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El Peruano Miércoles 31 de diciembre de 2014 543633 del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Santiago de Jesús Dávila Philippon al cargo de Gerente General del Indecopi, con efectividad al 28 de diciembre de 2014, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución en el ejercicio de dicho cargo. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT EDUARDO TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1182730-1 RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 223-2014-INDECOPI/COD Lima, 26 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el literal e) del artículo 5º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033, y el literal d) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi aprobado por el Decreto Supremo Nº 009- 2009-PCM y modifi cado por el Decreto Supremo Nº 107- 2012-PCM, corresponde al Consejo Directivo del Indecopi la designación del Secretario General de la Institución, quien puede ser denominado Gerente General, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 14º de dicho Reglamento; Que, asimismo, conforme a lo establecido en el literal d) del artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi aprobado por el Decreto Supremo Nº 009- 2009-PCM y modifi cado por el Decreto Supremo Nº 107- 2012-PCM, corresponde al Consejo Directivo del Indecopi la designación y remoción de los gerentes de la Institución; Que, mediante Resolución Nº 105-2013-INDECOPI/ COD, el Consejo Directivo del Indecopi designó al señor Juan de la Cruz Toledo en el cargo de Gerente de Administración y Finanzas del Indecopi; Que, mediante Resolución Nº 222-2014-INDECOPI/ COD, el Consejo Directivo del Indecopi aceptó la renuncia presentada por el señor Santiago de Jesús Dávila Philippon al cargo de Gerente General del Indecopi, con efectividad al 28 de diciembre de 2014, por lo que a la fecha el referido cargo se encuentra vacante; Que, resulta necesario dar por concluida la designación del señor Juan Joel De la Cruz Toledo en el cargo de Gerente de Administración y Finanzas, con efectividad al 28 de diciembre de 2014. Que, atendiendo a lo expuesto, resulta necesaria la designación de un Gerente General, en aras de garantizar la plena ejecución de las obligaciones y mandatos institucionales, así como la correcta dirección y supervisión de los órganos internos; Estando a los acuerdos adoptados por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 09 de diciembre de 2014, y; De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor Juan Joel De la Cruz Toledo en el cargo de Gerente de Administración y Finanzas, con efectividad al 28 de diciembre de 2014, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución en el ejercicio de dicho cargo. Artículo 2º.- Designar al señor Juan de la Cruz Toledo como Gerente General de la Institución, con efectividad al 29 de diciembre de 2014. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT EDUARDO TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1182730-2 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Superintendencia del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 146-2014-SMV/02 Lima, 30 de diciembre de 2014 EL SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE VALORES (e) VISTOS: El Informe Conjunto N° 969-2014-SMV/06/07 del 29 de diciembre de 2014, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica y la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y el proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Superintendente N° 091- 2012-SMV/02, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Superintendencia del Mercado de Valores– SMV, el cual fue modifi cado por la Resolución de Superintendente N° 145-2012-SMV/02; Que, el numeral 38.2 del artículo 38 de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, establece, entre otras disposiciones, que las entidades de la administración pública deben publicar el íntegro del TUPA, cada dos años, computándose dicho plazo a partir de la fecha de la última publicación del mismo; Que, en cumplimiento de la citada norma se ha elaborado un nuevo TUPA que incorpora los nuevos procedimientos y adecúa los antiguos a la regulación aprobada por la Superintendencia del Mercado de Valores en estos últimos dos años, Que, según lo dispuesto por el numeral 21 del artículo 3° del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la SMV, aprobado por el Decreto Ley N° 26126 y modifi cado por Ley N° 29782, corresponde al Superintendente del Mercado de Valores aprobar el TUPA institucional; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el artículo 3º, numeral 21, del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la SMV, aprobado por el Decreto Ley N° 26126 y modifi cado por Ley N° 29782, Ley de Fortalecimiento de la Superintendencia del Mercado de Valores; así como en la Resolución de Superintendente N° 145-2014-SMV/02 del 23 de diciembre de 2014; RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el “Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV”, cuyo texto se anexa a la presente resolución. Artículo 2°.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo 3°.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 4º.- El anexo a que se refi ere el artículo 1º de la presente resolución será publicado en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www. serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe), de conformidad con lo dispuesto en el numeral 38.3 del artículo 38 de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General y en el numeral 3.1 del artículo 3° del Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. OMAR GUTIÉRREZ OCHOA Superintendente del Mercado de Valores (e) 1183556-1