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El Peruano Miércoles 31 de diciembre de 2014 543692 Anexos I, II y III de la Ordenanza N° 428-MPL, ratificada por Acuerdo de Concejo N° 2170 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio 2015 ANEXOS - Ordenanza N° 428-MPL (La Ordenanza en referencia, asi como el Acuerdo de Concejo N° 2170 de la Municipalidad Metropolitana de Lima que la ratifi ca, fueron publicados en la edición del día 17 de diciembre de 2014) INFORME TECNICO FINANCIERO DE COSTOS “RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL AÑO 2015” 1- ASPECTOS GENERALES En aplicación a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, relacionado con la aprobación anual de los arbitrios municipales; al mes de Agosto se efectuó el análisis de los gastos ejecutados correspondientes al presente ejercicio fi scal 2014, cuya estructura de costos corresponde al Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del ejercicio fi scal 2013, aprobado mediante Ordenanza N° 397-MPL, ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con el Acuerdo de Concejo N° 2313, publicado el 29 de diciembre de 2012; la misma que fue reajustada en función al IPC para el año 2014, siendo esta última aprobada con la Ordenanza N° 407-MPL, ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con el Acuerdo de Concejo N° 2635, y publicado el 19 de diciembre de 2013; observándose en dicho análisis un gasto responsable, acreditando de este modo el cumplimiento de la ejecución de los montos establecidos en las estructuras de costos de los servicios tal y como fueron considerados en las ordenanzas mencionadas anteriormente. Dando cumplimiento a la Ordenanza Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima “Aprueban Procedimiento de Ratifi cación de Ordenanzas Tributarias Distritales en el ámbito de la Provincia de Lima”: Artículo 8º.- Solicitud de Ratifi cación de la Ordenanza que Prorroga o Reajusta los montos de Arbitrios de Ejercicios Anteriores, que dice: Las Municipalidades Distritales podrán solicitar la ratifi cación de la Ordenanza que actualice los Arbitrios Municipales del ejercicio precedente en función del IPC, en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 69-B de la Ley de Tributación Municipal, siempre que cumplan con las condiciones siguientes: a. La Ordenanza del ejercicio precedente cuyas tasas se requiere reajustar o prorrogar, deberá contar con la ratifi cación de la MML y además, encontrarse conforme al marco legal vigente al momento de la presentación de las solicitud; - La Municipalidad Distrital de Pueblo Libre cuenta con la Ordenanza N° 397-MPL, ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con el Acuerdo de Concejo N° 2313, y publicado el 29 de diciembre de 2012; la misma que fue reajustada para el ejercicio fi scal 2014 con el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, con su variación acumulada correspondiente al mes de Agosto 2013 (IPC=2.76), aprobada con Resolución Jefatural N° 233–2013–INEI, habiendo sido aprobada dicho reajuste con la Ordenanza N° 407-MPL, ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con el Acuerdo de Concejo N° 2635, y publicado el 19 de diciembre de 2013 b. La Ordenanza solo podrá ser objeto de reajuste de tasas o prórroga por un máximo de dos periodos consecutivos; - En este caso, el primer periodo corresponde al reajuste con IPC de la Ordenanza Nº 397-MPL aprobada para el año 2014 realizada con la ordenanza N° 407-MPL; y el segundo periodo estaría correspondiendo a la prórroga de la Ordenanza Nº 407-MPL, propuesta que se realiza con el presente proyecto para el año 2015. c. En caso de reajuste de tasas, éstas no deberán exceder el porcentaje de variación del IPC fi jado por el INEI; - Para nuestro caso, en este segundo periodo se realizará una prórroga, en tal sentido las tasas seguirán siendo las mismas que se presentaron para el año 2014. d. La Municipalidad Distrital deberá acreditar el cumplimiento de la ejecución de los montos establecidos en las estructuras de costos de los servicios tal y como fueron considerados en la Ordenanza que aprobó las tasa que se desean prorrogar o reajustar con el IPC. - La ejecución de los montos establecidos, corresponde a la estructura de costos considerados en la Ordenanza Nº 397-MPL, los mismos que fueron reajustados para el ejercicio fi scal 2014 con el IPC=2.76, aprobado con la Ordenanza N° 407-MPL; y el nivel de cumplimiento alcanzado de los montos consignados en la última ordenanza serán presentados líneas abajo. 2- COSTOS APROBADOS 2014 SEGÚN LA ORDENANZA Nº 407-MPL Y SU NIVEL DE CUMPLIMIENTO La Subgerencia de Contabilidad presenta a la Subgerencia de Recursos Humanos mediante el Memorando N° 067- 2014-MPL-GAF/SCON y a la Subgerencia de Logística con el Memorando N° 068-2014-MPL-GAF/SCON; la ejecución de gastos al mes de agosto 2014 de los montos establecidos en la estructura de costos aprobado con la Ordenanza N° 407-MPL (presentados en la Ordenanza Nº 397-MPL, los mismos que fueron reajustados para el ejercicio fi scal 2014 con el IPC=2.76), correspondiente a los servicios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo, según registro de gastos que reporte del Sistema de Integración de Administración Financiera – SIAF; donde se muestra la información de la ejecución de los montos, identifi cados según el sistema de gestión presupuestal mediante un clasifi cador de gastos; que representa el tipo de gasto, según el elemento consumido en una determinada actividad realizada en la prestación del servicio. La ejecución de gastos presentada por la Subgerencia de Contabilidad, ha sido validada por la Subgerencia de Recursos Humanos según el Memorando N° 267-2014-MPL-GAF/SRH (ejecución de gastos al mes de agosto 2014 correspondiente a la Mano de Obra), donde se puede apreciar que los montos ejecutados correspondiente a las remuneraciones son equivalentes a los montos establecidos en las planillas aprobadas en su oportunidad, las mismas que cumplen con las normas vigentes; de la misma manera, la Subgerencia de Logística con el Memorando N° 302- 2014-MPL-GAF/SGL ha validado la ejecución de gastos al mes de agosto 2014 correspondientes a los Bienes y Servicios que han sido revisados según las órdenes de compra y servicios que consideran los procesos de adjudicación directa y selectiva según corresponda, los mismos que cumplen con la normatividad vigente. Según los documentos señalados se observa que, los costos aprobados por la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre mediante la Ordenanza Nº 397-MPL, los mismos que fueron reajustados para el ejercicio fi scal 2014 con el IPC=2.76