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El Peruano Miércoles 31 de diciembre de 2014 543686 N° G-146-2009 y sus normas modifi catorias, mediante ofi cio múltiple. Lo expuesto no elimina el cumplimiento de las disposiciones aplicables comprendidas en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, Ley N° 29571 y sus normas modifi catorias, y en el Reglamento del Libro de Reclamaciones aprobado por el Decreto Supremo N° 011- 2011-PCM y sus normas modifi catorias”. 2. Vigencia La presente circular entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Atentamente. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 1183617-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 279 que aprueba el “Beneficio Extraordinario de Regularización de Deudas No Tributarias por concepto de multas administrativas en el Distrito de La Molina” DECRETO DE ALCALDIA Nº 047-2014 La Molina, 26 de diciembre de 2014 VISTO: El Informe Nº 935-2014-MDLM-GDUE-SGFA de la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, el Informe Nº 125-2014-MDLM-GDUE de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, el Informe Nº 528-2014-MDLM-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 1149-2014-MDLM-GM de la Gerencia Municipal, mediante los cuales se solicita la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 279 que aprueba el “Benefi cio Extraordinario de Regularización de Deudas No Tributarias por concepto de multas administrativas en el Distrito de La Molina”; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 28607, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 279, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 21 de octubre del 2014, se aprobó el Benefi cio Extraordinario de Regularización de Deudas No Tributarias por concepto de multas administrativas en el Distrito de La Molina, a favor de los administrados que, durante la vigencia de la referida Ordenanza, mantengan deudas pendientes de pago por concepto de multas administrativas con la Municipalidad de La Molina, estableciéndose en el Artículo Sexto de la mencionada Ordenanza que la misma está vigente hasta el 30 de noviembre de 2014; siendo que la Tercera Disposición Final de dicha Ordenanza, faculta al señor Alcalde a aprobar mediante Decreto de Alcaldía la prórroga de su vigencia; Que, a través del Decreto de Alcaldía Nº 042-2014, se prorrogó el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 279 hasta el 31 de diciembre de 2014; Que, mediante Informe Nº 935-2014-MDLM-GDUE- SGFA la Subgerencia de Fiscalización Administrativa propone la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 279, que aprueba el “Benefi cio Extraordinario de Regularización de Deudas No Tributarias por concepto de multas administrativas en el distrito de La Molina” hasta el 31 de marzo de 2015, de manera que se puedan mantener las facilidades contempladas en la referida Ordenanza para que los administrados puedan regularizar su situación administrativa; siendo ratifi cado lo solicitado mediante Informe Nº 125-2014-MDLM-GDUE de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico; en dicho extremo la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 528-2014-MDLM-GAJ opina favorablemente sobre la referida prorroga; siendo que la Gerencia Municipal a través del Memorando Nº 1149-2014-MDLM- GM, en consideración a los Informes técnicos y jurídico señalados precedentemente opina por la procedencia de la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 279; Que, siendo política de la actual gestión, otorgar a los vecinos las facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones administrativas, resulta necesario ampliar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 279; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en los artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 279 que aprueba el “Benefi cio Extraordinario de Regularización de Deudas No Tributarias por concepto de multas administrativas en el Distrito de La Molina”, hasta el 31 de marzo de 2015. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, a la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, y al Ejecutor Coactivo Administrativo, así como a la Gerencia de Tecnologías de Información, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento y efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial “El Peruano” y a la Gerencia de Tecnologías de Información, la publicación en la página web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe, en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www. serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 1182698-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 030-MDMM sobre emisión mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Año 2015 ORDENANZA Nº 022-MDMM Magdalena, 24 de noviembre de 2014 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 22 de la fecha; VISTOS: El Informe Nº 126-2014-GATR-MDMM de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, y el Informe Nº 768-