Servicio Civil defi nirá, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva, previo acuerdo del Consejo Directivo, los cargos de dirección o de gerencia de mando medio de destino, susceptibles de asignación de Gerentes Públicos, en el marco de lo establecido en el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1024; Que, atendiendo a lo informado por la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, corresponde emitir la resolución respectiva conforme al Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo en la Sesión Nº 045-2014, de conformidad con el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1024 concordante con el artículo 11º del Reglamento; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el literal o) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar como cargo de destino para la asignación de profesionales que conforman el Cuerpo de Gerentes Públicos, el que se indica a continuación: ENTIDAD SOLICITANTE CARGO DE DESTINO Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables Director(a) Ejecutivo(a) de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF Artículo Segundo.- Publicar en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 1183017-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aceptan renuncia y designan Gerente General del Indecopi RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 222-2014-INDECOPI/COD Lima, 26 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el literal e) del artículo 5º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033, y el literal d) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y modifi cado por el Decreto Supremo Nº 107-2012-PCM, corresponde al Consejo Directivo del Indecopi la designación del Secretario General de la Institución, quien puede ser denominado Gerente General, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 14º de dicho Reglamento; Que, mediante Resolución Nº 022-2013-INDECOPI/ COD, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el día 6 de febrero del 2013, el Consejo Directivo del Indecopi designó al señor Santiago de Jesús Dávila Philippon en el cargo de Gerente General de la Institución; Que, el señor Santiago de Jesús Dávila Philippon ha presentado su renuncia al cargo de Gerente General y a la Institución; Que, el Consejo Directivo aceptó la renuncia presentada con efectividad a la fecha que determine el Presidente del Consejo Directivo; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 09 de diciembre de 2014, y; De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones